STSJ Andalucía 1684/2017, 18 de Octubre de 2017

PonenteERNESTO UTRERA MARTIN
ECLIES:TSJAND:2017:13073
Número de Recurso1056/2017
ProcedimientoSocial
Número de Resolución1684/2017
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2017
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA, CEUTA Y MELILLA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN 29001 Málaga

AVDA. MANUEL AGUSTIN HEREDIA Nº 16 -2º

N.I.G.: 2906744S20160011628

Negociado: UT

Recurso: Recursos de Suplicación 1056/2017

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº9 DE MALAGA

Procedimiento origen: Procedimiento Ordinario 859/2016

Recurrente: SERVICIO ANDALUZ DE SALUD

Representante: S.J. SERVICIO ANDALUZ DE SALUD - MALAGA

Recurrido: Martina, CONSEJERIA SALUD JUNTA DE ANADALUCIA y FUNDACION PROGRESO Y SALUD

Representante:JUAN MANUEL ORTIZ PEDREGOSA y EMILIO VILAR GORDILLOLETRADO DE LA JUNTA DE ANDALUCIA - MALAGA

Sentencia número 1684 /2017

ILTMO. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. Sr. D. ERNESTO UTRERA MARTÍN

ILTMO. Sr. D. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ

SENTENCIA

En la ciudad de Málaga, a dieciocho de octubre de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga, compuesta por los magistrados arriba relacionados, en nombre del Rey, y en virtud de las atribuciones jurisdiccionales conferidas, emanadas del Pueblo Español, dicta esta sentencia en el recurso de suplicación referido, interpuesto contra la del Juzgado de lo Social número nueve de Málaga, de 6 de febrero de 2017, en el que ha intervenido como parte recurrente EL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, representado y dirigido técnicamente por el Letrado de la Administración Sanitaria. Y como partes recurridas, DOÑA Martina, por el letrado don Juan Manuel Ortíz Pedregosa; y LA CONSEJERÍA DE SALUD DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, por el Letrado del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía; y LA FUNDACIÓN PROGRESO Y SALUD.

Ha sido ponente ERNESTO UTRERA MARTÍN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 4 de octubre de 2016, doña Martina presentó demanda contra la Fundación Progreso y Salud [en adelante, FPS], el Servicio Andaluz de Salud [en adelante, SAS] y la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, en la que suplicaba que se declarase que la relación laboral era indefinida así como que había sido objeto de cesión ilegal, con los efectos inherentes a tal situación, y con derecho de elección a su favor.

SEGUNDO

La demanda se turnó al Juzgado de lo Social número nueve de Málaga, en el que se incoó el proceso ordinario correspondiente con el número 859/2016, y en el que, una vez admitida a trámite por decreto de 7 de octubre de 2016, se celebraron los actos de conciliación y juicio el 30 de enero de 2017.

TERCERO

El 6 de febrero de 2017, se dictó sentencia, cuyo fallo era del tenor siguiente:

Estimar en parte la demanda de derechos formulada por Dª Martina contra la Fundación Progreso y Salud, Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, y el Servicio Andaluz de Salud, declarando la existencia de cesión ilegal de trabajadores ente la Fundación Progreso y Salud y el Servicio Andaluz de Salud, declarando que la relación laboral de la actora es de carácter indefinido a su elección en cualquiera de las mismas y condenando a la Fundación Progreso y Salud y al Servicio Andaluz de Salud a estar y pasar por esta declaración, absolviendo a la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía .

CUARTO

En dicha resolución se declararon probados los hechos siguientes:

PRIMERO

Dª. Martina, mayor de edad, presta servicios por cuenta de la entidad Fundación Progreso y Salud desde el 12-3-07, en virtud de contrato por obra o servicio determinado a tiempo completo, señalándose como objeto del mismo, apoyo técnico a la Dirección General de Salud Publica y Participación Ciudadana para el plan integral de tabaquismo en Andalucía, como asesora técnica desarrollando su trabajo en el Distrito Sanitario Atención Primaria Costa del Sol Málaga, y salario de 2056, 17 € incluida prorrata de pagas extraordinarias.

SEGUNDO

La actora cuenta con tarjeta de identidad en la que consta Consejeria de Salud Servicio Andaluz de Salud, técnico unidad tabaquismo, Distrito Sanitario Costa del Sol, folio 149.

TERCERO

La actora presta servicios en el Distrito sanitario Costa del Sol, siendo los medios materiales, impresora, ordenadores, teléfonos, del SAS.

CUARTO

La actora tiene correo electrónico DIRECCION000 unidadtabaquismo.dcs.sspa@juntadeandalucia.es. Folio 155 y 156.

QUINTO

La actora figura en listín telefónico, folio 161 y 162.

SEXTO

La actora solicito el 29-1-15 a la fabrica de Moneda y Timbre certificado para acceso a servicios de certificación, folio 163, la actora tiene acceso a distintas aplicaciones del Distrito Sanitario Costa del Sol Servicio Andaluz de Salud, Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, Diraya, con su usuario y contraseña, folios 168 a 226.

SEPTIMO

La actora ha recibido formación por parte de la Consejeria de Salud de la Junta de Andalucia Servicio Andaluz de Salud, folios 228 a 240, ha participado en encuentros de profesionales del Distrito Sanitario Costa del Sol, ha sido docente en cursos organizados por el Distrito Sanitario Costa del Sol, docente en cursos organizados por el SAS, folios 228 a 288.

OCTAVO

La actora desde el 12-3-07 ha realizado funciones de asesoramiento técnico en la planificación, coordinación y evaluación de planes, programas y actividades de salud referidos a la promoción de la salud y educación sanitaria en materia de prevención, asistencia sanitaria y rehabilitación, incluyendo investigación, participación comunitaria y docencia para la capacitación de profesionales en relación con la salud, en los planes y programas de Plan integral de tabaquismo, Plan integral de obesidad infantil, plan de actividad física y alimentación equilibrada, programa educativo para la educación infantil y primaria creciendo en salud, programa educativo para la educación secundaria forma joven en el ámbito educativo, Proyecto RELAS, folio 289. Igualmente obra al folio 290 que ha participado en proyecto un millón de pasos, proceso asistencial integrado de riesgo cardiovascular, programas educativos (a no fumar, me apunto, forma joven, alimentación saludable, aprende a sonreir, sonrisitas...).

NOVENO

Al folio 292 consta unidad de prevención y promoción de la salud equipo técnico formado por Francisca, Salvadora y Martina en el que se describen los programas específicos.

DECIMO

La Delegación de Salud, Educación y para la Igualdad y Bienestar Social en el ámbito de sus competencias ha creado una comisión para la coordinación de los programas de promoción de hábitos de vida saludable, esta comisión esta formada por un técnico de cada una de las delegaciones provinciales y otro del centro provincial de drogodependencia, esta coordinando una experiencia piloto en la zona de Fuengirola Mijas, Torremolinos Benalmadena, en la cual los médicos de los Equipos de Orientación Educativa de la zona, Técnicos de Ciudades ante las Drogas y Técnicos del Distrito Sanitario diseñan acciones para trabajar en los

centros educativos en las fases de promoción, inscripción y recepción de materiales, asi como de seguimiento y evaluación de los programas, se fijan los miembros al folio 293, entre ellos, la actora, entre sus funciones destaca la coordinación con los equipos directivos y/o orientador de los centros a fin de explicar los objetivos de esta experiencia y poner en marcha las acciones precisas para que los procesos definidos anteriormente puedan realizarse con éxito. Folio 293.

DECIMO PRIMERO

Consta la folio 291 las condiciones laborales de los técnicos de promoción de la salud, el horario es de 38 horas semanales de septiembre a junio y 35 horas semanales de julio y agosto entre jornada de mañana y tarde según las necesidades del distrito o área sanitaria. Pueden disfrutar de 30 dias naturales de vacaciones al año para el resto de los asuntos sociales que puedan surgir la FPS se rige por el ET, dietas todos los desplazamientos son abonados por la Fundación Progreso y Salud, salidas del distrito y reuniones deben ser comunicadas por el profesional a su referente, las bajas laborales deben ser enviadas a Fundación Progreso y Salud, todos los profesionales cuentan con un seguro laboral con la empresa FREMAP contratado por la FPS.

DECIMO SEGUNDO

Las vacaciones y permisos de la actora eran firmadas visto bueno del responsable de la UGC prevención, promoción y Vigilancia de la salud Distrito Sanitario Costa del Sol y remitidas a Fundación Progreso y Salud.

DECIMO TERCERO

Las horas de trabajo son firmadas con Visto Bueno del referente y enviadas a RRHH de la Fundación Progreso y Salud.

DECIMO CUARTO

Las dietas con autorizadas por el referente del Servicio Andaluz de Salud.

DECIMO QUINTO

En el cuadro de mandos seguimiento acuerdos de gestión clínica del Distrito Sanitario Costa del Sol figura responsable del servicio promoción de salud Salvadora, Francisca y la actora, folio 325.

DECIMO SEXTO

Que la actora ha sido convocada a reuniones de técnicos PITA, reuniones relativas al trabajo de promoción de la salud.

DECIMO SEPTIMO

La actora ha participado en publicaciones del Distrito Sanitario Costa del Sol junto con otros profesionales, folios 894 a 1020.

DECIMO OCTAVO

La actora figura como técnico de promoción de Salud, Distrito Sanitario Costa del Sol

DECIMO NOVENO

En la Fundación Progreso y Salud existe una coordinadora administrativa Eulalia .

VIGESIMO

La Fundación Progreso y Salud es una Fundación de...

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