STSJ Comunidad Valenciana 522/2009, 4 de Mayo de 2009

PonenteMARIA JOSEFA ALONSO MAS
ECLIES:TSJCV:2009:2301
Número de Recurso1438/2007/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución522/2009
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 522

Ilmos. Sres.

Presidente

Don Edilberto Narbón Lainez

Magistrados

Doña María José Alonso Mas (ponente)

Doña Rosa Litago Lledó

Valencia, cuatro de mayo de 2009.

Visto por la SALA el recurso contencioso administrativo presentado por EMPRESA MIXTA MUNICIPAL ABASTECIMIENTO Y

SERVICIOS CALP, representada por el procurador SR. SANZ OSSET, contra CONSELLERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO E

INNOVACION, representada por ABOGADO DE LA GENERALIDAD, dictada el 17 de julio de 2007 en expediente de

modificación de tarifa de suministro de agua potable.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

EL 21 de septiembre de 2007 se formula este recurso, cuya demanda pide que se anule el acto recurrido y que en su lugar se autorice la tarifa de suministro de agua potable tal como se solicitó, a razón de cuota de consumo 0.1204 euros metro cúbico y cuota de servicio de 1.5126 euros por mes; y ello desde la fecha de producción del silencio administrativo. Subsidiariamente, que se fije, en sentencia o conforme a las bases en ella sentadas, una nueva tarifa en que se recoja el coste real de las obras ejecutadas más los honorarios pagados por la emisión del dictamen.

SEGUNDO

La demandada pide desestimación subsidiariamente y con carácter principal la inadmisibilidad.

TERCERO

En prueba piden: el actor, la reproducción del expediente, si bien se impugna el informe realizado por UPV Y UNIVERSIDAD DE ALICANTE; documental privada, consistente en que se den por reproducidas las facturas unidas a la demanda y que acreditan los honorarios pagados por la emisión de ese informe. Asimismo pericial del ingeniero de caminos SR Moises Y DEL SR Sabino ; y asimismo pericial judicial de ingeniero de caminos. Se ACEPTO TODA LA PRUEBA SALVO LA PERICIAL JUDICIAL, AL CONSIDERARSE INUTIL A LA VISTA DEL RESTO DE MEDIOS DE PRUEBA PROPUESTOS Y ADMITIDOS. Presentada súplica, la misma fue desestimada. EN CUANTO al sr Sabino , no compareció.

La demandada por su parte pide expediente y pericial del catedrático de INGENIERIA SR. Luis Carlos . No obstante, dicho señor falleció antes de ser practicada la prueba.

CUARTO

en conclusiones, presentan sus escritos.

QUINTO

Se han observado las formalidades legales

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El acto recurrido autoriza una nueva tarifa en relación con el servicio de suministro de agua potable en CALPE; si bien la subida autorizada fue inferior a la solicitada en su día por la demandante.

Lo que viene a decir la resolución recurrida es que se solicitó en el expediente informe conjunto a UPV Y UNIVERSIDAD DE ALICANTE, que finalmente emitieron un dictamen, del que se deduciría que no se ha ejecutado gran parte de la obra inicialmente prevista; por lo que hay una baja de más de un millón de euros. De hecho, el GABINETE TECNICO DE PRECIOS Y LA COMISION DE PRECIOS, el 17 de julio de 2007, se decantan a favor de una modificación a la baja.

SE INDICA que el tres de agosto de 2005 el ayuntamiento incorpora al expediente informe favorable a la tarifa propuesta; figuran asimismo informes de secretaría e intervención y del ingeniero municipal. Asimismo el ayuntamiento, el 23 de septiembre de 2005, adoptó el acuerdo desestimatorio de la solicitud de GMS, que pretendía la suspensión de la propuesta citada; asimismo en esa fecha se aprobaba la ordenanza municipal de suministro de agua.

El caso, se indica, es que inicialmente se pensaba ejecutar cinco proyectos, de 4.5 millones de euros; pero finalmente cuatro de ellos no se han realizado y por tanto la obra realmente ejecutada hasta el momento de la resolución recurrida es de 3- 45 millones de euros. De aquí deduce GVA la escasa diferencia entre el coste original y el proyecto modificado, al no haberse ejecutado cuatro de los proyectos inicialmente previstos.

Se añade que de los informes municipales no se deducen conclusiones inequívocas ni existe una investigación profunda sobre los costes de ejecución de las obras realizadas; las dudas se vuelven a trasladar al GABINETE DE PRECIOS hasta el punto que éste concluye que ES MUY DIFICIL VALORAR EL PRECIO CIERTO DE LAS UNIDADES DE OBRA, DADO QUE ADEMAS CADA PROVEEDOR CONSULTADO APLICA DIFERENTES PORCENTAJES DE DESCUENTO PARA MATERIALES DE IGUALES O SIMILARES CARACTERÍSTICAS.

Además, el informe de secretaría viene a decir que la obra no ha sido objeto de adjudicación independiente sino que simplemente se ha aprobado el proyecto de obras y se ha instado su ejecución a AGUAS CALPE.

Inicialmente se presentó una solicitud, que fue finalmente archivada el cinco de octubre de 2005; pero se inició un nuevo procedimiento, del que es objeto esta nueva resolución.

El cuatro de noviembre de 2005 se persona en el expediente el sr Basilio , de GMS, donde se señala que el expediente anterior no se resolvió porque no se había aportado el dictamen solicitado; además existiría un sobrecoste sobre el proyecto original del 100% según resultaba de ese previo expediente que no llegó a resolverse. Y se indicaba la necesidad de una auditoría externa.

La resolución recurrida indica que no se ha podido confirmar como ajustado el presupuesto del proyecto modificado de obra ejecutada en RENOVACION RED TRANSVERSAL DE DISTRIBUCION DE ABASTECIMIENTO DE AGUA EN CALPE. Por parte del GABINETE DE PRECIOS, el 22 de noviembre de 2005 se pide a la solicitante que aporte dictamen conjunto de DEPARTAMENTOS INGENIERIA DE OBRAS PUBLICAS DE UPV Y UNIVERSIDAD DE ALICANTE.El 12 de junio de 2007 la solicitante presenta ese dictamen pero además otro contradictorio con el mismo y realizado por INCISA. La metodología del dictamen conjunto de las UNIVERSIDADES ha consistido en analizar las mediciones del proyecto y comparar los planos con base en costes realizados, a fin de poder verificar sobre el terreno las características reales y dimensiones de las obras ejecutadas; analizar las partidas presupuestarias y de precios en el proyecto modificado; analizar el PCTP para estudiar las condiciones de ejecución y criterios de medición de las obras. La conclusión el dictamen es: primero, que no hay un anejo geológico, por lo que inicialmente no se pueden apreciar las características de los terrenos; en el modificado se indica que los ensayos serían realizados por la contratista hasta el uno por ciento del presupuesto de ejecución, pero finalmente son facturados a mayor coste de obra ejecutada; las pruebas de presión en tuberías no se deben pagar independientemente sino que se deberían haber incluido en el precio de la tubería; los ensayos realmente realizados son muy inferiores a los previstos en el proyecto; el control de calidad en la obra es insuficiente; el apartado de la señalización vial y de seguridad industrial es desproporcionado.

Pero se añade que las diferencias SIGNIFICATIVAS finales entre el presupuesto según mediciones y precios del proyecto con las mediciones del informe y precio del proyecto se hallan en: MOVIMIENTO TIERRA, DEMOLICIONES, REPOSICIONES, SEÑALIZACION VIAL, OTROS (respectivamente, 364. 16. 290,. 162. 50). En concreto, en MOVIMIENTO TIERRA se aprecian fuertes desviaciones entre el volumen de excavación en metros cúbicos; un 30 por ciento de los volúmenes. Además, no es lo mismo excavar en terreno blando, roca dura o compacto; y no se han hecho estudios geológicos. En terreno blando se pensaba mover el uno por ciento, cuando en realidad ha sido el 66. en compactos y roca dura se estimaba 38 y 61 y han sido 18 y 16 por ciento respectivamente; lo que HACE VARIAR OSTENSIBLEMENTE LOS PRECIOS DE EXCAVACION. En cuanto al relleno de materiales, que se obtiene en las catas aleatorias realizadas, asimismo se deducen importantes desviaciones, dado que en un número significativo de las mismas se usa el propio material obtenido en la excavación; sin usarse los materiales previstos en el proyecto.

La conclusión del dictamen es que los PRECIOS APLICADOS SON CORRECTOS; QUE LA INSTALACION DE TUBERIAS, VALVULAS Y PIEZAS ESPECIALES SE HA ACOMODADO SENSIBLEMENTE AL PROYECTO, existiendo sólo una desviación de 22079.91 euros sobre un total de casi 1.3 millones. PERO EN MOVIMIENTO DE TIERRAS, REPOSICIONES Y DEMOLICIONES HAY DIDERENCIAS SUSTANCIALES POR EXCESO DE MEDICION. La diferencia es de 790256-61 euros sobre un total de 1479486.93; lo que supone un decremento de 53-41 por ciento. En cuanto a SEÑALIZACION VIAL Y VARIOS, se aprecian sustanciales diferencias por duplicidad de las medidas de seguridad e inclusión de ensayos no abonables; lo que supone 291120.79 euros de diferencia sobre un total de 435511.91; una desviación del 66-.85 por ciento. EN SUMA EL PRESUPUESTO DEL MODIFICADO ES DE 3293762.-54 EUROS Y EL DE LO REALMENTE EJECUTADO DE 220446-19 EUROS; UNA BAJA DE 32-.59 POR CIENTO.

Por parte de AGUAS CALPE, se sigue diciendo, se había presentado informe de INCISA, que aborda esencialmente el tema de la calidad de las tuberías. Pero esto no es objeto de discusión. Lo que hace este nuevo dictamen es analizar comparativamente el coste entre el presupuesto del proyecto modificado y el proyecto inicial, entendiendo que no procede esa comparación desde el momento en que el proyecto inicial comprendía cinco inversiones diferenciadas; cuando el modificado sólo comprende la renovación de la red transversal.

Además el dictamen de las universidades indica cuál es el tipo de suelo afectado de forma exacta, según tramos y catas, y especifica los rellenos, con abundancia de cuadros comparativos por tipología del terreno con el proyecto inicial. y de ellos, pese a lo que dice el dictamen de INCISA, se extraen las cantidades, características, calidades de los terrenos excavados y reposición de los mismos, con las...

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