Auto Aclaratorio TS, 6 de Abril de 2017
Ponente | JUAN CARLOS TRILLO ALONSO |
ECLI | ES:TS:2017:3138 |
Número de Recurso | 3067/2015 |
Procedimiento | RECURSO CASACIÓN |
Fecha de Resolución | 6 de Abril de 2017 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
AUTO DE ACLARACIÓN
En Madrid, a 6 de abril de 2017
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Juan Carlos Trillo Alonso
Con fecha 13 de marzo de 2017 esta Sala y Sección dictó sentencia en las presentes actuaciones, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Ha lugar al recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "Inmovilizados y Gestiones, S.L.", contra la sentencia de fecha 9 julio de 2015, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección Cuarta, en el recurso contencioso administrativo número 759/11 .
Casamos y dejamos sin efecto dicha sentencia, y con estimación en parte del recurso contencioso administrativo anulamos, por disconforme a derecho, el acuerdo del Jurado, posponiendo para ejecución de sentencia la fijación del justiprecio conforme a lo expuesto en el fundamento de derecho cuarto.
Sin costas>>.
ÚNICO.- El artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone en su apartado 1 que: >, y en el apartado 3 que >.
En este caso se advierte que el apartado primero del fallo de la sentencia contiene un error material al consignar como número de recurso contencioso administrativo seguido ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid el 759/11 cuando el correcto es el 743/11.
LA SALA ACUERDA :
Rectificar el error material obrante en la sentencia dictada en las presentes actuaciones, con fecha 13 de marzo de 2017, concretamente en el apartado primero del fallo, de manera que donde dice Ha lugar al recurso de casación interpuesto por la representación procesal de 'Inmovilizados y Gestiones, S.L.', contra la sentencia de fecha 9 julio de 2015, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección Cuarta, en el recurso contencioso administrativo número 759/11 >>, debe decir Ha lugar al
recurso de casación interpuesto por la representación procesal de 'Inmovilizados y Gestiones, S.L.', contra la sentencia de fecha 9 julio de 2015, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección Cuarta, en el recurso contencioso administrativo número 743/11 >> .
Así se acuerda y firma.
Jose Manuel Sieira Miguez Rafael Fernandez Valverde Juan Carlos Trillo Alonso Wenceslao Francisco Olea Godoy Ines Huerta Garicano D. Cesar Tolosa Tribiño Mariano de Oro-Pulido y Lopez