SAP Valladolid 519/2018, 14 de Diciembre de 2018
Ponente | MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS |
ECLI | ES:APVA:2018:1500 |
Número de Recurso | 371/2018 |
Procedimiento | Civil |
Número de Resolución | 519/2018 |
Fecha de Resolución | 14 de Diciembre de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
VALLADOLID
SENTENCIA: 00519/2018
Modelo: N10250
C.ANGU STIAS 21
-Teléfono: 983.41 3495 Fax: 983.45 9564
Correo electrónico:
Equipo/usuario: MMD
N.I.G. 47186 42 1 2017 0011398
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000371 /2018
Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N.4 (BIS) de VALLADOLID
Procedimiento de origen: OR5 ORDINARIO CONTRATACION-249.1.5 0001259 /2017
Recurrente: Felix, Piedad
Procurador: JAVIER FRAILE MENA, JAVIER FRAILE MENA
Abogado: JOSE MARIA ORTIZ SERRANO, JOSE MARIA ORTIZ SERRANO
Recurrido: CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES SALAMANCA Y SORIA CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD
Procurador: JAVIER SUAREZ-QUIÑONES FERNANDEZ
Abogado: MARIA TERESA FLOR ORTIZ
S E N T E N C I A núm. 519
ILMO. SR. PRESIDENTE.:
D. JOSE JAIME SANZ CID
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS (ponente)
D. ANGEL MUÑIZ DELGADO
En VALLADOLID, a catorce de diciembre de dos mil dieciocho
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de ORDINARIO CONTRATACION-249.1.5 0001259/2017, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N.4 (BIS) de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000371/2018, en los que aparece como partes apelantes, Felix y Piedad, representados por el Procurador de los tribunales, Sr. JAVIER FRAILE MENA, asistidos por el Abogado D. JOSE MARIA ORTIZ SERRANO, JOSE MARIA ORTIZ SERRANO, y como parte apelada, CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES SALAMANCA Y SORIA CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. JAVIER SUAREZ- QUIÑONES FERNANDEZ, asistido por el Abogado D. MARIA TERESA FLOR ORTIZ, sobre CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS.
Por el JDO. PRIMERA INSTANCIA N.4 (BIS) de VALLADOLID, se dictó sentencia con fecha 23 de mayo de 2018, en el procedimiento JUICIO ORDINARIO 0001259/2017 del que dimana este recurso. Se aceptan antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento: "Que estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador DON JAVIER FRAILE MENA, en nombre y representación de DOÑA Piedad Y DON Felix contra el BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA, S.A representado por el Procurador de los Tribunales DON JAVIER SUÁREZ-QUIÑONES FERNÁNDEZ, se declara la nulidad de la cláusula incluida en la escritura de hipoteca firmada por las partes el 21 de octubre de 2004, en virtud de la cual el tipo de interés variable no podría ser inferior al 2,7 5% condenando a la parte demandada a estar y pasar por la anterior declaración, así como a restituir a DOÑA Piedad Y DON Felix las sumas indebidamente percibidas por la aplicación de esa cláusula desde el 21 de octubre de 2004 hasta el dictado de la presente Sentencia más los intereses legales desde la fecha de cada pago así como a recalcular y rehacer, con exclusión de esa cláusula, los cuadros de amortización del préstamo hipotecario.
Cada parte abonará sus costas y las comunes por mitad."
Que ha sido recurrido por las partes demandantes Felix, y Piedad, oponiéndose la parte contraria (BANCO CEISS).
Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, señalándose la audiencia del día 5 de diciembre de 2018, para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.
ULTIMO.- Se han observado las prescripciones legales.
La representación de la parte demandante -don Felix y Doña Piedad recurre en apelación la sentencia de instancia que estima su demanda interpuesta frente a BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES SALAMANCA Y SORIA S.A. y declara la nulidad dela clausula "suelo" contenida en la escritura de préstamo hipotecario firmada por las partes el 21 de octubre de 2004 condenando a la entidad demandada a devolver a los actores las sumas indebidamente percibidas por aplicación de dicha cláusula más intereses legales y sin que proceda hacer especial condena en costas. Impugna este último pronunciamiento sobre costas -denunciando infracción- por inaplicación, de lo dispuesto en el artículo 394.1 LEC, e infracción, por indebida aplicación de lo dispuesto en el artículo 4.2 A del RDL 1/2007, siendo en todo caso aplicable su apartado 3 de dicho RDL que en lo no previsto en dicho precepto- remite a la LEC.
Se circunscribe por lo dicho el presente recurso a determinar la corrección jurídica procesal del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
ATS, 17 de Marzo de 2021
...ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO La representación procesal de D.ª Candelaria, interpuso recurso de casación contra la sentencia n.º 519/2018, de 16 de noviembre, dictada por la Audiencia Provincial de Alicante, Sección 8.ª, en el rollo de apelación n.º 371/2018, dimanante de los autos de juic......