SAP Barcelona 310/2018, 11 de Junio de 2018
Ponente | RAMON VIDAL CAROU |
ECLI | ES:APB:2018:6155 |
Número de Recurso | 1011/2016 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 310/2018 |
Fecha de Resolución | 11 de Junio de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
Sección CATORCE
Rollo Núm. 1011/16
JPI Núm. UNO de Granollers
Autos núm. 692/15 de Juicio Ordinario
Ilmos. Sres.
Presidente:
Ramon Vidal Carou
Magistrados:
Esteve HOSTA SOLDEVILA
Sergio FERNANDEZ IGLESIAS
S E N T E N C I A Núm. 310/2018
En la ciudad de Barcelona, a 11 de junio de 2018
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Catorce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Núm. UNO de Granollers a instancias de Cipriano frente a Edemiro y GENESIS SEGUROS GENERALES S.A., los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 25 de julio de 2016 por el Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:
" Que desestimo la demanda interpuesta por (...) don Cipriano frente a don Edemiro y Génesis seguros generales SA de Seguros y Reaseguros..."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; Y elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial, se señaló para votación y fallo el día siete de junio de dos mil dieciocho.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, expresando el parecer de este Tribunal el Ilmo. Sr. Magistrado Ramon Vidal Carou.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida, a la que además habrán de resultar de aplicación los que a continuación se expresan con ese mismo carácter.
Antecedentes y objeto del recurso.
El presente rollo de apelación tiene por objeto los daños personales sufridos por el demandante arriba indicado en el accidente de tráfico ocurrido el día 13 de abril de 2013 cuando circulando en su motocicleta por la población de Sant Feliu de Codines fue colisionado por un turismo, si bien la controversia en esta alzada viene limitada a la incapacidad temporal por cuanto las lesiones permanentes (secuelas) ya le fueron indemnizadas. Más en concreto, el actor reclama 397 días de carácter impeditivo, frente a los 120 días, 90 de ellos impeditivos que acepta la aseguradora y que consta también que ya han sido también indemnizados. En consecuencia, son objeto de controversia 277 días impeditivos, esto es, 16.939,48 euros, que es la diferencia entre los 397 días reclamados y los 120 días aceptados por la aseguradora.
La incapacidad temporal
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Concepto y doctrina jurisprudencial
El periodo de sanidad o de incapacidad temporal viene determinado por los días que tarda una persona en curar de sus lesiones, periodo que no tiene necesariamente por qué coincidir con el tiempo de "baja laboral" que reconoce el médico de cabecera al lesionado, pues aquel periodo concluye cuando ya no puede producirse una mejoría respecto al estado actual por lo que tal lesión deviene...
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