SAP Alicante 144/2018, 26 de Marzo de 2018

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Marzo 2018
EmisorAudiencia Provincial de Alicante, seccion 8 (civil)
Número de resolución144/2018

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE

SECCIÓN OCTAVA

TRIBUNAL DE MARCAS DE LA UNIÓN EUROPEA

ROLLO DE SALA n.º 548 (M-218) 17.

PROCEDIMIENTO: juicio ordinario n.º 21/17.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA n.º 5 BIS DE ALICANTE.

SENTENCIA NÚMERO 144/18

Iltmos.:

Presidente: Don Enrique García Chamón Cervera.

Magistrado: Don Luis Antonio Soler Pascual.

Magistrado: Don Francisco José Soriano Guzmán (ponente).

En la ciudad de Alicante, a veintiséis de marzo del año dos mil dieciocho.

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. arriba expresados, ha visto los presentes autos, dimanantes del juicio ordinario anteriormente indicado, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 5 bis de Alicante; de los que conoce, en grado de apelación, en virtud del recurso interpuesto por CAJA RURAL CENTRAL, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO, parte apelante, por tanto, en esta alzada, interviniendo con su Procuradora D.ª IRENE TORMO MORATALLA, con la dirección letrada de D. FRANCISCO JAVIER FERNANDO FERNÁNDEZ SALA; siendo la parte apelada D. Juan Pablo, que ha sido representado por la Procuradora D.ª ROSA MATEU GARCÍA, con la asistencia letrada de D. MIGUEL TORRES PARDO.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos referidos, del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 bis de Alicante, se dictó Sentencia, de fecha 22 de febrero de 2017, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales, doña Rosario Matéu García, actuando en nombre y representación de DON Juan Pablo frente a la CAJA RURAL CENTRAL, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO y, en consecuencia:

  1. - DECLARO LA ABUSIVIDAD de la cláusula quinta de la escritura de préstamo con garantía hipotecaria, de 28 de febrero de 2003, en lo que concierne a la atribución al prestatario del pago de los gastos de Notaría, registro y gastos procesales; y de la cláusula tercera de la escritura de ampliación de préstamo hipotecario de 11 de febrero de 2005, en su integridad. Como consecuencia de la abusividad de las cláusulas referidas, procede su NULIDAD Y SUPRESIÓN DEL CONTRATO.

  2. - Condeno a la CAJA RURAL CENTRAL, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO a devolver al actor 778,58 EUROS cobrados indebidamente con ocasión de la cláusula gastos (que corresponden a 578,67 euros en concepto de Notaría; y 199,91 euros en concepto de Registro), y sus intereses, desde la fecha de cada cobro. Esta cantidad determinará en favor del acreedor, el devengo de un interés anual igual al interés legal del dinero incrementado en dos puntos, desde el dictado de la presente resolución.

  3. - Se mantiene la vigencia de los contratos, en todo lo no afectado por la presente resolución.

Todo ello sin expresa condena en costas.2

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de apelación, del que se dio traslado a las demás partes. Seguidamente, tras emplazarlas, se elevaron los autos a este Tribunal, donde fue formado el Rollo, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 22 / 2 / 18, en que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación del presente proceso, en esta alzada, se han observado las normas y formalidades legales.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cláusula imputación de gastos notariales y registrales al consumidor prestatario.- Confirmaremos, por sus acertados razonamientos, la muy correcta sentencia de instancia, que ha condenado a la entidad bancaria demandada a abonar al prestatario la cantidad que éste pagó por gastos notariales y registrales. Desestimaremos, pues, el motivo planteado por la entidad bancaria.

En la escritura de préstamo con garantía hipotecaria, objeto del procedimiento, se incluyó una cláusula que imputaba al prestatario la totalidad (no un porcentaje) de los gastos ocasionados por el otorgamiento de la misma y por la inscripción de dicho título en el Registro de la Propiedad. En cumplimiento de dicha estipulación, aquél los abonó íntegramente.

El art. 89 TRLGDCU (" Cláusulas abusivas que afectan al perfeccionamiento y ejecución del contrato "), en su número tercero, indica que, " En todo caso tienen la consideración de cláusulas abusivas: La imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por ley corresponda al empresario ".

Es preciso, pues, analizar la ley para determinar a quién se atribuye el pago de los gastos de documentación y de registro de un préstamo hipotecario.

La norma sexta del Anexo II del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios, dispone que " La obligación de pago de los derechos corresponderá a los que hubieren requerido la prestación de funciones o los servicios del Notario y, en su caso, a los interesados según las normas sustantivas y fiscales, y si fueren varios, a todos ellos solidariamente ".

Por su parte, la norma octava del Anexo II del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad, establece, en su número 1, que " Los derechos del Registrador se pagarán por aquél o aquéllos a cuyo favor se inscriba o anote inmediatamente el derecho, siendo exigibles también a la persona que haya presentado el documento ...".

Tales normas han sido interpretadas por la Sala Primera del Tribunal Supremo, en el sentido de que cuando se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
949 sentencias
  • SAP Barcelona 866/2018, 3 de Diciembre de 2018
    • España
    • 3 Diciembre 2018
    ...la Sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña, Sección 4ª, de 29 de noviembre de 2017. En contra, la Sentencia de la AP de Alicante, Sección 8ª, de 26 de marzo de 2018 . Pues bien, aun cuando, como hemos dicho, la cuestión suscita serias dudas de derecho, estimamos que, efectivamente......
  • SAP Barcelona 661/2019, 5 de Abril de 2019
    • España
    • 5 Abril 2019
    ...la Sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña, Sección 4ª, de 29 de noviembre de 2017. En contra, la Sentencia de la AP de Alicante, Sección 8ª, de 26 de marzo de 2018 . 15 . Pues bien, aun cuando, como hemos dicho, la cuestión suscita serias dudas de derecho, estimamos que, efectiva......
  • SAP Barcelona 856/2019, 10 de Mayo de 2019
    • España
    • Audiencia Provincial de Barcelona, seccion 15 (civil)
    • 10 Mayo 2019
    ...la Sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña, Sección 4ª, de 29 de noviembre de 2017. En contra, la Sentencia de la AP de Alicante, Sección 8ª, de 26 de marzo de 2018 . 40 . Pues bien, aun cuando, como hemos dicho, la cuestión suscita serias dudas de derecho, estimamos que, efectiva......
  • SAP Barcelona 882/2019, 15 de Mayo de 2019
    • España
    • 15 Mayo 2019
    ...la Sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña, Sección 4ª, de 29 de noviembre de 2017. En contra, la Sentencia de la AP de Alicante, Sección 8ª, de 26 de marzo de 2018 . 15 . Pues bien, aun cuando, como hemos dicho, la cuestión suscita serias dudas de derecho, estimamos que, efectiva......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR