STSJ Asturias 3731/2008, 21 de Noviembre de 2008

PonenteMARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2008:5427
Número de Recurso1602/2008
Número de Resolución3731/2008
Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0001602 /2008, formalizado por el Letrado BELEN FRAGA FERNANDEZ, en nombre y representación de FUNDACION CTIC, contra la sentencia de fecha quince de mayo de dos mil ocho, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000082 /2008, seguidos a instancia de María frente a GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, FUNDACION CTIC , parte demandada representada por el letrado , en reclamación de DESPIDO OBJETIVO, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ , y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha quince de mayo de dos mil ocho por la que se estimaba parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados figuran los siguientes:

  1. - La actora doña María , cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, presto servicios por cuenta y bajo la dependencia de la FUNDACIÓN CTIC, ostentando la categoría de Monitor de Telecentro - Técnico Nivel C, siendo el centro de trabajo en el Municipio de Las Regueras, en virtud de los siguientes contratos de trabajo:

  2. Contrato de duración determinada por obra o servicio determinado a tiempo parcial celebrado el 17 de mayo de 20047 con duración hasta el 31 de diciembre de 2004.

    En la cláusula Sexta del contrato se dispone que le mismo se celebra para "la realización de la obra o servicio subvención para la gestión de la Red de Telecentros de Asturias.."

  3. Contrato de duración determinada por obra o servicio determinado a tiempo parcial celebrado el 4 de enero de 2005 con duración hasta el 31 de diciembre de 2005.

    En la cláusula Sexta del contrato se dispone que le mismo se celebra para "la realización de la obra o servicio subvención nominativa del Principado de Asturias a través de sus presupuestos generales Red de Telecentro del Principado de Asturias para el ejercicio 2005"

  4. Contrato de duración determinada por obra o servicio determinado a tiempo parcial celebrado el 3 de enero de 2006 con duración hasta el 30 de junio de 2006.

    En la cláusula Sexta del contrato se dispone que el mismo se celebra para "la realización de la obra o servicio ....Técnico en el proyecto con subvención nominativa del Principado de Asturias a través de sus presupuestos generales Red de Telecentros del principado de Asturias para el ejercicio 2006.."

  5. Contrato de duración determinada por obra o servicio determinado a tiempo parcial celebrado el 2 de enero de 2007.

    En la cláusula Sexta del contrato se dispone que el mismo se celebra para "la realización de la obra o servicio ....Técnico en el proyecto con subvención nominativa del Principado de Asturias a través de sus presupuestos generales Red de Telecentros del principado de Asturias para el ejercicio 2007.."

    Con efectos de 31 de diciembre la empresa notifica a la actora la extinción de su relación laboral "por fin de contrato temporal a instancias del empresario."

  6. - La actora percibió un salario bruto mensual, con inclusión de todos los conceptos, de 1.033,52 euros. La empresa al término de la vigencia de cada contrato abono a la actora una indemnización que ascendió a las siguientes cantidades:

    Año 2004......142,08

    Año 2005.....231,82

    Año 2006.....254,30Año 2007.... 274,92

  7. - En diciembre de 2007 la Consejera de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno del Principado de Asturias emite un comunicado con el siguiente tenor literal:

    "Estimado usuario:

    Tiene en sus manos el boletín que trimestralmente informa de la actividad de la Red de Telecentros de Asturias. Este número es especial, en cuanto que coincide con el fin de una etapa y el inicio de otra nueva.

    Son casi siete años de actividad de una red pública de servicio a los ciudadanos de Asturias, para ayudarles a utilizar las Tecnologías de la información y la Comunicación (CTIC) y experimentar las ventajas de la Sociedad de Información.

    Un total de 85 telecentros, 113.160 usuarios y usuarias, 3,2 millones de usos, 12.358 talleres impartidos....Las cifras hablan por si solas de la dimensión de una red que ha ido creciendo hasta consolidarse como un gran espacio de participación ciudadana profundamente dinámico y vivo.

    Sobre esta sólida base y en el marco de la Estrategia para el Desarrollo de la Sociedad de Información e-Asturias 2007, se asienta un nuevo modelo, en que los telecentros pasan a concebirse como Centros de Desarrollo Tecnológico Local. La ciudadanía seguirá teniendo, por supuesto, su sitio, y además, junto a ella, mas que nunca, el tejido socioeconómico municipal en toda su diversidad (sociedad civil, empresa y administraciones).

    Mediante la prestación de Servicio de Dinamizacion Tecnológica Local que garanticen el acceso en igualdad a la Sociedad de la Información, pretendemos impulsar la creación de redes ciudadanas que favorezcan la cohesión cultural y territorial y redunden en la mejora calidad de vida de los habitantes.

    Sabedores de todo cambio puede conllevar pequeños desajustes, les pedimos disculpas de antemano por ello. Trataremos, entre todos y todas, de que las molestias sean mínimas y máximas el beneficio personal y colectivo.

    Sin más le deseo felices fiestas y le agradezco la confianza depositada en este servicio. Seguiremos trabajando en estrecha colaboración con su Ayuntamiento para ofrecerle un servicio de calidad."

  8. - El Gobierno del Principado de Asturias con el objetivo de impulsar la Sociedad de Información en la Región creo una Red regional de Telecentros (Centros Telemáticos), extendida por todo el ámbito geográfico de la CCAA. Los Telecentros creados, fruto de los Convenios de Colaboración entre el Principado de Asturias y los respectivos Ayuntamientos, tienen como objetivo fundamental facilitar el acceso a la Sociedad de Información de todos los estamentos de población, con independencia de su ubicación geográfica o características socioeconómicas.

    La red de Telecentros estaba constituida por 85 puntos públicos de acceso a internet.

    En principio, la gestión global de telecentros se llevó a cabo por el Fondo de Promoción de Empleo (año 2000); posteriormente en el año 2003 la gestión global de la red de Telecentros se realizo por la Fundación FICYT.

    A través de resoluciones de 28 enero de 2004, marzo de 2005, 7 de febrero de 2006, 9 de febrero de 2007, 27 de junio de 2007 y 25 de septiembre de 2007, de la Consejería de Economía y Administración Pública del Principado de Asturias, se encarga a la Fundación CTIC la gestión global de los Telecentros, concediendo a la misma las respectiva subvención. Se dan por reproducidas las citadas resoluciones al constar en autos.

  9. - La Fundación CTIC (Centro Tecnológico de la Información de la Comunicación) es una institución privada, sin ánimo de lucro, de carácter social que tiene por fin promover e incentivar actividades de desarrollo tecnológico e innovación en la vida económica y social. Su objetivo fundacional es estimular actividades relacionadas con el desarrollo de las tecnologías de la información y d ela comunicación en todos los campos de la vida económica y social, que conduzcan al impulso y fortalecimiento de la sociedad de la Información. Tiene como objetivos estratégicos:1º implantar la Sociedad de la Información entre la ciudadanía, empresas e instituciones.

  10. Ser un referente en investigación TIC.

  11. Incrementar la participación del tejido empresarial en proyectos de I+D+i.

  12. Ser punto de referencia en materia de Sociedad de la Información.

    Esta constituida por un Patronato de empresas del ámbito de las tecnologías de la Información y la Comunicación y el Gobierno del Principado de Asturias. El Gobierno del Principado de Asturias tiene una participación en el Patronato del 7,14%.

  13. - Por resolución de 22 de noviembre de 2007 de la Consejería de Administraciones publicas, el Principado de Asturias y los Entes Locales que se recogen en el Anexo I suscriben un Convenio de Colaboración para regular las condiciones que regirán la concesión de subvenciones para el Desarrollo del Programa Servicios de dinamización Tecnológica Local y el Funcionamiento de los Centros de Dinamización Tecnológica Local. Este convenio constituye un modelo tipo aplicado al resto de las Corporaciones Locales que desde entonces pasaron a gestionar directamente los CDTL. Los citados convenios se pactan con vigencia a partir de 1 de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008, siendo susceptibles de prorrogas anuales salvo denuncia. Desde el 1 de enero de 2008 la gestión de los CDTL la lleva directamente el Ayuntamiento respectivo. En ellos se desarrollan las mismas actividades que en los Telecentros. El 5 de octubre de 2007 el Gobierno del Principado de Asturias autorizo la firma del convenio tipo de colaboración entre el Principado de Asturias y las Entidades Locales del Principado de Asturias...

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