STSJ Castilla-La Mancha 447/2017, 30 de Marzo de 2017

ECLIES:TSJCLM:2017:762
Número de Recurso583/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución447/2017
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2017
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 00447/2017

C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 596 714

Fax: 967 596 569

NIG: 02003 34 4 2016 0107305

Equipo/usuario: MPB

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000583 /2016

Procedimiento origen: DEMANDA 0000331 /2015

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña Jose Ramón

ABOGADO/A: MARIA LUISA DEL CAMPO INIESTA

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: IBERMUTUAMUR MATEPSS Nº 274, INSS Y TGSS, TOROS DE PAPIN SL

ABOGADO/A:, LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL,

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

Magistrado/a Ponente: Ilmo. Sr. D. JOSÉ MONTIEL GONZÁLEZ

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

D. JOSÉ MONTIEL GONZÁLEZ

PRESIDENTE

Dª. PETRA GARCÍA MÁRQUEZ

Dª LUISA MARÍA GÓMEZ GARRIDO

En Albacete, a treinta de marzo de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres.

Magistrados citados al margen, y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 447/17

En el Recurso de Suplicación número 583/16, interpuesto por D. Jose Ramón, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Albacete, de fecha cuatro de diciembre de dos mil quince, en los autos número 331/15, sobre Incapacidad Permanente, siendo recurrido por IBERMUTUAMUR MATEPSS Nº 274, INSS, TGSS y TOROS DE PAPÍN SL .

Es Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MONTIEL GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta por D. Jose Ramón, asistido por el Letrado D.José Luis Gisbert Del Campo, en sustitución de la Letrada Dª.María Luisa Del Campo, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, representadas y asistidas por el Letrado de Administración de la Seguridad Social, D.Juan Bautista Lorenzo Mebiela, MUTUA IBERMUTUAMUR, representada y asistida por la Letrada Dª. María José Real Aguado, y frente a TOROS DE PAPÍN SL, absolviendo a las demandadas de todas las pretensiones deducidas de contrario.

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

PRIMERO

D. Jose Ramón, nacido el día NUM000 de 1.967, con D.N.I. nº. NUM001, afiliado a la Seguridad Social en el Régimen General con nº NUM002, con profesional habitual de mayoral ganado vacuno trashumante, en fecha 24/03/2014, prestaba servicio por cuenta y orden de Toros de Papín SL, empresa que tenía cubierta las contingencias profesionales con Mutua Ibermutuamur.

SEGUNDO

D. Jose Ramón se encontraba el día 21/03/15 trabajando en la finca titularidad de Toros de Papín SL, desplazándose en un vehículo que conducía el trabajador D. Darío, cuando sufrióemepzó a sentir mareos,malestar inespecífico y pérdida de fuerza en hemicuerpo izquierdo precisando atención médica en el Hospital de Jaén, diagnosticándosele hemorragia intraparenquimatosa a nivel parietal derecho con edema asociado. Posteriormente fue trasladado al Hospital de Hellín donde sufrió un tromboembolismo pulmonar bilateral.

TERCERO

Con fecha 27 de noviembre de 2.014, la Dirección Provincial del I.N.S.S. de Albacete dictó Resolución por la que se declaraba a D. Jose Ramón afecto a una Incapacidad Permanente Absoluta, con los efectos inherentes a la misma.

CUARTO

- Frente a dicha Resolución, D. Jose Ramón interpuso Reclamación previa, con fecha 15 de enero de 2015, solicitando se le declarase afecto a una Gran Invalidez, derivada de accidente de trabajo, siendo desestimada por Resolución de 10/03/2015.

QUINTO

Se da por reproducidos el Informe de Valoración Médica, de 14 de noviembre de 2014, del que cabe destacar aquí lo siguiente:

"ANTECEDENTES

[...] Refiere inicio de IT el 21-3-14 por hemiparesia izquierda aguda sufrida mientras trabajaba con el ganado toros en Jaén en una finca (en curso determinación de contingencia desde 6/14). Fue atendido en Hospital de Jaén por ACV hemorrágico en núcleos de la base derecha. Valorado por NRC desestiman TTO quirúrgico y derivan al Hosptial de Hellín donde continuan con el TTO -seguimiento. Durante el ingreso hospitalario sufre tromboembolismo pulmonar bilateral que se resuelve. El día 8-4-14 inicia TTO . RHB con mejoría progresiva hasta alta con secuelasa el 10/14 con hemiparesia hemicuerpo izquierdo no rector. [...] Actualmente dice que una hermana se ocupa de ayudarle en AVD.

[...]

COMPROBACIONES OBJETIVAS

ESTADO GENERAL

Bueno

Marcha: autónoma con ligero recurvatum MII y estepaje con disminución del braceo MSI que realiza de forma autónoma con ayuda de ortesis antiequina (uso de bastón para distancias largas)

[...]

OTRAS EXPLORACIONES

Cuestionario I. Barthel: comer 5 + levantarse 5 + vestirse 5 + arreglarse 5 + desposición 10 + micción 10 + rtrete 10+ traslados S/C 15 + deambular 15 + escalones: 85 puntos en total. Fecha: 03-11-2014. Centro: UMEVI.

[...]

CONCLUSIONES

DEFICIENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS

Hemorragia ganglios de la base derechos y hemiparesia izquierda de predominio braquial residual. Tromboembolismo pulmonar bilateral resuelto. Trombofilia ( déficit vitamina E incremento del factor VIII)

TRATAMIENTO EFECTUADO, CENTRO ASISTENCIA AL ENFERMO

TTO: médico, rehabilitador.

Hospital de Jaén. Hospital de Hellín. Servicios de Medicina Interna y Rehabilitación.

EVOLUCIÓN

Estabilizción con secuelas.

POSIBILIDADES TERAPEÚTICAS Y REHABILITADORAS

Agotadas. Únicamente continuar con TTO. farmacológico (Actual: TTO. Sintrom. Cronicoamplodipino Gemfribrozilo Apixab Valsartan, Infribrocilo. Apixaban. Lyruca 3005 mg/24h). Ejercicios domiciliarios fisioterapia de mantenimiento y seguimiento por especialistas que lo asisten (M.Interna 11-11-14).

LIMITACIONES ORGÁNICAS Y FUNCIONALES

Hemiparesia hemicuerpo izquierdo no rector con BM 4/5 y alteración en la marcha que realiza de forma indepdendiente con ayuda de ortesis antiequino por lo que estaría limitado para actividades que requieran sobreesfuerzos y/o bipedestación-deambulación prolongada con necesidad de ayuda para alguna de las AVD

(I.Barthel 85 puntos)."

SEXTO

Con fecha 20 de noviembre de 2014, el EVI emite Dictamen-Propuesta,ratificado el 26 de enero de 2015, en el que se hace constar el cuadro clínico residual siguiente: "Hemorragia ganglios de la base derechos y hemiparesia izquierda de predominio braquial residual. Tromboembolismo pulmonar bilateral resuelto. Trombofilia ( déficit vitamina E incremento del factor VIII)." Establece, como limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: " Hemiparesia hemicuerpo izquierdo no rector con BM 4/5 y alteración en la marcha que realiza de forma indepdendiente con ayuda de ortesis antiequino por lo que estaría limitado para actividades que requieran sobreesfuerzos y/o bipedestación-deambulación prolongada con necesidad de ayuda para alguna de las AVD (I.Barthel 85 puntos)."

SÉPTIMO

El índice de Barthel, de actividades básicas de la vida diaria, se encuentra aportado al expediente administrativo en página 17, reflejando las limitaciones del actor, dándose por reproducido y por probado. Sin perjuicio de ello, ha de cocnretarse en los siguientes aspectos:

-Necesita ayuda para cortar carne, el pan...

-Lavarse: independiente. Entra y sale solo del baño.

-Vestirse: necesita ayuda.

-Arreglarse: Independiente para lavarse la cara, las manos, peinarse, afeitarse, maquillarse, etc...

-Deposiciones. Continencia normal.

-Micción. Continencia normal o es capaz decuidarse de la sonda si tiene una puesta.

-Usar el retrete. Independiente para ir al cuarto de aseo, quitarse y ponerse la ropa.

-Independiente para ir del sillón a la cama.

-Deambular. Independiente. Camina sólo 50 metros.

-Escalones. Necesita ayuda física o supervisión para ello.

OCTAVO

D. Jose Ramón tiene los siguientes antecedentes médicos en su familia.

-Su hermana sufrió TVP tibio-peroneo en 2 ocasiones.

-Su padre sufrió TVP en MII (1999), así como ictus isquémico de repetición y hematoma parenquimatoso en lóbulo parietal.

NOVENO

D. Jose Ramón presenta antecedentes personales de hipertensión, que los ervicios públicos de salud consideran como probable origen de la hemorragia intraparenquimatosa que sufrió.

DÉCIMO

La hemorragia intraparenquimatosa, a nivel parietal, derecho con edema asociado, ha causado a

D. Jose Ramón hemiparesia del hemicuerpo izquierdo no rector con BM 4/5 y alteración en la marcha que realiza de forma indepdendiente con ayuda de ortesis antiequino, ocasionándole las limitaciones descritas en el Dictamen del EVI y precisadas en el hecho probado octavo, teniendo carácter crónico.

UNDÉCIMO

D. Jose Ramón también padece tromboembolismo pulmonar bilateral resuelto y trombofilia (déficit vitamina E incremento del factor VIII).

DUODÉCIMO

Para el caso de estimación de la demanda, la base reguladora sería 1145,54 Euros, y la fecha de efectos 20/11/14, aspectos sobre los que las partes se muestran conformes.

TERCERO

Que, en tiempo y forma, se formuló Recurso de Suplicación contra la anterior...

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