SAP Murcia 110/2019, 29 de Marzo de 2019

PonenteJAIME BARDAJI GARCIA
ECLIES:APMU:2019:679
Número de Recurso4/2015
ProcedimientoProcedimiento abreviado
Número de Resolución110/2019
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2019
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00110/2019

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

AUDIENCIA TLF: 968 22 91 41/2 FAX: 968 229278

2- EJECUCION, TLF: 968 271373, FAX: 968 834250

Teléfono: 0

Correo electrónico:

Equipo/usuario: MMO

Modelo: N85850

N.I.G.: 30030 43 2 2006 0070099

PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000004 /2015

Delito: ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)

Denunciante/querellante: Carlos Antonio, UNION DE CREDITOS INMOBILIARIOS UNION DE CREDITOS INMOBILIARIOS, Aurelia, SANTANDER CONSUMER FINANCE, BANCO ESPAÑOL DE CREDITO BANCO ESAÑOL DE CREDITO, Brigida, Juan Alberto

Procurador/a: D/Dª MARIA REMEDIOS PLANA RAMON, GRACIELA GOMEZ GRAS, ANTONIO RENTERO JOVER, CARLOS MARIO JIMENEZ MARTINEZ, CARLOS MARIO JIMENEZ MARTINEZ, MARGARITA SOLEDAD MOÑINO SALVADOR, JOSE MARIA MOLINA MOLINA

Abogado/a: D/Dª FULGENCIO MATEO GOMEZ,, MARCELINO GILABERT GARCIA, FRANCISCO MORENO SABATER, FRANCISCO JAVIER RUIZ FERRER, VICTOR RUIZ IRANZO,

Contra: Alexis, Esther, Artemio, Felicidad, Francisca, Blas

Procurador/a: D/Dª MARIA TERESA CRUZ FERNANDEZ, MARIA JOSE GARCIA SANCHEZ, JORGE ZAPATA CORCOLES, JOSE JULIO NAVARRO FUENTES, INMACULADA TORRES RUIZ, MARIA BOTIA SANCHEZ

Abogado/a: D/Dª MAXIMILIANO CASTILLO GONZALEZ, IGNACIO JOSE GUTIERREZ VILLALONGA, ENRIQUE RUIZ-ERANS VIVANCOS, JOSE MARIA CABALLERO SALINAS, RAFAEL CEBRIAN CARRILLO, JOSE JUAN PIÑERA GALINDO

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCION SEGUNDA

PROCEDIMIENTO ABREVIADO

ROLLO SALA PA 4-2015

JUZGADO INSTRUCCION MURCIA 6 DPA 380/2007

Ilmo. Sr:

D. JAIME BARDAJI GARCIA

PRESIDENTE

D. MARIA ANGELES GALMES PASCUAL

D. MARIA DOLORES SANCHEZ LOPEZ

MAGISTRADOS

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY

SENTENCIA 110/19

En la ciudad de Murcia a 29 de Marzo de 2019

VISTO en juicio oral y público, ante la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Murcia la causa seguida con el nº de Procedimiento Abreviado 4/2015 procedente del Juzgado de Instrucción nº 6 de Murcia con nº DPA 380/2007 por delito de falsedad en documento of‌icial y mercantil y estafa en el que han sido partes el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción publica, la acusación particular persona de nombre y representación de Carlos Antonio representado por la procuradora Sra. Planas Ramón y asistido del letrado Sr. Mateo Gomez, la acusación particular personada en nombre de Union de Creditos Inmobiliarios SA representada por la Procuradora Sra. Gomez Gras y asistido del Letrado Sr. Elena Valero, la acusación particular personada en nombre y representación de la entidad Santander Consumer Finance SA representada por el Procurador Sr. Jimenez Martínez y asistido del Letrado Sr. Sabater Moreno, la acusación particular personada en nombre y representación de Banco Español de Credito SA representado por el Procurador Sr. Jimenez Martínez y asistida de la Letrada Sra. Gómez de Segura, la acusación particular personada en nombre y representación de Brigida representada por la Procuradora Sra. Moñino Salvador y asistida del Letrado Sr. Ruiz Iranzu, así como la acusación particular personada en nombre y representación de Juan Alberto representado por el Procurador Sr. Molina Molina y asistido del Letrado Sr. Lucas Pi y la acusación particular personada en nombre y representación de Aurelia representada por el Procurador Sr. Rentero Jover y, como acusados, Artemio representado por el Procurador Sr. Zapata Corcoles y asistido del Letrado Sr. Ruiz -Erans Vivancos, Felicidad representada por el Procurador Sr. Navarro Fuentes y asistido de la Letrada Sra. Vidal Saura, Francisca representado por la Procuradora Sra. Torres Ruiz y asistida de la Letrada Sra. Pinar Martínez y, Blas representado por la Procuradora Sra. Botía Sánchez y asistido del Letrado Sr. Piñera Galindo; como responsable civil subsidiario Alexis representado por el Procurador Sr. Cruz Fernández y asistido del Letrado Sr. Castillo González y la entidad aseguradora Compañía de Seguros Mapfre Expaña representada por la Procuradora Sra. Durante Leon y asistida del Letrado Sr. Castillo Gonzalez y, como partícipes a título lucrativo, las entidades intermediarias f‌inancieras Credif‌inancia e Improsur SL, actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAIME BARDAJI GARCIA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio f‌iscal formuló escrito de conclusiones provisionales calif‌icando los hechos como constitutivos de un delito continuado de falsedad en documento of‌icial y mercantil del artículo 392 y 390. 1, 2 y 3 en relación con el artículo 74.1 y en régimen de concurso ideal del artículo 77.1 con un delito continuado de estafa de los artículos 248 y 250.5 del código penal en su redacción dada por la reforma del código penal operada por ley orgánica 5/2010, solicitando a cada uno de los acusados la imposición de una pena de seis años de prisión y multa de 12 meses con una cuota diaria de seis euros, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas procesales, solicitando en concepto de responsabilidad civil la condena de los acusados conjunta y solidaria de indemnizar al banco español de crédito en la cantidad de 161.205 €; que dicha cantidad responderá subsidiariamente el notario autorizante de las escrituras de compra-venta e hipoteca con número de protocolo NUM010 y NUM011 conformaron dispuesto en el artículo 120 nº 3. De dicha cantidad responderá el intermediario f‌inanciero Credif‌inancia hasta el límite de su participación a título lucrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 122. Asimismo los acusados indemnizar conjunta y solidariamente a la entidad f‌inanciera Hispamer del Banco de Santander central hispano en la suma de 153.000 €. De dicha cantidad responderá como partícipe a título lucrativo el intermediario f‌inanciero Credif‌inancia, con solicitud de condena de los acusados de indemnizar conjunta y solidariamente a la Unión de Créditos Inmobiliarios del Banco Santander Central Hispano en la cantidad de 124.750 €. De dicha

cantidad responderá hasta el límite de su participación a título lucrativo el intermediario f‌inanciero Improsur sl. En el acto del juicio oral y, en trámite de conclusiones def‌initivas modif‌icó las provisionales retirando la acusación contra Francisca, estimando que el acusado Blas es participen los delitos que se calif‌ican como cómplice, modif‌icando la conclusión cuarta introduciendo la atenuante de dilación indebida como muy cualif‌icada del artículo 21.6 del CP e introduciendo la atenuante analógica de confesión del hecho del artículo

21.7, solicitando respecto de los acusados Artemio y de Felicidad respecto de los delitos que se calif‌ican la imposición de una pena de un año y 10 meses de prisión y multa de tres meses a razón de tres euros diarios con responsabilidad personal subsidiaria de 45 días de privación de libertad en caso de impago y, respecto del acusado Blas solicitó la imposición de la pena de nueve meses de prisión y multa de tres meses a razón de tres euros diarios. En el ámbito de la responsabilidad civil y respecto de la primera vivienda relacionada en la CALLE000, los acusados Artemio y Felicidad responderán conjunta y solidariamente del 90% de la suma 161.205 € y Blas del restante 10%, solicitando la responsabilidad civil subsidiaria del notario autorizante y de la entidad aseguradora Mapfre España SA, así como la condena de credif‌inancia a devolver la suma de 6.000 € en concepto de partícipe a título lucrativo. Respecto de la segunda vivienda, la indemnización solicitada por la suma de 153.000 € responderán conjunta y solidariamente los dos acusados Artemio y Felicidad y respecto de la NUM000 vivienda referida a la CALLE001, responderán conjunta y solidariamente los dos acusados Artemio y Felicidad del 90% de la suma de 124.750 € y Blas del 10% restante, retirando su solicitud de condena hasta el límite de su participación a título lucrativo respecto de Improsur SL. Solicitó también el Ministerio f‌iscal en sus conclusiones provisionales la declaración de nulidad de las inscripciones registrales efectuadas como consecuencia del otorgamiento de las escrituras señaladas, conclusiones que elevó a def‌initivas al f‌inalizar la vista oral sobre este particular.

SEGUNDO

La acusación particular personada en nombre y representación de la entidad Banco Español de Credito SA, se adhirió a la calif‌icación de los hechos formulada por el Ministerio f‌iscal, así como a las penas y responsabilidades civiles solicitadas, con declaración de la responsabilidad civil subsidiaria de la autorizan que de las escrituras respecto de la vivienda ubicada en la CALLE000 con declaración de responsabilidad civil de la entidad aseguradora Mapfre.

TERCERO

La acusación particular personada en nombre y representación de Brigida se adhirió a las conclusiones 2ª a 5ª del ministerio f‌iscal, solicitando en su conclusión sexta la nulidad de la venta así como la solicitud de condena de los acusados conjunto y solidaria de indemnizar a su patrocinada en la suma de

96.511,65 € en concepto de daños y perjuicios con solicitud de declaración de responsabilidad civil subsidiaria del notario autorizante y de la entidad Mapfre como responsable civil directo.

CUARTO

La acusación particular personada en nombre y representación de Carlos Antonio se adhirió a las conclusiones def‌initivas del ministerio f‌iscal solicitando la declaración de nulidad de las compraventas e instituciones registrales.

QUINTO

La acusación particular personada en nombre y representación de Juan Alberto se adhirió a las...

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