SAP Murcia 346/2018, 22 de Octubre de 2018

PonenteCAYETANO RAMON BLASCO RAMON
ECLIES:APMU:2018:2314
Número de Recurso478/2017
ProcedimientoCivil
Número de Resolución346/2018
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00346/2018

Modelo: N10250

1- UPAD CIVIL, PASEO DE GARAY Nº 3, 3ª PLANTA. 30003 MURCIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Tfno.: 968229180 Fax: 968229184

Equipo/usuario: 002

N.I.G. 30030 42 1 2015 0022362

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000478 /2017

Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 13 de MURCIA

Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001778 /2015

Recurrente: Leopoldo

Procurador: JUAN JOSE CONESA CANTERO

Abogado: CANDIDO HERRERO FERNANDEZ

Recurrido: BBVA S.A.A

Procurador: MIGUEL RAFAEL TOVAR GELABERT

Abogado: LAURA TOVAR GELABERT

SENTENCIA Nº 346/18

ILMOS. SRES.

D. Fernando López Del Amo González

Presidente

Dª María Pilar Alonso Saura

D. Cayetano Blasco Ramón

Magistrados

En la ciudad de Murcia a veintidós de Octubre del año dos mil dieciocho.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia los autos de juicio ordinario núm.1778/15, que en primera instancia se han seguido ante el Juzgado de Primera Instancia núm.13 de Murcia, entre las partes, como actor, y en esta alzada apelado, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., representado por el procurador Sr. Miguel Tovar Gelabert, y defendido por la letrada Sra. Laura Tovar Gelabert, y como demandado, y en esta alzada apelante, Don Leopoldo, representado por el procurador Sr. Conesa Cantero, y defendido por el letrado Sr. Herrero Fernández, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Cayetano Blasco Ramón, que expresa la convicción del tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha catorce de febrero del año 2017, dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por la representación procesal de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA SA contra D. Leopoldo debo condenar y condeno al demandado a abonar a la demandante la cantidad de NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS Y CUARENTA Y NUEVE CENTIMOS (9.756,49 €) más los intereses correspondientes a dicha cantidad calculados al tipo de los remuneratorios pactados desde la fecha del cierre de la cuenta y hasta el completo pago.

Se imponen a la parte demandada las costas procesales."

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada, siéndole admitido, y tras los trámites previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil, se remitieron los autos a esta Audiencia, formándose el presente Rollo por la Sección Primera con el núm.478/17, designándose Magistrado Ponente por turno y señalándose deliberación y votación para el día 22 de Octubre del año dos mil dieciocho.

TERCERO

Se considera que en la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Alega la parte apelante, en síntesis, que su recurso se limita al hecho de no estimar la sentencia dictada en la instancia su petición referida a la cláusula de vencimiento anticipado, considerando que procede declarar la nulidad de la misma y el sobreseimiento del procedimiento.

SEGUND...

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