STSJ Galicia 6893/2016, 13 de Diciembre de 2016

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2016:9139
Número de Recurso2287/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución6893/2016
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2016
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax: 881881133 /981184853

NIG: 36038 44 4 2015 0002751

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0002287 /2016 CRS

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000690 /2015

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL

PROCURADOR:

RECURRIDO/S D/ña: Patricio

GRADUADO/A SOCIAL: SUSANA GARCIA MOLDES

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS

D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

Presidente

D. JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

A CORUÑA, a trece de diciembre de dos mil dieciséis.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0002287 /2016, formalizado por el letrado de la Seguridad Social, en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia número 96 /2016 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 3 de PONTEVEDRA en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000690 /2015, seguidos a instancia de Patricio frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Patricio presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MINISTERIO FISCAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 96 /2016, de fecha siete de marzo de dos mil dieciséis, por la que se estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

Don Patricio con D.N.I. NUM000, nacido el día NUM001 de 1971 y afiliado a la Seguridad Social, Régimen General con el número de afiliación NUM002 ha tenido como actividad la de operario en fábrica de madera. A petición de la entidad gestora se inició expediente para la declaración en su caso de invalidez permanente, declarándose por resolución de fecha 28 de agosto de 2012 al actor en situación de invalidez permanente total para su profesión habitual con una base reguladora de 876,04£ y por padecer las siguientes dolencias: Lumbalgia. Mano derecha en garra, en estudio. Limitaciones funcionales incapacitantes para un operario.

SEGUNDO

El I.N.S.S. inició expediente para la revisión de la situación de invalidez permanente, informando el E.V.I. en fecha 19 de septiembre de 2013 que no procede la revisión. Se tramitó nuevo expediente, resolviendo la entidad gestora el 20 de octubre de 2015 que el demandante en la actualidad no se encuentra afecto de ningún grado incapacidad permanente, presentando reclamación previa que fue desestimada en fecha 27 de noviembre de 2015. Las dolencias que presenta actualmente el, actor son las siguientes: Exploración Reuma 22 de octubre de 2012: Incipientes nódulos de heberden en manos; 3, 4 y 5° dedos de mano dcha. no deja extenderlos; no tumefacción articular en mano; intenso dolor en cualquier punto quo se toque de la mano dcha. No datos de tendinitis ni de artritis actualmente. No patología Reumatológica actual. Afectación actual: Marcha autónoma, sin claudicar ni apoyos. Movilidad de cuello conservada y no dolorosa, no palpo contracturas. Mano derecha en garra Limitada la flexión no pudiendo realizar el puño con distancia falanges palma de 4cm. Movilidad del pulgar conservada. Limitada la extensión en los últimos grados de los dedos, índice, corazón, anular y meñique, con leve desviación radial de las falanges distales de los 3últimos. Realiza oposición término-terminal con los 4 primeros dedos y témino-lateral entre el 1° y el 5° dedos. No me deja tocar por referir dolor. No atrofias. Flexión active lumbar conservada, con DDS-0 cm. Camina de puntillas y de talones con claudicación por referir dolor a nivel lumbar,...

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