STSJ Galicia 1472/2017, 14 de Marzo de 2017

PonenteISABEL OLMOS PARES
ECLIES:TSJGAL:2017:1700
Número de Recurso4089/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1472/2017
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2017
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939 Fax: 881881133 /981184853

NIG: 36057 44 4 2016 0001474 Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0004089 /2016 PM

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000299 /2016

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña Borja

ABOGADO/A: MARIA JOSE VEGA MOVILLA

RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL

ILMO. SR. D. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ

PRESIDENTE

ILMA. SRA. Dª. MARÍA ANTONIA REY EIBE

ILMA. SRA. Dª. ISABEL OLMOS PARÉS

En A CORUÑA, a catorce de marzo de dos mil diecisiete.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 4089/2016, formalizado por Borja, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 2 de VIGO en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 299/2016, seguidos a instancia de Borja frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ISABEL OLMOS PARÉS.

De las actuaciones se deducen los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

D/Dª Borja presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha trece de junio de dos mil dieciséis .

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: PRIMERO.- El demandante Don Borja, nacido el NUM000 de 1965, figura afiliado a la Seguridad Social en el Régimen General, siendo su profesión habitual la de peón de la construcción. SEGUNDO.- Por medio de resolución administrativa emitida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social de 7 de enero de 2016 le fue denegada la incapacidad permanente interesada, previo informe del Equipo de Valoración de Incapacidades. TERCERO.- La base reguladora asciende a 524'09 €. CUARTO.- Las dolencias padecidas por Don Borja son: gonalgia izquierda, condropatía rotuliana, tendinopatía de la pata de ganso; plastia de ligamento cruzado anterior y menicectomía parcial interna de rodilla izquierda; sintomatología moderada sin signos de inestabilidad.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por Don Borja, debo absolver y absuelvo al Instituto Nacional de la Seguridad Social, de todos los pedimentos formulados en su contra.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpone recurso la representación procesal del demandante contra la sentencia de instancia que desestimó la pretensión deducida en la demanda, en la que se...

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