STSJ País Vasco 2428/2018, 11 de Diciembre de 2018
Ponente | JESUS PABLO SESMA DE LUIS |
ECLI | ES:TSJPV:2018:2941 |
Número de Recurso | 2342/2018 |
Procedimiento | Recurso de suplicación |
Número de Resolución | 2428/2018 |
Fecha de Resolución | 11 de Diciembre de 2018 |
Emisor | Sala de lo Social |
RECURSO Nº: Recurso de suplicación 2342/2018
NIG PV 48.04.4-18/003530
NIG CGPJ 48020.44.4-2018/0003530
SENTENCIA Nº: 2428/2018
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
En la Villa de Bilbao, a 11/12/2018.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en Funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y D. JUAN CARLOS BENITO BUTRON OCHOA, Magistrados/as, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación interpuesto por Damaso, Faustino, Inocencia, Geronimo y Hermenegildo contra la sentencia del Juzgado de lo Social num. 11 de los de BILBAO (BIZKAIA) de fecha 28 de septiembre de 2018, dictada en proceso sobre RPC, y entablado por Damaso, Faustino, Hermenegildo, Inocencia y Geronimo frente a MONTAJES METALICOS JAUREGUI S.A. y TUBOS REUNIDOS INDUSTRIAL S.L.U .
Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. PABLO SESMA DE LUIS, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:
" Primero.- D. Damaso, D. Faustino, D. Hermenegildo, D. Inocencia y D. Geronimo trabajan para la empresa "Montajes Metálicos Jáuregui S. A.", la cual, en virtud de un contrato suscrito el 30 de Abril de 2005, presta sus servicios de mantenimiento mecánico preventivo y a máquina parada, para la empresa "Tubos Reunidos Industrial S. L. U." en la factoría que ésta tiene en el nº 2 del barrio Sagarribai de Amurrio (Alava).
El objeto social de la empresa "Montajes Metálicos Jáuregui S. A." es la prestación de servicios de mantenimiento y montaje mecánico en plantas industriales.
El objeto social de la empresa "Tubos Reunidos Industrial S. L. U." es el suministro global de tubos de acero sin soldadura al carbono, aleados, muy aleados e inoxidables.
La empresa "Montajes Metálicos Jáuregui S. A." presta servicios, de manera permanente y estable o puntual, para otras empresas además de para "Tubos Reunidos Industrial S. L. U." (como "Atlantic Cooper S. L.
U.", "Productos Tubulares S. A.", "Smurfit Kappa", "SIDENOR Basauri", "Lucart Euskalforgin" o "Arcelor Mittal").
La jornada y horario de trabajo de los trabajadores de "Tubos Reunidos Industrial S. L. U." es a tres turnos durante las 24 horas del día los 7 días a la semana.
La jornada y horario de los trabajadores de "Montajes Metálicos Jáuregui S. A." que desarrollan su labor en "Tubos Reunidos Industrial S. L. U." es a jornada partida unos días y a jornada contínua otros, pero no a turnos durante 24 horas los 7 días a la semana.
Las vacaciones de los trabajadores de "Montajes Metálicos Jáuregui S. A." las organiza y concede o deniega la propia empresa "Montajes Metálicos Jáuregui S. A.".
La Prevención de Riesgos Laborales se presta en "Tubos Reunidos Industrial S. L. U.", por un Servicio de Prevención propio ajeno al de "Montajes Metálicos Jáuregui S. A." que es "PREVENOR".
La formación de los trabajadores de "Montajes Metálicos Jáuregui S. A.", se decide y presta por dicha empresa.
La retribución que percibe "Montajes Metálicos Jáuregui S. A." por los servicios de mantenimiento que presta para "Tubos Reunidos Industrial S. L. U.", es independiente de los resultados económicos de "Tubos Reunidos Industrial S. L. U."
Algunos trabajadores de "Montajes Metálicos Jáuregui S. A.", han sido contratados, en ocasiones, para cubrir bajas o ausencias transitorias de operarios de "Tubos Reunidos Industrial S. L. U.", siendo dados de alta adecuadamente en la Seguridad Social.
Los trabajadores de "Montajes Metálicos Jáuregui S. A." que desarrollan su labor en "Tubos Reunidos Industrial S. L. U." tienen su propio uniforme de trabajo y sus propios equipos de protección individual suministrados por su empleadora que es, además, quien les designa de entre la totalidad de su plantilla (139 trabajadores en la provincia de Bizkaia).
La empresa "Montajes Metálicos Jáuregui S. A.", tiene su propia herramienta, maquinaria y medios para desarrollar su función en la empresa "Tubos Reunidos Industrial S. L. U." y, si por cualquier circunstancia en algún momento puntual necesita utilizar alguna herramienta o maquinaria de ésta última, tiene que solicitarlo por escrito.
Los equipos de "Montajes Metálicos Jáuregui S. A." en la empresa "Tubos Reunidos Industrial
S. L. U.", tienen a su frente un Jefe de Equipo de dicha empresa.
Al inicio de cada jornada de trabajo, se celebra una reunión ("charla pretarea") por los trabajadores de "Montajes Metálicos Jáuregui S. A." para asignación de tareas, a la que no asiste representante alguno de "Tubos Reunidos Industrial S. L. U."
El control de asistencia de los trabajadores de "Montajes Metálicos Jáuregui S. A." que desarrollan su labor en las instalaciones de "Tubos Reunidos Industrial S. L. U.", se realiza por aquélla empresa por medios diferentes a los que utiliza ésta para sus empleados.
En alguna ocasión, a requerimiento de algún trabajador de "Tubos Reunidos Industrial S. L.
U.", un trabajador de "Montajes Metálicos Jáuregui S. A.", ha realizado tareas puntuales e inmediatas sin conocimiento ni autorización de los superiores jerárquicos de ambos.
Celebrado del preceptivo acto de conciliación el 10 de Abril de 2018, el mismo terminó sin avenencia."
La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: "Que desestimando íntegramente la demanda formulada por D. Damaso, D. Faustino, D. Hermenegildo, D. Inocencia y D. Geronimo, de la que desistió D. Justino frente a las empresas "Montajes Metálicos Jáuregui S. A." y "Tubos Reunidos Industrial S.
L. U.", debo absolver y absuelvo a éstas de la pretensión de cesión ilegal de trabajadores contra ellas ejercitada con imposición de costas a los demandantes -salvo el desistido- en los términos indicados en el Fundamento de Derecho Sexto de la presente resolución."
La...
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ATS, 10 de Diciembre de 2019
...la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de fecha 11 de diciembre de 2018, en el recurso de suplicación número 2342/2018, interpuesto por D. Gonzalo, D. Gumersindo, D. Higinio, D. Eloisa y D. Inocencio, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.......