STSJ Andalucía 2257/2009, 10 de Junio de 2009

PonenteANTONIO REINOSO REINO
ECLIES:TSJAND:2009:5914
Número de Recurso1940/2008/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2257/2009
Fecha de Resolución10 de Junio de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 2257 /09

En el recurso de suplicación interpuesto por el Sr. Letrado de la Junta de Andalucía, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número cuatro de los de Córdoba ; ha sido Ponente el Excmo. Sr. DON ANTONIO REINOSO Y REINO, Presidente de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos número 1025/06 se presentó demanda por D. Carlos Antonio , sobre Seguridad Social, contra la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, se celebró el juicio y se dictó sentencia el 17/03/08 por el Juzgado de referencia, en que se estimó parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"PRIMERO.- D. Carlos Antonio (DNI NUM000 ) tiene reconocida por parte de la Delegación Provincial de Córdoba de la Consejería de para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía una pensión de invalidez no contributiva por estar afectado por un grado de minusvalía del 65% (Expediente núm. NUM001 ).

SEGUNDO

Al Sr. Carlos Antonio que estuvo interno en el Centro Penitenciario de Córdoba -y desde marzo/03 lo está en el de Sevilla-, desde noviembre/05 se le ha reducido el importe de tal prestación de 301,55 #/mes a 147,71 #/mes (Resolución dictada el día 23/03/06 (Exp. NUM002 ).

La razón de esta minoración es que la Consejería demandada considera como rentas el importe desu manutención en el C. Penitenciario, ascendente a 2.062,25 #/año.

TERCERO

Notificada el 04/04/06 y disconforme, presentó reclamación administrativa previa el día 01/10/06, siendo desestimada en resolución de 11/10/06."

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada que fue impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO: El Sr. Letrado de la Junta de Andalucía recurre en suplicación al amparo del apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , alegando infracción del artículo 144.1.d) de la Ley General de la Seguridad Social , así como artículo 12.4 del Real Decreto 357/1.991, de 15 de marzo , en relación con la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de diciembre de 2.000 , entendiendo que es correcta la resolución de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, de reducir el importe de la prestación...

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