STSJ Comunidad de Madrid 776/2017, 15 de Septiembre de 2017

PonenteIGNACIO MORENO GONZALEZ-ALLER
ECLIES:TSJM:2017:9511
Número de Recurso548/2017
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución776/2017
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2017
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 01 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta Baja - 28010

Teléfono: 914931977

Fax: 914931956

34002650

NIG : 28.079.00.4-2016/0000666

Procedimiento Recurso de Suplicación 548/2017

ORIGEN: Juzgado de lo Social nº 19 de Madrid Procedimiento Ordinario 42/2016

Materia : Despido

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL - SECCIÓN PRIMERA

Recurso número: 548/17

Sentencia número: 776/17

CM

Ilmo. Sr. D. JUAN MIGUEL TORRES ANDRÉS

Ilma. Sra. Dª ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ

Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER

En la Villa de Madrid, a quince de septiembre de dos mil diecisiete, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1.978,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación número 548/17 formalizado por el Sr. Letrado D. SOTERO MANUEL CASADO MATÍAS en nombre y representación de D. Pedro Antonio, D. Constantino, D. Isidoro, D. Romeo, D. Juan Francisco, D. Cosme, D. Isidro, D. Simón, Dª Serafina, Dª Delfina, D. Socorro, D. Edmundo, Dª Enma

, D. Mateo, D. Jose Pedro, D. Arturo, D. Maximino, Dª Tamara, D. Carlos Miguel, D. Bienvenido y D. Herminio, contra la sentencia de fecha 29 de julio de 2016, dictada por el Juzgado de lo Social número 19 de MADRID, en sus autos número 42/16, seguidos a instancia de los recurrentes frente a MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS, S.A. (MATINSA) y frente a D. Valentín, en reclamación por impugnación de expediente de regulación de empleo, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

DON Pedro Antonio, DON Constantino, DON Isidoro, DON Romeo, DON Juan Francisco, DON Cosme, DON Isidro, DON Simón, DOÑA Serafina, DOÑA Delfina, DON Socorro, DON Edmundo, DOÑA Enma, DON Mateo, DON Jose Pedro, DON Arturo, DON Maximino, DOÑA Tamara, DON Carlos Miguel, DON Bienvenido y DON Herminio vienen prestando servicios para la entidad MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS SA (MATINSA), con la categoría profesional, antigüedad y salario que obra en el hecho primero de la demanda y que se da por reproducido a estos efectos.

SEGUNDO

El 14 de diciembre de 2010 mediante Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente fue adjudicado por el Ayuntamiento de Madrid a la entidad MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS, SA el "Servicio de conservación del Río Manzanares a su paso por el término municipal de Madrid", por un periodo de tres años prorrogables por otros tres (hecho no controvertido).

Previamente, el 6 de octubre de 2008, el Ayuntamiento de Madrid había adjudicado el servicio a la entidad Sufi, SA, cuyos trabajadores adscritos al mismo fueron subrogados por MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS, SA al producirse el cambio de empresa adjudicataria del servicio, por la vía de los arts. 24 del VII Convenio colectivo de Depuración de aguas residuales y cauces fluviales de la Comunidad de Madrid y 55 del III Convenio Colectivo Estatal de las Industrias de Captación, Elevación, Conducción, Tratamiento, Distribución, Saneamiento y Depuración de Aguas Potables y Residuales (hecho probado tercero de la Sentencia del Juzgado de lo Social núm.1 de Madrid dictada en autos 111/2013).

TERCERO

El 6 de noviembre de 2012 se aprobó mediante Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Medio Ambiente la modificación del contrato de "Servicio de conservación del Río Manzanares a su paso por el término municipal de Madrid", suscribiendo con la entidad MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS, SA Acuerdo obrante al folio 64 de las actuaciones que se da por reproducido, modificando dos partidas y aumentando la eficiencia de las actividades de limpieza en cauce natural y zona de servidumbre, así como otros aspectos, suponiendo el importe de la modificación un decremento sobre el precio del contrato de 146.333,79 euros (IVA incluido) resultando un precio de ejecución de 4.238.176,72 euros, esto es un 3,30% de variación respecto al primitivo del contrato, deduciéndose en las siguientes anualidades y cuantías: 2012

11.120,43 euros, y 2013: 135.213,36 euros.

CUARTO

El 18 de diciembre de 2012 la empresa demandada comunicó a los delegados de personal la apertura de periodo de consultas en relación a las medidas de reducción salarial bruta anual y suspensión temporal de empleo; alcanzando las partes un acuerdo en fecha 28 de diciembre de 2012 (doc. al folio 88). El 26 de diciembre de 2012 la demandada presentó ante la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura de la Comunidad de Madrid solicitud de expediente de regulación temporal de empleo, fijando un periodo de suspensión desde el 8 de enero hasta el 19 de diciembre de 2013, y tras el periodo de consultas la entidad demandada acordó la congelación salarial y rebaja de salario de los demandantes de un 13,47% o del 18,47%.

Presentada demanda por trabajadores de modificación sustancial de condiciones de trabajo, por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Madrid en autos 111/2013, que se da por reproducida- se desestimó la misma (doc. al folio 289), y por Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid núm. 621/2014, de 8 de julio de 2014, por reproducida, dictada en autos de Rollo de Suplicación 176/2014 se estimó parcialmente el recurso de suplicación interpuesto, declarando la nulidad de las medidas empresariales consistentes en la congelación

salarial y rebaja del salario de los demandantes, con la declaración de su derecho a la subida prevista en el Convenio colectivo para el año 2013 (doc. al folio 300 de las actuaciones).

Obras en autos las citadas sentencias del Juzgado de lo Social núm. 1 de Madrid, a los folios 289 y siguientes, y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a los folios 300 y siguientes, que se dan por reproducidas.

QUINTO

En fecha 23 de diciembre de 2013 se acordó por las partes prorrogar el contrato de "Servicio de conservación del Río Manzanares a su paso por el término municipal de Madrid", adjudicado a la demandada por Decreto de 14 de diciembre de 2010 por el periodo de dos años, computable desde el 20 de diciembre de 2013 hasta el 19 de diciembre de 2015, ascendiendo el importe de la prórroga a la cantidad de 2.659.192,80 euros (doc. al folio 89 y 91 y siguientes de las actuaciones).

El 14 de febrero de 2014 se abrieron dos periodos de consultas: i) Consultas para la inaplicación en la empresa de las condiciones de trabajo previstas en el Convenio colectivo por causas organizativas y de producción, y ii) Consulta a efectos de proceder a la suspensión de contratos por causas organizativas y de producción. Tras varias reuniones finalizó el periodo de consultas con Acuerdo de 28 de febrero de 2014 (al folio 230), acordando:

Suspensión de contrato de 2 meses, entre el 1 de marzo de 2014 y el 19 de diciembre de 2015 para 19 trabajadores.

Suspensión de contrato de 1 mes entre el 1 de marzo de 2014 y el 19 de diciembre de 2015 para 8 trabajadores.

Para el año 2014 un descuelgue salarial de 8,5% sobre salarios 2014 para los trabajadores a los que se le suspende el contrato 2 meses.

Para el año 2015 un descuelgue salarial de 8,5% sobre salarios 2014 para los trabajadores a los que se le suspende el contrato 2 meses.

Para el año 2014 un descuelgue salarial de 9,5% sobre salarios 2014 para los trabajadores a los que se le suspende el contrato 1 mes.

Para el año 2015 un descuelgue salarial de 9,5% sobre salarios 2014 para los trabajadores a los que se le suspende el contrato 1 mes.

SEXTO

El 13 de noviembre de 2015 MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURAS SA recibió escrito de la Dirección General de Gestión de Agua y Zonas Verdes, obrante al folio 100 de las actuaciones, del siguiente tenor literal:

"Próximo a finalizar la prórroga de dos años, acordada en diciembre de 2013, se va a proceder a solicitar una nueva prórroga del contrato del servicio "Servicio de Conservación del rio Manzanares a su paso por el término municipal de Madrid" desde el 20 de diciembre de 2015 hasta el 1 de junio de 2016, y a ejecutar en las mismas condiciones actuales del servicio.

Le rogamos que a la mayor brevedad posible nos hagan llegar un escrito expresando su conformidad con la misma a fin de poder dar inicio a la tramitación del correspondiente expediente".

SÉPTIMO

La entidad demandada comunicó a la representación legal de los trabajadores inicio de periodo de consultas para proceder a la suspensión de contratos por causas organizativas y de producción; iniciándose el periodo de consultas el 19 de noviembre de 2015; constando como asistentes por la parte social DON Valentín como delegado de personal, y doña Adoracion,...

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