STSJ Andalucía 796/2018, 5 de Abril de 2018

PonenteJORGE LUIS FERRER GONZALEZ
ECLIES:TSJAND:2018:4088
Número de Recurso2524/2017
ProcedimientoSocial
Número de Resolución796/2018
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2018
EmisorSala de lo Social

1

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

OL

SENT. NÚM. 796/2018

ILTMO. SR. D. JOSE MANUEL GONZÁLEZ VIÑAS

PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JORGE LUIS FERRER GONZÁLEZ

ILTMO. SR. D. RAFAEL FERNÁNDEZ LÓPEZ

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a cinco de abril de dos mil dieciocho

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 2524/2017, interpuesto por Joaquín contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. NUM. 2 DE GRANADA, en fecha 13/06/17, en Autos núm. 968/15, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JORGE LUIS FERRER GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Joaquín en reclamación sobre DESPIDO, contra MIQUEL ALIMENTACIÓ GRUP S.A. y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 13/06/17, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Joaquín contra "Miquel Alimentació Grup, SA", DEBO ALBSOLVER Y ABSUELVO a la mencionada demanda declarando procedente el despido del actor efectuado con efectos de 18 de septiembre de 2015, convalidando la extinción del contrato de trabajo sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación."

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El demandante, D. Joaquín, mayor de edad, con DNI NUM000, ha prestado sus servicios para la empresa demandada, "Miquel Alimentació Grup, SA, SL", dedicada a lal actividad de importación, exportación, compra y venta al por mayor y al por menor de artículos y productos del ramo alimentario, con la categoría profesional de comercial mayor de la provincia de Granada, desde el día 14/12/11 y un salario de 98,05 euros diarios, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

  2. - El actor fue despedido el pasado 02/09/15 carta que se encuentra unida a los folios 7 y ss de este procedimiento y cuyo contenido literal era el siguiente:

"En Fuente de Piedra, a 18 de septiembre de 2015.

Muy Sr. Nuestro:

La dirección de la empresa le comunica que ha tomado al decisión de rescindir su contrato de trabajo, por causa disciplinaria, al amparo de lo previsto en el art. 54 del Estatuto de los Trabajadores Se ha tenido conocimiento, en fecha 14 de septiembre de 2015, de una serie de hechos lamentables de los cuales ha sido Ud. protagonista, y que a continuación el relatamos: El día 2 de septiembre de 2015 el Gerente Regional de Mayor, Ezequiel, conoció la noticia a través de una conversación telefónica con un conocido de que se iba a abrir un supermercado en Belicena (Granada), en principio de Grupo Miquel, ya que según comentó éste había productos Gourmet en la foto de las ofertas iniciales que había en la fechada de dicho supermercado, mas concretamente pizza y huevos. El gerente Regional se quedó muy sorprendido al no estar informado de dicha apertura y pensó que debía tratarse de un error. Acto seguido recibió una foto de la fachada de dicho supermercado, en la cual aparecía un letrero con el nombre del supermercado "Cash Ahorro-Oportunidades en alimentación" y la foto de los productos de las ofertas iniciales, entre ellas, la pizza y los huevos de la marca Gourmet claramente expuestos Así mismo en la foto aparecía otro letrero donde se informaba de la próxima apertura en septiembre Ante tal evidencia, el Gerente Regional decidió informarse sobre el nuevo cliente y buscó en el sistema el cliente y quien lo gestionaba. El resultado de la búsqueda le dejó sorprendido: *Cliente NUM001 Supermercados ahorro *Asesor: Joaquín * Tarifa: MY *Primera venta- 18/08/2015 *Ultima venta-09/09/2015

Ezequiel pudo comprobar que dicho cliente en tres semanas había comprado mas de 1100 referencias algo totalmente inhabitual si no se trata de una tienda señalizada.

En fecha 4 de septiembre Ezequiel informó a su superior Juan Miguel Director Regional de Andalucía de la situación con respecto a este cliente Ambos decidieron solicitar al Dpto de riesgos de la empresa un informe comercial a fin de comprobar quienes eras los accionistas de este cliente.

El miso día 4 de septiembre se recibió el citado informe INFORME ABREVIADO B-18845297 (2) con todos los datos solicitados En el apartado de la estructura corporativa se pudo comprobar sin lugar a lugar a dudas que Ud era el administrador único de la sociedad.

Con fecha 14 de septiembre se recopila información sobre el cliente Supermercado Ahorro con los siguientes resultados:

-Ventas

VENTAS Venta %MG MG euros Nº ref.

NUM001

Supermercados Ahorro Agosto 20.043 9,85% 1.974 1.047

NUM001

Supermercados Ahorro Septiembre 19.976 8,01% 1.599 726

40.020 8;93% 3.573 1.150 -Riesgo Cliente

Cliente Riesgo Cliente

14.9.2015 Límite

Crédito Comprometido

Total Grado agotamiento

%

NUM001 Supermercados

Ahorro 15.000,00 14.999,83 100,00

-Deuda Actualizada a 14 de septiembre de 2015

Cliente Cartera

14.9.2015 Fecha

Cont Fecha

Vto. Factura Importe Mon VP Pagar

NUM001 Superme

rcados

Ahorro 07/09/

2015 07/09/

2015 NUM002

1948 -45,89 EU

R E False

NUM001 Supermercadorcados

Ahorro 07/09/

2015 07/09/

2015 NUM002

5527 -397,01 EU

R E False

NUM001

Supmerme

rcados

Ahorro 08/09/

2015 08/09/

2015 NUM002

3176 14.018,52 EU

R E False

NUM001 Superme

rcados

Ahorro 08/09/

2015 08/09/

2015 NUM002

3177 59,90 EU

R E False

NUM001 Superme

rcados

Ahorro 09/09/

2015 09/09

2015 NUM002

5959 -2,11 EU

R E False

NUM001 Superme

rcados

Ahorro

10/09/

2015 10/09/

2015 NUM002

6064 -78,65 EU

R E False

NUM001 Superme

rcados

Ahorro 10/09/

2015 10/09/

2015 NUM002

6734 1.445,07 EU

R E False

Total 14.999,83

-Precio de cesión aplicado al cliente.

En cuanto a la tarifa aplicada a este cliente, lejos de utilizar la tarifa correspondiente MY, Ud ha utilizado en un 99,57% tarifa especial, la cual tiene que entrarse en el sistema a mano por el delegado de ventas correspondiente, tal y como puede comprobarse en este cuadro resumen importado del sistema.

Precio

aplicado Peso Venta MG (Euros) %MG

Especial 99,57% 38.961 3.778 9,70%

Tarifa,35% 139 25 17,68%

Oferta,07% 29 5 15,68%

Regalo,00% 0 -6

Por otra parte, el margen comercial aplicado al cliente en cuestión es del 8,93%, cuando la media del margen de todos los clientes que Ud. gestiona está en un 11,51%. En la siguiente tabla proveniente del sistema aparece la facturación y el margen aplicado. En caso de haber aplicado a los 40.000 euros de venta el 11,51% de margen correspondiente a la media de sus propios clientes, el beneficio hubiera sido 4.604 euros en lugar de 3.573 euros, lo que supone una diferencia de 1031 euros.

Margen % por

cliente acumulado

Septiembre Venta %MG MG (euros) Nº Ref

NUM003

Supermercados ALI 171.636 5,41% 9.289 92

NUM004

Almacén de

Bebidas Don

Rubén 79.190 5,54% 4.387 142

NUM005

Bebidas Alhendin,

SL 44.602 5,75% 2.565 11

NUM006

Sumayba Almacén 23.207 6,41% 1.487 33 NUM007 Cash

Alimentación SantanderAna, SL 3.564 7,44% 265 33 NUM008

Distribuciones

Gaylo, CB 139.072 7,77% 10.799 210

NUM009

Supermercados

Santaella 59.028 8,83% 5.210 168

NUM001

Supermercados

Ahorro 40.020 8,93% 3.573 1.150

NUM010

Supercash Manuel

Martín Morales, S.L. 158.619 91,13% 14.477 955 NUM011

Zaleas

Supermercados, SL 67.063 9,68% 6.488 479 NUM012 Cash

Arenas 42.080 9,82% 4.133 344

NUM013

Almacenes Pereira

e Hijos, SL 33.150 10,62% 3.521 110

NUM014

SupermercadosPatri, SA 24.368 11,37% 2.771 339 NUM015

Supermercado

Patri, SA Centro 2 25.311 11%70% 2.962 329 NUM016

Supermercado 11.814 11,75% 1.388 196

NUM017

Supermercados

Meni 38.047 12,26% 4.666 660

NUM018

Sumayba Centro 2 37.475 12,65% 4.740 592 NUM019

Supermercado

Macrilesa 23.069 12,91% 2.978 565

NUM020

Sumayba, SL 29.290 12,94% 3.791 559

NUM021

Supermercados

Villalba 38.682 13,30% 5.144 631

NUM022 Cash

El Reloj 24.613 13,52% 3.329 255

NUM023

Distribuciones BCD 49.648 13,96% 6.929 158

NUM024 Suma

Loja 68.875 14,07% 9.691 945

NUM025

Supermercados

Jiménez Guillén 120.028 14,36% 17.241 913

NUM026 Witty

Market, SL 62.432 14,72% 9.192 867

NUM026

supermercado y

Jamones Cabezas,

SL 24.959 14,91% 3.721 682

NUM027 Elena 137.726 14,94% 29.578 2.030

NUM028 Suma

Señalizado Noalejo 39.534 15,34% 6.063 1.019

NUM029 Suma

Alhama de

Granada 157.278 15,62% 24.567 2.764

NUM030

Arenas Córdoba,

SL 9.445 16,53 % 1.562 267

NUM031

Supermercado Día

Montefrío 40.289 16,99% 6.844 868

NUM032 Platos

y Tapas, SL 3.427 16,93% 614 3

NUM033

DECEPAL, SA 80.353 18,21% 14.630 658

Total 1.907.895 11,51% 219.595 4.676

A raíz de estos hechos se decidió hacer seguimiento, en espera de que Ud. informase de la situación. Lejos de esto, Ud, en pleno disfrute de su periodo vacacional, más concretamente el día 22 de septiembre forzó un pedido para el cliente Supermercado Ahorro, el cual se quedó retenido por riestos (incicencia PET 563005( (...)

Acto seguid, Ud. solicitó al Dpto. De Análisis de riesgos y Administración de clientes que liberase el pedido mediante un email en el que decía concretamente: "(...) Buenos días. Compañeras podéis liberar este pedido? El cliente me comenta que ayer realizó un ingreso de 6000 euros en nuestra cuenta del BBVA. Ya me decís. Gracias".

Desde el Dpto. de riesgos se pidió conformidad al Dpto. de Tesorería, el cual fue confirmado, ya que efectivamente se había hecho el ingreso de 6.000 euros en la cuenta de la empresa del BBVA. A consecuencia de esto el pedido fue liberado.

De estos hechos se deriva que UD. se autogestionó el forzado de un pedido a su propio supermercado, ya firmó claramente en su email de fecha 23 de septiembre que el cliente había comentado que había hecho un ingreso, cuando este cliente es Ud. mismo. Puede percibirse con total claridad en esta afirmación que Ud....

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