SAP Barcelona 709/2016, 2 de Octubre de 2016

PonenteMONTSERRAT COMAS DE ARGEMIR CENDRA
ECLIES:APB:2016:9912
Número de Recurso28/2015
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución709/2016
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 10ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN DÉCIMA

Rollo PA núm. 28/15

Diligencias Previas núm. 5669/09

Juzgado de Instrucción núm. 17 de Barcelona

S E N T E N C I A No. 709/2016

Ilmas Magistradas

Sra. MONTSERRAT COMAS ARGEMIR CENDRA

Sra. CARMEN SÁNCHEZ ALBORNOZ BERNABÉ

Sra. MAGDALENA JIMÉNEZ JIMÉNEZ

En Barcelona, a Dos de octubre de dos mil dieciséis.

VISTA, en juicio oral y publico, ante la SECCION DECIMA de esta Audiencia Provincial de Barcelona, la presente causa en el procedimiento arriba referenciado, seguido por un delito de Estafa y falsedad en documento público, contra los siguientes acusados/as,

  1. Milagros, con DNI nº NUM000 nacida en Navarcles el día NUM001 /85, hija de Everardo y de Santiaga ; con domicilio en SALLENT (Barcelona), representado por la Procuradora Dª RAQUEL FERNANDEZ ARAMBURU y asistido por el Letrado D. GIMÉNEZ HUMBERTO RUIZ PUJOL

  2. Hipolito, con DNI nº NUM002 nacido en Badalona el día NUM003 /77, hijo de Leopoldo y de Adriana ; con domicilio en Badalona (Barcelona),representada por la Procuradora GRISELDA MARTINEZ DEL TORO y asistido por la Letrada Dª Mª DOLORES LOPEZ GUIJO

  3. Oscar, con DNI nº NUM004, nacido en Ribes de Freser el día NUM005 /69, hijo de Segismundo y de Clara ; con domicilio en Rubí (Barcelona), representado por la Procuradora Dª. Mª PAZ LOPEZ LOIS y representado por la Letrada Dª. OLGA VINADE HUGUET

  4. Felicidad con DNI nº NUM006 nacida en Manresa el día NUM007 /81, hija de Luis Enrique y de Adriana ; con domicilio en Fonollosa (Barcelona), representado por al Procuradora Dª. ELVIRA CASASÚS GARCIA y representado por el Letrado D. TOMÁS-MARIA PORTA CALSINA

  5. Agapito con DNI nº NUM008 nacido en Manresa el día NUM009 /81, hijo de Benito y de Paula ; con domicilio en St Vicenç de Castellet, representado por la Procuradora Dª. Mª TERESA VIDAL FARRE y asistido por el Letrado D. JOSE ANGEL PLAZA

  6. Eladio, con DNI nº NUM010,nacido en Barcelona el día NUM011 /74, hijo de Gabino y de Antonia ; con domicilio en Salou (Tarragona), representado por la Procuradora Dª INES BELTRI VICENTE y asistido por el letrado D. RAMON MARTINEZ LOPEZ 7. Julián, con DNI nº NUM012 nacido en La Seu d'Urgell el día NUM013 /83, hijo de Nicanor y de Eloisa ; con domicilio en La Seu d'Urgell,representado por la Procuradora Dª. ROSER CASTELLO LASAUCA y asistido por el Letrado D. PERE MONCAL CALVET

  7. Jacinta, con DNI nº NUM014 nacida en Barcelona el día NUM015 /76, hija de Teodoro y de Natalia ; con domicilio en Turon (Granada), representado por el Procurador D. JOSE Mª VERNEDA CASASAYAS y asistido por el Letrado D. XAVIER POCINO VILANOVA

  8. Luis Carlos con DNI nº NUM016 nacido en Sant Vicenç de Castellet el día NUM017 /71, hijo de Abelardo y de Vanesa ; con domicilio en Manresa (Barcelona), representado por el Procuradora Dª NURIA OLIVER ULLASTRES y asistido por el Letrado D. JUAN JOSE PORTELES CODINA

  9. Cesar con DNI nº NUM018, nacido en Prats de Lluçanés el día 09/03/85, hijo de Estanislao y de Raimunda ; con domicilio en Moià (Barcelona), representado por la Procuradora Dª MONTSERRAT MARTINEZ VARGAS VALLES y asistido por la Letrada Dª. CANDIDA GARCIA PEREZ

    Es parte acusadora el MINISTERIO FISCAL y como acusaciones particulares:

  10. BANESTO, representado por la Procuradora Dª GLORIA FERRER MASSANAS y asistido por el Letrado D. CARLOS RUIZ .

  11. BBVA, SA., representado por la Procuradora Dª PALOMA ISABEL CEBRIAN PALACIOS y asistido por el Letrado D. SANTIAGO JOANIQUET LARRAÑAGA

    Es ponente la Magistrada Sra. MONTSERRAT COMAS ARGEMIR CENDRA, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La presente causa se incoó en virtud de atestado de la Guardia Civil dando lugar a las Diligencias Previas instruidas por el Juzgado arriba referenciado, en las que el Ministerio Fiscal calificó los hechos tal y como vienen enumerados como constitutivos de los siguientes delitos: el hecho a) un delito de estafa en grado de tentativa, previsto y penado en los arts. 248, 249, 250.1. 5º 16 y 62 del Código Penal ; el b) al hecho e) de un delito continuado de falsificación de documento oficial, previsto y penado en los arts. 390 1.1 º y 2 º, 392 y 74 del C.P ., en concurso ideal del art. 77 C.P ., con un delito de estafa de los arts. 248, 249, 250.1.5º C.P y el hecho f) de un delito de falsificación de documento oficial, previsto y penado en los arts. 390 1.1 º y 2 º, 392 del C.P ., en concurso ideal del art.

77 C.P ., con un delito de estafa de los arts. 248, 249 y 250.1.5º C.P .

Considera autores el acusado Luis Carlos, del delito a) y del delito d); a la acusada Felicidad

, del delito a) y del delito d); al acusado Eladio Cesar, Hipolito, Julián Oscar, Milagros de de un delito continuado de falsificación de documento oficial en concurso ideal con un delito continuado de estafa; al acusado Agapito, del delito d); AUTORA Jacinta, del delito e).

Concurre en el acusado Luis Carlos, la circunstancia eximente completa del art. 20.1 del C.P .

Solicita imponer: 1) A Luis Carlos : a)La medida de libertad vigilada a fin de someterse a tratamiento médico de control de su patología, de conformidad con los arts. 101, 96 y 105 del C.P ., por tiempo máximo de 9 meses y por el d) La medida de libertad vigilada a fin de someterse a tratamiento médico de control de su patología, de conformidad con los arts. 101, 96 y 105 del C.P ., por tiempo máximo de 3 años.

2) a Felicidad :

  1. Por el delito de estafa en grado de tentativa, la pena de 9 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 5 meses con cuota diaria de 12 euros más la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53 del C.P y por el delito d) el delito continuado de falsificación en concurso ideal con el delito continuado de estafa, la pena de 4 años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 11 meses con cuota diaria de 12 euros más la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53 del C.P .

    3) a Eladio, Cesar, Hipolito, Julián, Oscar Y Milagros : Por el delito continuado de falsificación, en concurso ideal con el delito continuado de estafa, la pena de 4 años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 11 meses con cuota diaria de 12 euros más la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53 del C.P . 4)a Agapito : Por el delito continuado de falsificación, la pena de 2 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 10 meses con cuota diaria de 12 euros más la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53 del C.P Y Por el delito de estafa, la pena de 2 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 9 meses con cuota diaria de 12 euros más la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53 del C.P .

    5) a Jacinta : Por el delito continuado de falsificación, la pena de 2 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 10 meses con cuota diaria de 12 euros más la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53 del

    C.P y por el delito de estafa en grado de tentativa la pena de 9 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 5 meses con cuota diaria de 12 euros más la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53 del C.P .

    En concepto de RESPONSABILIDAD CIVIL: b)Los acusados Cesar, Milagros, Eladio y Hipolito, indemnizarán conjunta y solidariamente a la entidad bancaria CAIXA TARRAGONA en 289.241, 88 euros en concepto de capital más intereses que ascienden a 139.519, 58 euros.

  2. Los acusados Cesar, Milagros, Eladio, Hipolito y Julián indemnizarán conjunta y solidariamente a la entidad BBVA en 271.364, 90 euros, más los intereses devengados.

  3. Los acusados Agapito, Eladio, Julián, Luis Carlos y Felicidad, indemnizarán a la entidad bancaria CAM en la cantidad de de 228.560, 04 euros, más los intereses legalmente devengados.

  4. El acusado Oscar, indemnizará a la entidad BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO en la cantidad de 79.216, 44 euros más los intereses legalmente devengados.

    La entidad BANCO ESPAÑOL DE CREDITO solicita que Oscar sea condena por dos delitos en concurso medial siendo el más grave el de estafa agravada a la pena de cinco años de prisión y multa de diez meses a razón de 8 euros al dia y a que indemnice a la entidad bancaria en la suma de

    79.216, 44 euros

    Y la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA (BBVA) solicitó la condena de CONDENA DE Milagros por el mismo delito y a la misma pena que el M Fiscal, y a que indemnice a la entidad bancaria en 271.364,90 euros.

    Las defensas de los acusados en sus escritos de conclusiones provisionales solicitaron su absolución.

SEGUNDO

La presente causa fue turnada para su enjuiciamiento a esta Sección de la Audiencia Provincial de Barcelona, en la que fue registrada con el número antes reseñado, designándose magistrada ponente y admitiéndose las pruebas propuestas por la acusación y la defensa, y señalándose la fecha para el comienzo de las sesiones del Juicio Oral que tuvo lugar los días 26, 27 y 28 de Septiembre del 2016 con la asistencia del acusado y demás partes procesales que constan en el acta, tras haberse suspendido el anterior señalamiento realizado la última semana de julio al no haber comparecido una de las acusadas Felicidad, habiéndose dictado su busca y captura.

TERCERO

Abierta la sesión del acto del...

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