STSJ Castilla y León , 30 de Abril de 2018

PonenteMARIA DEL CARMEN ESCUADRA BUENO
ECLIES:TSJCL:2018:1909
Número de Recurso395/2018
ProcedimientoSocial
Fecha de Resolución30 de Abril de 2018
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 00770/2018

C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID

Tfno: 983458462-463

Fax: 983.25.42.04

NIG: 47186 44 4 2017 0001852

RSU RECURSO SUPLICACION 0000395 /2018C

Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000458 /2017

Sobre: DESPIDO DISCIPLINARIO

RECURRENTE/S D/ña Visitacion

ABOGADO/A: JOSE Mª BLANCO MARTIN

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

ABOGADO/A: JUAN-ANTONIO SALDAÑA CARRETERO

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

Recurso nº: 395/18 C

Ilmos. Sres.

D. Emilio Álvarez Anllo

Presidente de la Sala

D. Mª del Carmen Escuadra Bueno

D. Rafael Antonio López Parada

En Valladolid a treinta de abril de dos mil dieciocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 395 de 2018, interpuesto por DOÑA Visitacion contra sentencia del Juzgado de lo Social núm.4 de VALLADOLID (Autos 458/17) de fecha 29 DE DICIEMBRE DE 2017, dictada en virtud de demanda promovida por DOÑA Visitacion contra LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID sobre DESPIDO DISCIPLINARIO, ha actuado como Ponente la Ilma. . Sra. Dña. Mª del Carmen Escuadra Bueno.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 30.05.2017, se presentó en el Juzgado de lo Social .número 4 de Valladolid, demanda formulada por Dña. Visitacion en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

"PRIMERO.- La demandante, Dña. Visitacion, mayor de edad, con D.N.I. NUM000, ha venido prestando sus servicios para la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID -UVA- (C.I.F. Q4718001C), como Profesora del Área de conocimiento de Economía Financiera y Contabilidad en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de Valladolid, en virtud de:

  1. Al amparo de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria (LRU):

    1. Contrato administrativo de colaboración temporal como Ayudante de Escuela Universitaria, a tiempo parcial 6+6 horas/sem., del 21.12.1994 al 24.03.1995, prorrogado de 25.03.1995 a 30.06.1995.

    2. Contrato administrativo de colaboración temporal como Ayudante de Escuela Universitaria, a tiempo completo, de 01.10.1995 al 30.09.1996, prorrogado del 01.10.1996 al 30.1997, de 01.10.1997 a 30.09.1998, y del 10.10.1998 al 30.09.2000, con cese el 07.05.1999.

    3. Contrato administrativo de colaboración temporal como Ayudante de Facultad y E.T.S., a tiempo completo, del 08.05.1999 al 30.09.2000.

    4. Contrato administrativo de colaboración temporal como Profesor Asociado, Tipo 4, a tiempo parcial de 6+6 horas/semana, desde el 01.10.2000 al 30.09.2003, con prórrogas sucesivas y sin solución de continuidad hasta el 03.05.2012.

  2. Al amparo de la Ley Orgánica 6/2011, de 21 de diciembre, de Universidades (modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril) -LOU-:

    - Contrato laboral temporal de personal docente Ayudante, con clave de contrato 401, a tiempo completo, desde el 04.05.2012, en régimen de dedicación a tiempo completo

    (60 horas anuales), en el área de conocimiento de Economía Financiera y Contabilidad, con fecha de finalización prevista el 31.08.2013, en cuya Cláusula 6ª se incluía: "Para los contratos laborales de duración determinada, el cumplimiento del término señalado en el contrato de trabajo implicará la extinción del mismo, salvo que la Universidad acuerde, expresamente, su prórroga (...)". Fue prorrogado del 01.09.2013 al 31.08.2015, del 01.09.2015 al 31.08.2016 y desde el 01.09.2016 hasta el 03.05.2017, percibiendo una retribución salarial mensual, incluida la parte proporcional de pagas extras, de 2.031,01 €.

SEGUNDO

Mediante documento LD.1.R la de 22.03.2017 la UVA le notificó a la demandante su baja como trabajadora de la misma, con efectos al 03.05.2017, por "fin de contrato".

TERCERO

Obran en autos Declaraciones de la demandante sobre Actividad Docente desde el 20.12.1994 hasta 16.05.2016, más certificación de tareas docentes de 04.07.2017 (obrantes al nº 12 del presente expediente digital, Anexo III del expediente remitido por la UVA, folios 97 a 119 del mismo), así como certificación sobre actividad docente emitida por el Decano de la Facultar de Ciencias Económicas y Empresariales de la UVA (obrante al nº 22 del expediente digital de las presentes actuaciones), que se dan aquí por reproducidas.

CUARTO

La demandante ha venido impartiendo las asignaturas referidas en las declaraciones sobre actividad docente según la carga lectiva del contrato correspondiente, con autonomía para impartir docencia y responsabilidad en la corrección y revisión de exámenes, firma de actas y atención de tutorías.

QUINTO

Con fecha 02.04.2012 se aprobó el Acuerdo Extraordinario entre la Universidad de Valladolid y los representantes del Personal Docentes Investigador (PDI) en las mesas negociadoras para la adaptación de los contratos de profesores asociados con contrato administrativo de tipo IV 6+6 en el que para los Profesores

asociado Tipo 4 se prevén diferentes situaciones (obrante al nº 11 del presente expediente digital, folios 22 y 23 del expediente remitido por la UVA):

Punto Cuarto:

-que antes del 20.04.2012 no haya depositado su tesis doctoral, en cuyo caso hará falta que el profesor y su director de tesis se comprometan con la UVA conjuntamente por escrito firmado a defender la tesis antes de

31.08.2013; además el Departamento al que pertenezca el profesor debe emitir un informe no vinculante sobre la propuesta de adaptación del contrato y la realización de la tesis.

-que antes del 20.04.2012 no haya presentado su tesis y no haya adquirido el compromiso señalado en el párrafo anterior, en cuyo caso podrá ver su contrato adaptado a Profesor Asociado (6+6) hasta el 31.08.2012.

Punto Quinto:

- si antes del 31.08.2013 se ha defendido la tesis o había sido admitida a defensa, el contrato de Ayudante se ampliará de manera improrrogable hasta 31.08.2015 con el objetivo de lograr la acreditación a Profesor Ayudante Doctor para su posterior transformación. Aquellos Ayudantes que el 31.08.2013 no hayan cumplido el requisito anterior (salvo bajas laborales o situaciones asimilables), podrán ver su contrato transformado a Profesor Asociado hasta el 31.08.2014.

SEXTO

La actora presentó documento fechado el 18.01.2012 en el que solicita la transformación de la plaza de Profesor Asociado, Tipo IV, en una plaza integrada de profesor conforme a la LOU, en el mismo área de conocimiento de Economía y Contabilidad.

Presentó asimismo documento fechado el 17.04.2012 de compromiso formal con la UVA para defender su Tesis Doctoral antes del 31.08.2013, suscrito asimismo por su Director de Tesis, con el fin de acogerse al Punto 4º del Acuerdo indicado en el Hecho Probado anterior (obrante al nº 11 del presente expediente digital, folio 24 del expediente remitido por la UVA).

SÉPTIMO

La demandante superó las pruebas para la obtención del título de Doctor por la Universidad de Valladolid, haciendo constar su suficiencia investigadora el 23.09.2013.

OCTAVO

Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UVA de 30.06.2015, por el que se aprobaron las "Líneas de actuación en materia de personal docente e investigador de la Universidad de Valladolid para 2015", en el Apartado B ("Actuaciones en materia de personal docente e investigador relacionadas con plazas de contratado laboral no permanente"), número 2 ("Profesores Ayudantes") se acordó que "Se prorrogarán por 1 año los contratos de los Profesores Ayudantes que provienen de los antiguos contratos de Profesor Asociado PRAS IV, con el objetivo de que puedan acreditarse". Asimismo, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UVA de 15.07.2016 se aprobó la "Prórroga de los contratos de los Profesores Ayudantes que provienen de los antiguos contratos de Profesor Asociado tipo IV", que finalizaban su contrato el 31.08.2016, hasta el máximo legal posible y, siempre que dichos profesores acrediten haber efectuado solicitud de acreditación ante las Agencias evaluadoras (obrantes al nº 11 del presente expediente digital, folios 35 a 40 y 44).

NOVENO

La actora presentó el 20.07.2016 solicitud de prórroga de su contrato de su contrato de profesor ayudante, remitiendo al Vicerrectorado de Profesorado copia de la solicitud de evaluación para la figura de Profesor Ayudante Doctor que había presentado el 12 de abril anterior ante la ACSUCYL.

DÉCIMO

La demandante no ha ostentado en el año anterior al 03.05.2017 la condición de representante legal o sindical de los trabajadores".

TERCERO

Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha sentencia por la demandante, no fue impugnado por la demandada. Elevados los autos a esta Sala, se designó Ponente, acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En sentencia dictada por el Juzgado de lo Social N.º 4 de VALLADOLID se desestima la demanda planteada por DOÑA Visitacion frente a la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, sobre Despido, solicitando que se...

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