STSJ Asturias 743/2009, 13 de Marzo de 2009

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2009:428
Número de Recurso2844/2008
Número de Resolución743/2009
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00743/2009

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 001 (C/ SAN JUAN Nº 10)

N.I.G: 33044 34 4 2008 0103458, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 2844/2008

Materia: MATERNIDAD

Recurrente/s: María Milagros

Recurrido/s: I.N.S.S., T.G.S.S., EXPLOTACIONES TURISTICAS DEL PRINCIPADO S.L.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de GIJON DEMANDA 754/2007

SENTENCIA Nº: 743/2009

ILTMOS. SRES.

D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ

Dª MARIA VIDAU ARGÜELLES

D. JESUS MARIA MARTIN MORILLO

En OVIEDO a trece de Marzo de dos mil nueve, habiendo visto el recurso de suplicación de los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Iltmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 2844/2008, formalizado por el Letrado VICTOR MANUELBARBADO GARCIA, en nombre y representación de María Milagros , contra la sentencia de fecha treinta y uno de julio de dos mil ocho, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de GIJON en sus autos número DEMANDA 754/2007, seguidos a instancia de María Milagros frente al I.N.S.S., la T.G.S.S. y la empresa EXPLOTACIONES TURISTICAS DEL PRINCIPADO S.L., parte demandada representada por el letrado de la Seguridad Social, en reclamación de prestaciones por MATERNIDAD, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha treinta y uno de julio de dos mil ocho por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - Dª María Milagros prestó servicios por cuenta de Explotaciones Turísticas Principado S.L. desde el 13.12.06 hasta el 10.3.07, fecha en que la empresa le comunicaba por escrito que daba por extinguido el contrato de trabajo.

    Sentencia dictada el 24.5.07 en el proceso por despido nº 172/07 del Juzgado de lo Social nº 1 de los de Avilés declaró esa decisión empresarial constitutiva de un despido improcedente y condenó a la empresa a optar entre readmitir a la trabajadora o abonarle una indemnización de 420,54 euros, más en todo caso a abonarle los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de la Sentencia.

    La empresa no readmitió a la trabajadora, por lo que ésta el 26.6.07 solicitó la ejecución de la Sentencia, con petición de extinción del contrato de trabajo, el pago de la indemnización y de los salarios de tramitación.

    Al 13.9.07 el Juzgado Social nº 1 de Avilés dictó Auto en Ejecución 100/2007 declarando la extinción del contrato de trabajo, y condenó a la empresa a abonarle una indemnización sustitutoria de 894,87 euros, los salarios de tramitación fijados en la Sentencia, y a razón de 30,12 euros diarios los devengados desde la fecha de al notificación hasta la fecha de esa resolución.

  2. - El 21.7.07 Dª María Milagros pasó por un parto y el 25.10.07 solicitó del INSS prestaciones de maternidad.

    Prestaciones que el INSS le denegó el 30.10.07 por no reunir los requisitos del art. 124.1 de la Ley General de la Seguridad Social , pues estimaba que no se encontraba en alta ni en situación asimilada.

    Presentó Reclamación Previa que también vio desestimada por otra Resolución posterior, sobre la afirmación que la baja de 10.3.07 era el último dato registrado en el sistema de la Tesorería General de la Seguridad Social.

  3. - La trabajadora causó baja el 10.3.07 en la Tesorería General de la Seguridad Social por cuenta de Explotaciones Turísticas del Principado S.L.

    De 17.3.07 a 16.6.07 permaneció en desempleo con prestaciones.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación de la parte demandante, no siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora formula recurso contra la sentencia de instancia que desestima su demanda sobre percepción de la prestación por maternidad, articulando al efecto un único motivo de suplicación en el que por la vía del art. 191 c) LPL denuncia la infracción de los arts. 124 y ss. de LGSS en relación con los arts. 4, 5, 7 y 13 del RD 1251/01 y con los arts. 45, 48 y concordantes de ET .

Alega el recurso que consta en la sentencia que la actora fue objeto de un despido improcedente conposterior extinción de la relación laboral y se reconoce en la misma que en el momento del parto estaba vigente el contrato de modo que estando en alta al tiempo de nacimiento del derecho a la prestación por maternidad, entiende que el comportamiento de la empresa no puede privarla de su derecho, correspondiendo al INSS la gestión y el abono de las prestaciones y señala finalmente que la condena a la empresa a dicho abono teniendo en cuenta que no ha comparecido al juicio, seria condenar a la actora a no percibir las prestaciones que postula y añade que en todo caso en el suplico de la demanda se pedía que se fijase la responsabilidad legal que incumbía a cada uno de los codemandados.

Al respecto cabe destacar que antes del RD 1251/2001 de 16 de noviembre el pago de la prestación de maternidad como se asimilaba a la de incapacidad temporal, gozaba de automaticidad, en este sentido la sentencia del TS de 29 de noviembre de 2005 afirma que: "A este respecto conviene recordar que esta Sala en sus sentencias de 3 y 22 de mayo del 2004 , en relación con prestaciones de maternidad anteriores a la promulgación del Real Decreto 1251/2001 , estimó que era aplicable a las mismas la doctrina que habían establecido otras sentencias de este Tribunal con respecto a la incapacidad temporal (sentencias de 4...

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