SAP Zaragoza 357/2009, 10 de Julio de 2009

PonenteMAURICIO MANUEL MURILLO GARCIA-ATANCE
ECLIES:APZ:2009:2226
Número de Recurso7/2007
Número de Resolución357/2009
Fecha de Resolución10 de Julio de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM. 357/2009

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES

PRESIDENTE

D. ANTONIO ELOY LÓPEZ MILLÁN

MAGISTRADOS

D. FRANCISCO JAVIER CANTERO ARÍZTEGUI

D. MAURICIO MURILLO y GARCÍA ATANCE

En la Ciudad de Zaragoza, a diez de Julio de dos mil nueve

La Sección Primera de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en juicio oral y público la presente causa, Sumario nº 2/2007, Rollo de Sala número 7/2007, procedente del Juzgado de Instrucción número CINCO de Zaragoza por delitos de asesinato, robo, detención ilegal y tenencia ilícita de armas, contra los procesados Olegario , con N.I.E. nº NUM000 , nacido en Santiago de Estero (Argentina), el día 7/5/1973, hijo de Norberto y de Norma, de estado soltero, de profesión Montaje de Estructuras, con instrucción, sin antecedentes penales, insolvente, y en prisión provisional por esta causa de la que aparece privado desde el 15/3/2007; representado por la Procuradora de los Tribunales Doña Natalia Ferrer Pérez y defendido por el Letrado Don Mauricio Izquierdo García. Contra Santiaga , con N.I.E. nº NUM001 , nacida en Fusagasuga (Colombia), el día 14/1/1986, hija de Giovanni y de Clara, soltera, ama de casa y vecina de Zaratán (Valladolid), Camino de DIRECCION000 nº NUM002 , NUM003 , con instrucción, sin antecedentes penales, insolvente y en libertad provisional por esta causa de la que aparece privada desde el 15 de marzo de 2006 hasta el 4 de marzo de 2008; representada por el Procurador de los Tribunales Don José María Corz Moreno y defendida por el Letrado Don Pedro Pascual Langa. Contra Blas , con D.N.I. nº NUM004 , natural de Alaejos (Valladolid), de 54 años de edad, hijo de Ángel y de Martina, casado, industrial y vecino de Valladolid, c/ DIRECCION001 nº NUM005 , NUM006 , con instrucción, sin antecedentes penales y de solvencia parcial, y en libertad provisional por esta causa de la que aparece privado desde el 15 de marzo de 2006 hasta el 4 de marzo de 2008; representado por la Procuradora de los Tribunales Doña María Belén López López y defendido por el Letrado Don Marcos García Montes. Contra Francisca , con D.N.I. nº NUM007 , nacida en Bilbao el día 8/6/1979, hija de JuanAntonio Francisco y de Valentina, separada, ama de casa, vecina de Cabezón de Pisuerga (Valladolid), c/ DIRECCION002 nº NUM008 , con instrucción, con antecedentes penales, insolvente, y en libertad provisional por esta causa de la que aparece privada desde el 15/3/2006 hasta el 4 de marzo de 2008; representada por la Procuradora de los Tribunales Doña María Belén López López y defendida por el Letrado Don Marcos García Montes. Contra Regina , con D.N.I. nº NUM009 , nacida en Bilbao el 18/2/1977, hija de Juan Antonio Francisco y de Valentina, casada, azafata, y vecina de Laguna de Duero (Valladolid), Avenida DIRECCION003 nº NUM010 , NUM011 , con instrucción, insolvente, y en libertad provisional por esta causa de la que aparece privada desde el 15/3/2006 hasta el 4 de marzo de 2008; representada por la Procuradora de los Tribunales Doña María Belén López López y defendida por el Letrado Don Marcos García Montes. Contra Melchor , con D.N.I. nº NUM012 , nacida en Valladolid el día 9/5/1975, hijo de Manuel y de Francisca, casado, de profesión técnico de aislamiento térmico y acústico, vecino de Laguna de Duero (Valladolid), DIRECCION003 nº NUM010 , NUM011 , con instrucción, con antecedentes penales, insolvente, privado de libertad por esta causa desde el 15/3/2006; representado por la Procuradora de los Tribunales Doña María Pilar Bonet Perdigones y defendido por la Letrada Doña Olga Oseira Abril. Contra Cosme , con D.N.I. nº NUM013 , nacido en Valladolid el día 2/11/1977, hijo de Mariano y de Esperanza, separado, de la construcción, vecino de Cabezón de Pisuerga (Valladolid), c/ DIRECCION002 nº NUM008 , con instrucción, sin antecedentes penales, insolvente, y en prisión provisional por esta causa desde el 15/3/2006; representado por la Procuradora de los Tribunales Doña María Pilar Bonet Perdigones y defendido por la Letrada Doña Olga Oseira Abril. Y contra Jenaro , con D.N.I. nº NUM014 , nacido en Valladolid el día 20/12/1980, hijo de Ángel y de Pilar, soltero, camionero, y vecino de Cabezón de Pisuerga (Valladolid), C/ DIRECCION002 nº NUM008 , con instrucción, sin antecedentes penales, insolvente, y en libertad provisional por esta causa de la que aparece privado desde el 15/3/2006 hasta el 4 de marzo de 2008; representado por la Procuradora de los Tribunales Doña María Belén López López y defendido por el Letrado Don Marcos García Montes.

Es parte acusadora el MINISTERIO FISCAL y ejerce Acusación Particular Doña Dulce , representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Ana Silvia Tizón Ibáñez y defendida por la Letrada Doña María Cristina Ruiz-Galbe Santos.

Es Ponente en esta causa el Ilmo. Sr. Magistrado Don MAURICIO MURILLO y GARCÍA ATANCE, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

A virtud de atestado policial se instruyó por el Juzgado de Instrucción número CINCO de Zaragoza el presente Sumario, en el que fueron procesados Olegario , Santiaga , Blas Francisca , Regina , Melchor , Cosme y Jenaro . El Sumario es declarado concluso por Auto de fecha 24 de Enero de 2008 .

SEGUNDO

Formado el oportuno Rollo de Sala, y elevado el Sumario a esta Audiencia Provincial, tras los trámites procedentes se decretó la apertura del juicio oral contra el citado procesado, y evacuado el trámite de calificación por todas las partes, se señaló la vista oral, que ha tenido lugar los días 15, 16, 17 y 18 de Junio de 2009.

TERCERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, ha calificado los hechos de autos como constitutivos de

  1. Un delito de detención ilegal del artículo 163 del Código Penal

  2. Un delito de asesinato del artículo 139 y y 140 del Código Penal

  3. Un delito de tenencia ilícita de armas respecto a la pistola Llama y la escopeta del artículo 563 en relación con el artículo 564.1 y 2, y del Código Penal

  4. Un delito de robo con violencia e intimidación en las personas del artículo 237, 242.1 y 2 del Código Penal respecto al robo del domicilio de Zaragoza

  5. Un delito de robo con violencia e intimidación en las personas del artículo 237, 242.1 y 2 del Código Penal respecto al robo del domicilio de Pinseque (Zaragoza)

  6. Un delito de tenencia ilícita de armas respecto a la pistola Victoria del artículo 564. 1 1º del Código Penal

    De los citados delitos respondenOlegario responde como autor de los delitos de detención ilegal, asesinato, tenencia ilícita de armas y robo de las letras a), b), c) d) y e)

    Melchor responde como autor de los delitos de detención ilegal, asesinato y robo de las letras a), b),

  7. y e)

    Cosme responde como autor de los delitos de detención ilegal, asesinato y robo de las letras a), b), d) y e)

    Francisca responde como autora de los delitos de detención ilegal, asesinato y robo de las letras a),

    b), d) y e)

    Regina responde como autora de los delitos de detención ilegal, asesinato y robo de las letras a), b),

  8. y e)

    Blas responde como autor inductor de los delitos de detención ilegal, asesinato y robo de las letras a),

    b),d) y e)

    Santiaga responde como autora material de un delito de tenencia ilícita de armas de la letra c)

    Jenaro responde como autor material de un delito de tenencia ilícita de armas de la letra f) y como autor por cooperación necesaria del delito de tenencia ilícita de armas de la letra c)

    No concurren circunstancias modificativas de responsabilidad criminal y procede imponer a cada uno de los acusados las siguientes penas:

    A Olegario :

    Por el delito de detención ilegal, la pena de cinco años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

    Por el delito de asesinato, la pena de 22 años de prisión con la accesoria de inhabilitación absoluta.

    Por cada uno de los dos delitos de robo con violencia, la pena de cuatro años prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena (en total ocho años de prisión).

    Por el delito de tenencia ilícita de armas, la pena de dos años y seis meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

    A Blas :

    Por el delito de detención ilegal, la pena de cinco años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

    Por el delito de asesinato, la pena de 22 años de prisión con la accesoria de inhabilitación absoluta.

    Por cada uno de los dos delitos de robo con violencia, la pena de cuatro años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena (en total ocho años de prisión).

    A Melchor :

    Por el delito de detención ilegal, la pena de cinco años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

    Por el delito de asesinato, la pena de 22 años de prisión con la accesoria de inhabilitación absoluta.

    Por cada uno de los dos delitos de robo con violencia, la pena de cuatro años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena (en total ocho años de prisión).A Cosme :

    Por el delito de detención ilegal, la pena de cinco años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

    Por el delito de asesinato, la pena de 22 años de prisión con la accesoria de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 10 de Junio de 2015
    • España
    • 10 Junio 2015
    ...extraordinario de revisión, contra la sentencia de 10/7/09 de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, dictada en el Rollo 7/07 , que condenó al hoy solicitante, por un delito de asesinato agravado, un delito de detención ilegal, un delito continuado de robo con violencia ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR