STSJ Comunidad de Madrid 628/2016, 13 de Octubre de 2016

PonenteMARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON
ECLIES:TSJM:2016:10679
Número de Recurso371/2016
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución628/2016
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2016
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 03 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 3 - 28010

Teléfono: 914931930

Fax: 914931958

34001360

NIG : 28.079.00.4-2015/0028342

Procedimiento Recurso de Suplicación 371/2016

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid Despidos / Ceses en general 672/2015

Materia : Despido

Sentencia número: 628/2016

Ilmos. Sres

D. JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO

Dña. M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN

D. JOSÉ IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ

En Madrid, a 13 de octubre de 2016, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Tercera de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación número 371/2016 formalizado por el letrado DON JOAQUÍN DÓLERA LÓPEZ en nombre y representación de DON Romeo, contra la sentencia número 85/2016 de fecha 4 de febrero, dictada por el Juzgado de lo Social número 14 de los de Madrid, en sus autos número 672/2015, seguidos a instancia del recurrente frente a SOCIEDAD ESTATAL DE INFRAESTRUCTURAS AGRARIAS, S.A. (SEIASA) y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, en reclamación por despido, siendo MagistradaPonente la Ilma. Sra. Dña. M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- El demandante, Romeo, ha prestado servicios como trabajador para la empresa demandada SOCIEDAD ESTATAL DE INFRAESTRUCTURAS AGRARIAS S.A. (en lo sucesivo, SEIASA) en las circunstancias siguientes: contrato indefinido a tiempo completo, antigüedad desde el 1- 1-2003, categoría profesional de Titulado Superior-Ingeniero de caminos y salario de 6.066,77 euros mensuales por todos los conceptos, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

SEGUNDO

El 1 de marzo de 2011 el actor fue nombrado Subdirector de Explotación en la Dirección Territorial del Sur y del Este. El 20 de diciembre de 2012 fue nombrado Subdirector Técnico de la Zona Sur. Este el último puesto que ha desempeñado antes de que la empresa extinguiera su contrato de trabajo.

TERCERO

La SEIASA es una entidad pública empresarial tutelada por el Ministerio de Agricultura que tiene por objeto la promoción, contratación, financiación y explotación de inversiones en obras de modernización y consolidación de regadíos contempladas en el Plan Nacional de Regadíos que, declaradas de interés general, sean de titularidad de la Sociedad Estatal, en concurrencia con los usuarios de las mismas y, en su caso, con las Comunidades de Regantes.

CUARTO

Del 2008 al 2014, la inversión de la SEIASA en obras de modernización y consolidación de regadíos ha sido, cuantitativamente, la que a continuación se detalla:

- En 2008: 564,47 millones de euros.

- En 2009: 27,69 millones de euros.

- En 2012: 39,52 millones de euros.

- En 2013: 59,07 millones de euros.

- En 2014: 77,77 millones de euros.

- En 2015: 125 millones de euros.

QUINTO

A 1 de enero de 2015, existían 28 obras promovidas por la SEIASA que estuvieran en ejecución. Actualmente, solo hay cuatro obras promovidas por la Sociedad que se hallen en estado de ejecución y las cuatro se encuentran en la Zona Norte.

SEXTO

De las 28 obras citadas, 15 corresponden a la Zona Sur. De estas 15, 14 se financiaban a través de los programas financieros de la Unión Europea, por medio del Instrumento Financiero FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) de la Comisión Europea. El programa del FEDER ha finalizado el 31 de diciembre de 2015.

SÉPTIMO

Del 2013 al 2016 la SEIASA ha suscrito con las Comunidades de Regantes los siguientes convenios relativos a nuevas obras de modernización y consolidación de regadíos:

- En 2013: veintiún convenios.

- En 2014: dos convenios y siete modificaciones de convenios.

- En 2015: ningún convenio.

- En 2016: dos convenios, ambos con Comunidades Regantes de la zona Norte.

OCTAVO

En el año 2008, la SEIASA tenía una plantilla de 121 trabajadores. Actualmente su plantilla oscila entre los 80 y los 90 trabajadores.

NOVENO

A lo largo del año 2015, el Ministerio de Agricultura no ha encomendado a la SEIASA ninguna obra nueva.

DÉCIMO

En noviembre de 2014, la SEIASA elaboró un Plan de Viabilidad para el año 2015 con el fin de obtener un modelo económico empresarial viable. Este plan contemplaba, entre otras muchas medidas, suprimir cuatro de las ocho Subdirecciones Generales de la Sociedad y reducir el personal de Dirección Técnica de 57 a 35 personas, y el personal de Dirección Económica y Financiera de 26 a 19 trabajadores. La SEIASA previo que con la implantación de este plan ahorraría 2.556.245,65 euros al año.

UNDÉCIMO

El 7 de mayo de 2015 SEIASA comunicó al demandante, mediante carta de despido (doc. 1 del demandante, que se da por reproducido) que, desde el mismo día 7 de mayo de 2015, extinguía su contrato de trabajo por causas objetivas de carácter organizativo y productivo. La empresa le indicaba al trabajador lo siguiente:

"Las causas que motivan la resolución del contrato son las siguientes:

Con fecha 24 de abril de 2013, la Dirección General de Patrimonio del Estado remitió a la Sociedad un escrito en el que solicitaba la elaboración de un Plan de Viabilidad a medio y largo plazo, con el fin de garantizar la sostenibilidad futura de la Sociedad.

El Plan de Viabilidad de SEIASA, autorizado el 20 de enero de 2015 por la Dirección General de Patrimonio del Estado y aprobado por el Consejo de Administración de la Sociedad de 30 de enero de 2015, se estructuró en tres grandes bloques:

[...]

En aplicación de las conclusiones derivadas del análisis de la estructura de la organización del Plan de Viabilidad, la Sociedad, en el área de los Recursos Humanos, pretende implantar una serie de medidas que redunden en la mejora del sistema organizativo y productivo de la misma, cuyos ejes fundamentales se basan en la centralización de diversos servicios en la sede social de Madrid, en la adecuación de la plantilla a la carga de trabajo actual y futura, y en la aprobación de un nuevo organigrama para la Sociedad.

[...]

Causas organizativas

Además de las circunstancias anteriormente citadas, hasta el día 7 de mayo de 2015 el organigrama de la Sociedad Estatal SEIASA, en lo relativo al departamento que depende directamente del Director Técnico, se componía de los siguientes trabajadores: 3 subdirectores, 2 Responsables Coordinadores de Gestión de la Explotación, 3 Jefes de Oficinas Operativas, 1 Jefe de Grupo de Proyectos, 20 Ingenieros Superiores de Proyectos, Obras y Explotación, 15 Ingenieros Técnicos de Apoyo, 1 Ingeniero Técnico Especialista y 10 Auxiliares Administrativos.

De esta forma, el nuevo organigrama aprobado con fecha 7 de mayo de 2015, cuya copa se adjunta, contempla la supresión de las Subdirecciones Técnicas ligadas al territorio

Causas productivas

[...]

Hoy en día la inversión ha experimentado una drástica reducción que la sitúa en 57 millones de euros con una plantilla de 97 trabajadores, resultando significativamente reducida la última ampliación de capital social del ejercicio 2014 de 10,7 millones de euros para el desarrollo de obras de modernización de las Comunidades Autónomas de Aragón, Castilla La Mancha y Comunidad Valenciana.

[...]

Abundando en este sentido, citar que la Sociedad Estatal ha pasado de firmar 21 convenios de financiación con Comunidades Regantes en el año 2013 a 9 Convenios en el año 2014. Esta deriva, sin lugar a dudas, continuará su tendencia a la baja durante todo el año 2015. Concretando para el ámbito territorial en el que hasta la fecha ha ejercido como Subdirector de la Zona Sur, estas cifras serían de 12 convenios en el año 2013, 7 convenios en el año 2014 y una previsión aún inferior de nuevas firmas para el año 2015."

Al mismo tiempo que le entregó la carta de despido, la empresa puso a disposición del trabajador la cantidad de 50.231,45 euros en concepto de indemnización legal por despido objetivo.

DUODÉCIMO

El demandante no ha ostentado la condición de representante legal ni sindical de los trabajadores.

DECIMOTERCERO

El demandante interpuso en el SMAC papeleta de conciliación por en impugnación de despido el 27 de mayo de 2015. El 15 de junio de 2015 se celebró sin éxito el acto de conciliación."

TERCERO

En la resolución recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo: " En virtud de lo expuesto en esta sentencia, decido desestimar la demanda interpuesta por D. Romeo contra la SOCIEDAD ESTATAL DE INFRAESTRUCTURAS AGRARIAS S.A. y en virtud de la desestimación:

- Declarar procedente el despido objetivo efectuado por la demandada el 7 de mayo de 2015."

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por la parte demandante formalizándolo posteriormente, habiendo sido impugnado por el ABOGADO DEL ESTADO.

QUINTO

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