STSJ Galicia , 24 de Abril de 2019
Ponente | ANTONIO JESUS OUTEIRIÑO FUENTE |
ECLI | ES:TSJGAL:2019:2497 |
Número de Recurso | 4562/2018 |
Procedimiento | Recurso de suplicación |
Fecha de Resolución | 24 de Abril de 2019 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR JUSTICIA DE GALICIA
-PLAZA DE GALICIA S/N
15071 A CORUÑA
Tfno: 981-184 845/959/939
Fax: 881-881133/981184853
NIG: 36057 44 4 2017 0002875
Equipo/usuario: MR
Modelo: 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0004562 /2018 CRS
Procedimiento origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000579 /2017
RECURRENTE/S D/ña Jose Ramón
ABOGADO/A: ROSA MARIA MARTINEZ CASTRO
PROCURADOR: JOSE LUIS CASTILLO VILLACAMPA
RECURRIDO/S D/ña: FOGASA, ASTILLEROS JOAQUIN CASTRO SL
ABOGADO/A: LETRADO DE FOGASA, RODRIGO CARRERA GUERREIRO
PROCURADOR:
ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS
D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE
Presidente
D. JOSE ELIAS LOPEZ PAZ
D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.
A CORUÑA, a veinticuatro de abril de dos mil diecinueve.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NO MBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0004562 /2018, formalizado por la letrada Rosa Mª Martínez Castro, en nombre y representación de Jose Ramón, contra la sentencia número 274 /2018 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 3 de VIGO en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000579 /2017, seguidos a instancia de Jose Ramón frente a FOGASA, ASTILLEROS JOAQUIN CASTRO SL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Jose Ramón presentó demanda contra FOGASA, ASTILLEROS JOAQUIN CASTRO SL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 274 /2018, de fecha treinta de julio de dos mil dieciocho, por la que se estimó parcialmente la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
El demandante D. Jose Ramón, mayor de edad y con D.N.I. NUM000, prestó servicios para la empresa ASTILLEROS JOAQUIN CASTRO, S.L., desde el día 20/04/2016, con la categoría profesional de peón, primero en virtud de contrato temporal por obra determinada, hasta el 30/09/20016, seguido de contrato temporal para la cobertura de vacaciones de un trabajador, desde el 4/10/2016, pasando ya a categoría de oficial de 2ª, a partir de la firma de contrato indefinido de fecha 18/10/2017, estableciéndose un salario conforme convenio. De acuerdo con el Convenio colectivo de Carpintería de Ribeira (BOPPO 13/05/2016), el salario anual de un Oficial general de segunda es de 17.769,47 euros.- Vida laboral/contratos/convenio colectivo.
El actor comunicó su cese voluntario a la empresa el 8/05/2017.- Folio 95. Tercero.- Las nóminas correspondientes a los meses de octubre de 2016 (desde el día 18 en que comenzó a trabajar con categoría de oficial de 2ª), hasta mayo de 2017, reflejan unas cantidades netas a cobrar de 10.045,87 euros (564,05 + 1.208,74 + 1.243,9 + 1.430,18 + 1.296,95 + 1.434,52 + 1.382,15 + 1.485,38).- Nóminas aportadas. Durante dicho período y hasta la celebración de la vista, el actor percibió las siguientes cantidades netas: 1.500,
1.000, 1.500, 2.661,45, 1.898,26 y 500 euros, que hacen un total de 9.059,71 euros.- Reconocido en demanda y ampliación en ratificación. Cuarto.- Presentada papeleta de conciliación ante el S.M.A.C., la misma tuvo lugar el día 30/06/2017 con el resultado de "sen avinza".- Folio 4.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimo parcialmente la demanda interpuesta por D. Jose Ramón, debo condenar y condeno a la empresa ASTILLEROS JOAQUIN CASTRO, S.L., a que abone la cantidad de 986,16 euros, así como un interés por mora del 10% anual, con la absolución del FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades legales subsidiarias
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte actora, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda interpuesta por el actor, y condena a la empresa Astilleros Joaquín Castro, S.L., a que le abone la cantidad de 986,16 euros, así como un interés por mora del 10% anual, con la absolución del FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades legales subsidiarias. Decisión esta contra la que recurre la parte actora articulando un primer motivo de suplicación, al amparo del apartado b) del art.193 de la L.J .S., en el que interesa la revisión del hecho probado primero apartado 2, proponiendo como texto alternativo el siguiente: "El salario mensual del trabajador asciende a 1.757,55 € desglosado de la siguiente forma:
Salario base 1.208,07
Plus asistencia 37,36
Plus transporte 60,95
Plus complemento 115,32
Prorrateo pagas 335,85
TOTAL 1.757,55
La modificación que se interesa no resulta acogible por una doble consideración: la primera, porque la misma no cumple con las exigencias del art. 196.3 de la LRJS que dispone: "También habrán de señalarse de manera suficiente para que sean identificados, el concreto documento o pericia en que se base cada motivo de revisión de los hechos probados que se aduzca e indicando la formulación alternativa que se pretende". Y el recurrente no señala ningún concreto documento o...
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STSJ Galicia , 31 de Mayo de 2019
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