STSJ Galicia , 11 de Septiembre de 2017

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2017:6058
Número de Recurso1956/2017
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2017
EmisorSala de lo Social

T.S.X. GALICIA SALA DO SOCIAL A CORUÑA

SECRETARIA SRA. BARRIO CALLE-BPB

PLAZA DE GALICIA S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Fax: 881-881133/981184853

NIG: 27028 44 4 2016 0000240

RSU RECURSO SUPLICACION 0001956 /2017

Procedimiento origen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000078 /2016

Sobre: DESPIDO DISCIPLINARIO

RECURRENTE/S: Norberto

RECURRIDO/S: CONCELLO DE SARRIA (LUGO)

ILMO. SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ

PRESIDENTE

ILMA. SRA. DÑA. RAQUEL NAVEIRO SANTOS

ILMO. SR. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

En A Coruña, a once de Septiembre de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 1956/2017 interpuesto por D. Norberto contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 1 DE LUGO, siendo Ponente ILMO. SR. D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Norberto en reclamación de Despido, siendo demandado el Concello de Sarria (Lugo). En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en

autos núm. 78/16 sentencia con fecha 25 de enero de 2017 por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda formulada.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

Primero

D. Norberto ha prestado servicios como trabajadora por cuenta y orden del CONCELLO DE SARRIA, con las siguientes circunstancias laborales: - Antigüedad: desde el 13 de julio de 2013. - Categoría profesional: auxiliar de policía local. - Salario: o Cuantía: 1.310'803 euros, incluidas prorrateadas las pagas extraordinarias. o Tiempo de pago: mensual. o Forma de pago: mediante transferencia bancaria. - Modalidad de contrato: indefinido no fijo. - Lugar de trabajo: Sarria (Lugo). - Jornada: a tiempo completo. - No ostenta ni ostentó, en el año inmediatamente anterior a la extinción de su contrato de trabajo, cargo en órganos de representación unitaria o sindical de los trabajadores.

Segundo

D. Norberto y el CONCELLO DE SARRIA suscribieron los siguientes contratos de trabajo: - Contrato de trabajo de fecha 15/06/2011, temporal, eventual por circunstancias de la producción consistentes en APOYO A LA POLICIA LOCAL EN VERANO, a tiempo completo (cuarenta horas semanales de lunes a domingo), por el que se comprometía a prestar servicios como auxiliar de policía local a cambio de retribución de l.123'54 euros mensuales, incluidas pagas extraordinarias, con duración pactada comprendida entre el 15/06/2011 y el 14/10/2011. - Contrato de trabajo de fecha 12/07/2012, temporal, eventual por circunstancias de la producción, a tiempo completo, por el que se comprometía a prestar servicios como policía local, con duración pactada comprendida entre el 12/07/2012 y el 11/11/2012. Este segundo contrato fue prorrogado en fecha 12/01/2012 hasta el 11/01/2013.

Tercero

Por Decreto de la Alcaldía del CONCELLO DE SARRIA de 28/05/2013 se aprobaron las bases y convocatoria para la selección y contratación laboral temporal de cuatro auxiliares de policía Local para la temporada de verano del año 2013. Tras la realización de las pruebas selectivas, el tribunal calificador propuso el nombramiento de cuatro candidatos para la provisión de los referidos puestos, siendo D. Norberto el primero de ellos.

Cuarto

El 13/07/2013, D. Norberto y el CONCELLO DE SARRIA suscribieron contrato de trabajo temporal, por obra o servicio determinado consistente en APOYO A LA POLICIA LOCAL EN EPOCA DE VERANO 2013, a tiempo completo (40 horas semanales de lunes a domingo), por el que el primero se comprometía a prestar servicios como auxiliar de policía local a cambio de retribución de 1.123'54 euros mensuales en concepto de salario y pluses, con duración pactada comprendida entre el 13/07/2013 y el 12/11/2013. El antedicho contrato fue prorrogado desde el 13/11/2013 al 12/01/2014; desde el 13/04/2014 al 12/06/2014; desde el 13/06/2014 al 12/11/2014; desde el 13/11/2014 al 12/12/2014; desde el 13/12/2014 al 12/02/2015; desde el 13/02/2015 al 12/11/2015; y del 13/11/2015 al 31/12/2015. En fecha 23/03/2015, D. Norberto y el CONCELLO DE SARRIA suscribieron pacto por el que cambiaban, a partir del 22/10/2014, el concepto apoio a Policia Local na época de verán de 2013 por el de apoio a Policía Local por baixas médicas de varios policías.

Quinto

El 7 de diciembre de 2015, D. Norberto presentó ante el CONCELLO DE SARRIA reclamación administrativa previa a la vía judicial social solicitando se reconociese su condición de personal laboral indefinido no fijo del ente local en puesto de auxiliar de Policía Local, con antigüedad desde el 13/07/2013.

Sexto

En fecha 16/12/2015, el CONCELLO DE SARRIA hizo entrega a D. Norberto de comunicación escrita del siguiente tenor literal: Muy Sr. Nuestro (mío) El próximo día 31 de diciembre de 2015 Finaliza el Contrato de Trabajo Temporal suscrito con Vd., y cuyos datos se reseñan al pie. En cumplimiento de las normas vigentes sobre contratación de personal se le comunica que con esta fecha quedará rescindida a todos los efectos su relación laboral con la Empresa, causando baja en la misma. Lo que se le comunica a los efectos oportunos.

  1. Norberto firmó el documento en prueba de su recepción haciendo constar la reseña NO CONFORME.

Séptimo

El 7 de enero de 2016, D. Norberto interpuso reclamación administrativa previa a la vía judicial social solicitando se reconociese la nulidad de su despido, por vulneración de su garantía de indemnidad, o, subsidiariamente, la improcedencia del mismo, readmitiéndosele en su puesto en las mismas condiciones que preexistían al despido.

Octavo

El 10 de febrero de 2016, D. Norberto interpuso demanda contra el CONCELLO DE SARRIA por la que concluía suplicando: que, por presentada este escrito, con los documentos que lo acompaña, las copias correspondientes, sírvase admitirlo, teniéndose por formulada demanda contra el Concello de Sárria, dándole curso por sus peculiares trámites, señalándose día y hora para la celebración del acto del juicio, recibiéndose el litigio a prueba, y dictándose en su día sentencia estimatoria de la demanda por la que se declara y reconozca a don Norberto su condición como personal laboral indefinido no fijo del Concello de Sárria, desde la fecha de trece de julio del año dos mil trece, condenándose al Concello de Sárria a estar y pasar por tal declaración.

La referida demanda fue admitida a trámite por el Juzgado de lo Social número Dos de Lugo mediante decreto dictado el 13 de abril de 2016 en los autos de Procedimiento Ordinario 71/2016, que acordó citar a las partes para que compareciesen el día 22/06/2017 a las 10.25 horas para la celebración del acto del juicio.

Noveno

Mediante Decreto de 30/03/2016 de la Alcaldía del CONCELLO DE SARRIA fueron aprobadas las bases para la selección y contratación laboral temporal de tres auxiliares de Policía local para la temporada de verano del año 2016.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: FALLO: Desestimo la pretensión principal de la demanda presentada por D. Norberto, asistido por el letrado Sr. Prado Gómez, contra el CONCELLO DE SARRIA, representado por el letrado de la Diputación Provincial de Lugo Sr. Lago González, habiéndose...

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