STSJ Aragón 518/2009, 1 de Julio de 2009

PonenteJUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
ECLIES:TSJAR:2009:1126
Número de Recurso444/2009
Número de Resolución518/2009
Fecha de Resolución 1 de Julio de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En los recursos de suplicación núm. 444 de 2009 (Autos núm. 1190/2008), interpuestos por la parte demandada Matías y CONSTRUCCIONES PASTRIZ DEL OLMO SL, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 6 de Zaragoza, de fecha 4 de marzo de 2009; siendo demandante Plácido , sobre despido. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Plácido , contra Matías y CONSTRUCCIONES PASTRIZ DEL OLMO SL, sobre despido, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº 6 de Zaragoza, de fecha 4 de marzo de 2009 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que estimando como estimo la demanda interpuesta por D. Plácido contra Matías y Construcciones Pastriz del Olmo, S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido del actor condenado solidariamente a los codemandados a que en el plazo de cinco días opten por la readmisión del mismo y en las mismas condiciones de trabajo existentes antes del despido, o por la extinción indemnizada del contrato de trabajocon el abono de la cantidad indemnizatoria de 218'46 euros, y en ambos casos con el abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (25 de Noviembre de 2008) hasta la notificación de esta Sentencia a razón de 58'25 euros diarios".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"PRIMERO.- El demandante D. Plácido ha prestado sus servicios profesionales con la categoría profesional de oficial de 1ª y retribución bruta diaria de 58'25 euros, incluida la p.p. de pagas extraordinarias, para la mercantil demandada Construcciones Pastriz del Olmo S.L. desde el jueves día 6 de Noviembre de 2008, en la obra sita en la C/ El Pilar de la localidad zaragozana de Patriz.

No ha sido dado de alta en la Seguridad Social ni se suscribió contrato de trabajo ni se le ha llegado a abonar cantidad alguna en retribución de su trabajo.

El demandante no consta afiliado a sindicato alguno y no es ni ha sido representante legal de los trabajadores.

SEGUNDO

El lunes día 10 de Noviembre de 2008 el Sr. Plácido sufre un accidente de trabajo cuando se encuentra desempeñando su trabajo en dicha obra, al caerse de un andamio de unos 2 metros de altura.

Otro trabajador de la empresa, D. Jose Daniel y por indicación D. Matías , titular y administrador de la empresa, le traslada en el propio coche del Sr. Plácido hasta el Hospital Clínico Universitario de Zaragoza en donde éste queda ingresado; el Sr. Jose Daniel deja aparcado el coche del demandante en un solar vallado propiedad de la empresa Construcciones Pastriz del Olmo S.L.

El Sr. Plácido sufre fractura cerrada de calcaneo.

Es dado de alta hospitalaria el 20 de Noviembre de 2008, aun cuando permanece en situación de IT por accidente laboral.

TERCERO

El día 25 de Noviembre de 2008 acude a las oficinas de la empresa a entregar los partes de baja médica y en ese momento se le comunica que no se encuentra dado de alta en la Seguridad Social, que no se va a reconocer la existencia de relación laboral a los efectos que fuesen pertinentes y que no iba a volver a trabajar para la empresa.

Ese mismo día el actor se pone en contacto con Jose Daniel para ir a buscar su coche y así mismo le es entregada su caja de herramientas.

Ante ello, el Sr. Plácido que iba acompañado de su familiar Sr. Alexis , acude a presentar denuncia de los hechos ante la Inspección de Trabajo, cuya copia se adjunta.

CUARTO

Resulta de aplicación el C. Colectivo Provincial de la Construcción.

QUINTO

Celebrado acto de conciliación resultó intentado sin efecto al no haber comparecido la demandada pese a estar citada en legal forma".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpusieron recursos de suplicación por la parte demandada, siendo impugnados dichos escritos por la parte demandante.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Recurso interpuesto por Construcciones Pastriz del Olmo, SL

PRIMERO

D. Plácido interpuso demanda de despido contra D. Matías y contra la mercantil Construcciones Pastriz del Olmo, SL. La sentencia de instancia estimó la demanda, condenando solidariamente a ambos codemandados. Contra ella recurren en suplicación Construcciones Pastriz del Olmo, SL y D. Matías . La citada mercantil formula un primer motivo del recurso al amparo del art. 191.b) de la Ley de Procedimiento Laboral, postulando la revisión del hecho probado primero .

Esta parte recurrente combate la afirmación contenida en este ordinal relativa a que el demandante estaba prestando servicios a favor de esta sociedad desde el 6-11-2008 en la obra sita en la calle El Pilar de la localidad zaragozana de Pastriz, sufriendo un accidente laboral el 10-11-2008.La recurrente apoya esta pretensión revisora en dos documentos: el informe de un arquitecto obrante al folio 32 de la causa y el certificado final de la dirección de la obra obrante al folio 33. Ambos documentos describen unas obras que se realizan a ras de suelo, lo que resulta contradictorio con la afirmación de instancia referente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • STSJ Aragón 438/2011, 15 de Junio de 2011
    • España
    • 15 Junio 2011
    ...por las sentencias de este Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 4-12-2003, recurso 1030/2003 ; 4-2-2006, recurso 1029/2005 ; 1-7-2009, recurso 444/2009 ; 4-11-2009, recurso 710/2009 y 27-1-2010, recurso 962/2009, entre Por tanto, como quiera que, como regla general, el motivo de supli......
  • STSJ Aragón 445/2010, 16 de Junio de 2010
    • España
    • 16 Junio 2010
    ...a CONSTRUCCIONES PASTRIZ DEL OLMO S.L. y a Bernardino a la readmisión o extinción indemnizada de la relación laboral. En sentencia del TSJ de Aragón de 1-7-09 se revocó parcialmente la de instancia absolviendo al sr. Bernardino manteniendo el resto de Tras denuncia efectuada por el sr. Luci......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR