STSJ Castilla y León 1894/2009, 4 de Febrero de 2009

PonenteJOSE MANUEL RIESCO IGLESIAS
ECLIES:TSJCL:2009:274
Número de Recurso1894/2008
Número de Resolución1894/2009
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 1.894/2008, interpuesto por Dª. Celestina contra la Sentencia delJuzgado de lo Social núm. Uno de Salamanca, de fecha 31 de octubre de 2.008, (Autos núm. 669/2008), dictada a virtud de demanda promovida por indicada recurrente contra David , sobre DESPIDO.

Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. DON José Manuel Riesco Iglesias.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15 de septiembre de 2008 se presentó en el Juzgado de lo Social núm. Uno de Salamanca demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia estimando parcialmente, referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes: "1º.- Celestina ha prestado servicios para David , en el centro de trabajo sito en Santa Marta de Tormes como empleada de hogar.- La actora, junto con otra trabajadora, asistía a la esposa del demandado, en situación de tetrapléjica, que se encuentra en una residencia asistida. No se puede mover, está en cama, y las dos trabajadores la atienden en los aspectos emocionales, ya que la asistencia física se la prestan la residencia, percibía un salario de 22,09 euros diarios, incluida la parte proporcional de pagas extras.- 2º.- La actora estuvo de baja en situación de I.T. desde el día 13/06/08 hasta el 28/07/08.- Mediante burofax recibido por la trabajadora, el demandado le comunica que desde el día 29 de julio cesa en la asistencia; desde esa fecha disfruta de vacaciones hasta el día 15 de agosto.- 3º.- En el acto de conciliación la empresa demandada reconoció la improcedencia del despido, ofreció la indemnización en cuantía de 2.209 euros a razón de 20 días por año y los salarios de tramitación desde el día 16 a 26 de agosto, cantidad que consigna en la cuenta de este Juzgado habiendo solicitado el número de cuenta para proceder a su depósito el día 27 de agosto .- 4º.- Se ha celebrado el preceptivo acto de conciliación con el resultado de Sin Avenencia.".-TERCERO.- Interpuesto recurso de Suplicación contra dicha sentencia por la parte demandante, fue impugnado por la parte demandada, y elevados los Autos a esta Sala, se designó Ponente acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- La representación letrada de la parte recurrente formula un único motivo de recurso contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 1 de Salamanca, en el que con el amparo procesal de la letra c)...

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