STSJ Cataluña 7555/2009, 22 de Octubre de 2009

PonenteIGNACIO MARIA PALOS PEÑARROYA
ECLIES:TSJCAT:2009:11252
Número de Recurso4796/2008
Número de Resolución7555/2009
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 7555/2009

En el recurso de suplicación interpuesto por Justo frente a la Sentencia del Juzgado Social 6 Barcelona de fecha 11 de febrero de 2008 dictada en el procedimiento Demandas nº 425/2007 y siendo recurrido/a Servicio Público de Empleo Estatal (INEM). Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 11 de junio de 2007 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 11 de febrero de 2008 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimo la demanda interpuesta por de Justo contra el Instituto Nacional de Empleo (Servicio Público de Empleo Estatal) en reclamación por prestación de desempleo, absolviendo a dicha entidad gestora de las pretensiones en demanda contenidas."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:"1.- Por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya de 17/09/2004 que estimaba el recurso de suplicación interpuesto por Justo , se revocó la sentencia del Juzgado Social de Barcelona núm. 32 dictada en autos 919/2003 de 19/02/2004 en materia de despido y se declaró la existencia de relación laboral entre el actor y ASGECA, S.A. declarando la improcedencia del despido del actor de fecha 28/10/2003 de la misma.

  1. - Por el INEM se reconoció a Justo , con DNI NUM000 , con efectos 14/10/2004 prestación por desempleo por un periodo de 660 días y base reguladora diaria de 29,56 euros. El actor había solicitado la prestación de desempleo en 29/10/2004.

  2. - En fecha 31/09/2005 se comunicó al actor por el INEM la percepción indebida de 4226,86 euros por el periodo 01/12/2004 a 30/07/2005 por incompatibilidad desempleo con jubilación. En fecha 08/02/2007 el actor presentó escrito por el que solicitaba "se tenga por denunciada la mora y se dicte resolución sobre la reclamación previa formulada y caso contrario se tenga por agitada la vía administrativa. En ese escrito el actor señalaba que en fecha 11/04/2006 había interpuesto reclamación previa contra la resolución en la que se decretaba como indebida la percepción de prestaciones por el periodo 1/12/2004 a 30/07/2005 entendiendo que era incompatible con la prestación de jubilación. En fecha 03/04/2007 se dictó por el INEM resolución desestimando la reclamación previa haciendo constar expresamente en la misma que se dictaba la resolución tras examinar la reclamación previa de 08/02/2007.

  3. - En fecha 03/08/2006 se había dictado por el INEM resolución en expediente de revisión del mismo revocando el derecho y declarando percepción indebida de prestaciones. Con anterioridad a ello se había dictado propuesta de revocación y comunicación de percepción indebida de prestaciones en que se señalaba que al momento del hecho causante 13/10/2004 se encontraba en situación de reserva activa que era compatible con la prestación de trabajo por cuenta ajena pero no daba derecho a percibir desempleo al faltar la disponibilidad para buscar empleo al mantener uno público que podía haber reactivado. Esa resolución se publico en el B.O.P. tras ser devuelta la notificación pro el servicio de correos con la anotación "desconocido".

  4. - En el B.O.C. núm. 19 de 11/07/1994 aparecía publicada la orden 160/07354/94 en que se reconocía que "pasa a situación de reserva activa, a partir de la fecha de publicación de la presente Orden, el personal de la Guardia Civil que a continuación se relaciona, quedando encuadrado a efectos de régimen interior en la Comandancia donde se halle ubicado el lugar en que se fija la residencia que para cada uno se expresa: Don Justo NUM000 de la 412 (Manresa, en Sant Feliu de Llobregat.

    En el B.O.D. núm. 222 de 12/11/2004 aparecía publicada la orden 160/17539/04 por el que pasa a retiro, con carácter voluntario,...

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