STSJ Galicia 5467/2016, 29 de Septiembre de 2016

PonenteMANUEL DOMINGUEZ LOPEZ
ECLIES:TSJGAL:2016:7046
Número de Recurso1402/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución5467/2016
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax: 881881133 /981184853

NIG: 36038 44 4 2014 0001954

Equipo/usuario: BC

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001402 /2016 . BC

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000492 /2014

Sobre: JUBILACION

RECURRENTE/S D/ña Justo

GRADUADO/A SOCIAL: ANA BELEN DURAN FERNANDEZ

RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL

ILTMOS. SRS. MAGISTRADOS

D. MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ

Dª. ISABEL OLMOS PARÉS

D. MANUEL CARLOS GARCIA CARBALLO

En A CORUÑA, a veintinueve de septiembre de dos mil dieciséis.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0001402/2016, formalizado por la LETRADA Dª ANA BELÉN DURÁN FERNÁNDEZ, en nombre y representación de Justo, contra la sentencia número 7/2016 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de PONTEVEDRA en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000492/2014, seguidos a instancia de Justo frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado- Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Justo presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 7/2016, de fecha catorce de enero de dos mil dieciséis .

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El demandante D. Justo, con DNI NUM000, nacido el NUM001 de 1946, afiliado a la Seguridad Social con el n° NUM002, solicitó al Instituto Nacional de la Seguridad Social la pensión de jubilación al amparo de los Reglamentos Comunitarios el 21 de mayo de 2014. En Resolución de fecha 22 de mayo de 2014, el Instituto demandado denegó la prestación solicitada "por no reunir el periodo de cotización de, al menos, dos años dentro de los quince inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante". Contra dicha resolución interpuso reclamación previa, la cual fue desestimada en Resolución de fecha 27 de junio de 2014.

SEGUNDO

El demandante es beneficiario de pensión de jubilación de la Seguridad Social alemana, con efectos del 1 de mayo de 2011. TERCERO.- El demandante acredita los siguientes períodos de cotización a la Seguridad Social española: - del 1 de septiembre de 1970 al 31 de marzo de 1971 (212 días) - del 1 de abril al 31 de julio de 1971 (122 días) - del 1 de mayo de 1981 al 30 de noviembre de 1994 (4.962 días) - del 1 de abril al 31 de diciembre de 2003 (275 días) - del 1 de enero al 30 de junio de 2004 (182 días) - del 20 de septiembre al 4 de octubre de 2010 (15 días) Acredita, además, los siguientes períodos de cotización a la Seguridad Social alemana: - del 1 de abril al 31 de julio de 1971 (122 días) - del 1 de agosto de 1971 al 30 de noviembre de 1976 (1.949 días) CUARTO.- En Resolución de fecha 3 de febrero de 2010 el INSS había denegado al demandante la prestación de incapacidad permanente que había solicitado. La Resolución consta aportada y se tiene por reproducida. En informe de radiología de 16 de octubre de 2007 se hace constar que el demandante padece una enfermedad degenerativa discal que afecta principalmente a la columna dorsal.

TERCERO

Que la parte...

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