SAP Cádiz 188/2017, 1 de Septiembre de 2017

PonenteFRANCISCO JAVIER GRACIA SANZ
ECLIES:APCA:2017:1121
Número de Recurso92/2017
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución188/2017
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 1ª

S E N T E N C I A nº188/2017

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ

SECCION PRIMERA

ILMOS SEÑORES

PRESIDENTE

D. MANUEL ESTRELLA RUIZ

MAGISTRADOS

Dª. MARIA OLIVA MORILLO BALLESTEROS

D. FRANCISCO JAVIER GRACIA SANZ

APELACIÓN ROLLO Nº92/2017

origen : PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº236/2016 (JUZGADO DE LO PENAL Nº5 DE CADIZ)

DILIGENCIAS PREVIAS Nº117/2011(JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE EL DIRECCION000 ).

En la ciudad de Cádiz a 1 de Septiembre de 2017

Visto por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial integrada por los Magistrados indicados al margen el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de Procedimiento Abreviado seguidos en el Juzgado de lo Penal referenciado, recurso interpuesto por Daniel, Herminio, Narciso y Victoriano

, este último adherido a la apelación, asistidos los tres primeros por la letrada señora Concepción GonzálezSantiago Ortega y el último de ellos por la letrada señora María Eva Ramírez Niño y siendo parte recurrida el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO La Ilma señora Magistrada Juez de lo penal nº5 de Cádiz dictó sentencia con fecha de 4/5/2017 en la causa referenciada cuyo fallo dice literalmente

Que debo CONDENAR Y CONDENO a Narciso como autor criminalmente responsable de un delito de RECEPTACIÓN del art. 298.1 del Cp, concurriendo la atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO durante el tiempo de la condena, que indemnice a Insulanda Oro S.L. con 1.875 euros y al pago de una cuarta parte de las costas procesales.

Que debo CONDENAR Y CONDENO a Herminio como autor criminalmente responsable de un delito de

RECEPTACIÓN, concurriendo la atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN E

INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO durante el tiempo de la condena, que indemnice a Insulanda Oro S.L. con 1.113 euros y al pago de una cuarta parte de las costas procesales.

Que debo CONDENAR Y CONDENO a Daniel como autor criminalmente responsable de un delito de RECEPTACIÓN del art. 298.1 del Cp, concurriendo la atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO durante el tiempo de la condena, que indemnice a Insulanda Oro S.L. con 440 euros y al pago de una cuarta parte de las costas procesales.

Que debo CONDENAR Y CONDENO a Victoriano como autor criminalmente responsable de un delito de RECEPTACIÓN, concurriendo la atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO durante el tiempo de la condena, que indemnice a la joyería Matías Lebrón con 610 euros y al pago de una cuarta parte de las costas procesales.

(...)

SEGUNDO Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación y admitido el recurso y conferidos los preceptivos traslados se elevaron los autos a esta Audiencia. Formado el oportuno rollo y turnada la ponencia, se procedió a la oportuna deliberación, votación y fallo por la Sala, quedando visto para sentencia.

TERCERO En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales, habiendo sido ponente el Ilmo señor D. FRANCISCO JAVIER GRACIA SANZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan en su integridad los hechos probados como tales declarados en la sentencia de instancia que aquí se dan por reproducidos

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMER...

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