STSJ Canarias 328/2016, 13 de Abril de 2016

PonenteMARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2016:1585
Número de Recurso102/2016
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIÓN
Número de Resolución328/2016
Fecha de Resolución13 de Abril de 2016
EmisorSala de lo Social

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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL

Plaza de San Agustín Nº6

Las Palmas de Gran Canaria

Teléfono: 928 32 50 06

Fax.: 928 32 50 36

Sección: AP

Rollo: Recursos de Suplicación

Nº Rollo: 0000102/2016

NIG: 3501644420140005342

Materia: Despido

Resolución:Sentencia 000328/2016

Proc. origen: Despidos / Ceses en general Nº proc. origen: 0000524/2014-00

Órgano origen: Juzgado de lo Social Nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria

Intervención: Interviniente: Abogado:

Recurrente TRANSPORTE Y EXCAVACIONES HERODIAZ SL

Recurrido Fructuoso DIEGO MIGUEL LEON SOCORRO

En Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de abril de 2016.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D. HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ, Dña. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ y D. IGNACIO DUCE SÁNCHEZ DE MOYA, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000102/2016, interpuesto por TRANSPORTE Y EXCAVACIONES HERODIAZ SL, frente a Sentencia 000155/2015 del Juzgado de lo Social Nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria los Autos Nº 0000524/2014-00 en reclamación de Despido siendo Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./Dña. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D. Fructuoso, en reclamación de Despido siendo demandado TRANSPORTE Y EXCAVACIONES HERODIAZ SL y celebrado juicio y dictada Sentencia estimatoria, el día 9 de marzo 2015, por el Juzgado de referencia.SEGUNDO.- En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El actor ha venido prestando servicios retribuidos por cuenta de la empresa demandada desde el día 20-01-2000 y con la categoría de Oficial de 2ª, no ostentando cargo de representación de trabajadores (no negado y d.1 del actor).

En el último año ha percibido una media de 42,82 euros por dia trabajado. (d.2 del actor)

El salario del Convenio de la construcción para un oficial de 2ª asciende a 19.085, 59 euros, que equivale a 52,58 euros dia.

(del convenio d.5 del actor)

SEGUNDO

Con fecha 4-06-2014 el trabajador recibe carta de despido en la que se comunica la decisión de la empresa de rescindir el contrato de trabajo con efectos del día 04-06-2014 por causas objetivas con el siguiente contenido:

En Las Palmas de G.C.,04 de junio de 2014

Sr. Don Fructuoso

Muy Sr. nuestro:

La Dirección de esta Empresa ha acordado proceder a la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas, decisión que surtirá plenos efectos desde la recepción de esta comunicación escrita.

Con apoyo en la redacción del artículo 52 apartado c) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de Marzo, la causa que concurre para dar lugar a la decisión descrita es la existencia de causas económicas y de producción.

La situación económica, financiera y productiva de la empresa no hace más que empeorar, sin que las medidas que hemos adoptado durante el año 2012 y 2013 hayan solucionado los problemas económicos y productivos. Como Ud. bien conoce, hemos efectuado durante el año 2012 y 2013 varios expedientes de regulación de empleo, de hecho, actualmente se viene ejecutando un expediente de regulación de empleo de reducción de jornada y suspensión de contratos. Pero lo cierto es que a pesar de dicha medida, que si bien alivia en algo el problema, no termina de solucionarlo, ya que a medida que pasa el tiempo la situación se agrava mucho más. Así cuando se efectuó el último expediente de regulación de empleo que sigue vigente, los datos económicos y financieros no eran tan alarmantes como los que tenemos ahora mismo, y por otro lado ante la existencia de alguna pequeña obra en ejecución como la del Ayuntamiento de Arucas denominada "Impulsión Maestro Blas Falcon", finalizada el 31/12/2013 o la del Ayuntamiento de Las Palmas denominada "sustitución saneamiento calle guayadeque" finalizada el 30/11/2013, y otras pendientes de posible adjudicación hacían pensar que íbamos entre todos a poder soportar esta situación, siempre que ajustásemos los costes (motivo por el cual se hizo el expediente colectivo de reducción de jornada y suspensión de contratos), con la existencia de obras, y que en aquel momento eran las comentadas.

Igualmente y a pesar que de buenas maneras, con una única finalidad las partes firmantes del ERE, han tratado mediante un seguimiento del mismo ir cumpliendo con lo pactado en el mismo, nos ha sido prácticamente imposible cumplir con las fechas pactadas en el acuerdo a los efectos del cumplimiento del mismo.

Pero lo cierto es que, con todo ello nos situamos en el mes de enero de 2014 y febrero de 2014, y la situación ha pasado de peligrosas a insoportable, y ello porque no tenemos ninguna obra contratada. Nuestra esperanza se esfumó a principios de año con varias obras que pretendíamos que se nos adjudicara.

Así en el mes de enero de 2014, no tuvimos ninguna obra. En el mes de febrero 2014, se hizo una pequeña obra adjudica denominada "Reconstrucción muro GC 551", por importe certificado de 17,331,35,-euros. Y en los meses de marzo, abril y mayo de 2014, no hemos tenido ninguna otra. A pesar de haber pujado e intentado que se nos adjudicara las siguientes, ninguna de ellas nos fue adjudicada. A saber:

Acondicionamiento aparcamiento el Rincón. (SAGULPA)

Canalización de Red Telecomunicación Princesa Guayarmina. (AYUTAMIENTO DE MOYA) Acondicionamiento del Camino Montaña Las Palmas (AYUNTAMIENTO DE MOYA). Revitalización del acceso Sur Riego Parque Santa Catalina. (GEURSA)

Acondicionamiento entorno Mercado del Puerto. (GEURSA)

Implantación itinerario obra director tramo León y Castillo (AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS). Siendo que de golpe y porrazo actualmente somos una empresa que no tiene ninguna obra, por lo que se nos hace imposible asumir los costes laborales de todo el personal.

Por lo tanto nuestras esperanzas de reactivación de la actividad son nulas.

Con la documentación de los profesionales auditores externos y su comparativa entre la que se utilizó para justificar las causas del ERE del pasado año 2013 (vigente aún), y otro solicitado con carácter de urgencia por esta parte el pasado mes de febrero de 2014, se puede constatar como se ha producido una evolución negativa del nivel de facturación a pesar de la reducción del coste salarial, lo que pone de relieve que dicha reducción o disminución en términos brutos de este gasto no ha sido proporcional a la pérdida de facturación. Y lo peor es la inexistencia absoluta de obras.

Le detallamos la progresión negativa:

La Evolución económica financiera que se pone de manifiesto en las cuentas anuales de los ejercicios

2.010, 2.011, 2.012 y 2.013 así como una avance de las cuentas del año 2.014 al 31 de Marzo es que se produce una reducción de la cifra de negocios, viéndose más significativamente la caída en el ejercicio 2.011 que se reduce en un 46,40% por 100 respecto del ejercicio 2.010. La variación del ejercicio 2013 al 31/12 se ha calculado con recepto al 2012 en el mismo periodo al 31/12 en la cual la caída es bastante significativa.

Ejercicio

Cifra de ventas

Variación

2010

3,466,437,63

-0,50%

2011

1,859,404,70

-46,40%

2012

1,578,423,34

-15,10%

2013

1,333,714,23

-15,50%

Esta disminución en la cifra de ventas produce un efecto inmediato en los resultados de explotación de la empresa, siendo los gastos del personal casi la mitad de los ingresos generados en el ejercicio 2,013 alcanzando el 46,50% de las ventas alcanzando en lo que va de ejercicio en el 2,014 el 63,60%,

Ejercicio

Gastos personal

Variación anual

Comparación con ventas 2010

1,230,666,88

3,10% 3,10%

2011

1,034,284,39

-16,00%

30,40%

2012

756,277,17

-26,90%

47,90%

2013

620,053,64

-18,00%

46,50%

2014

124,222,51

-19,90%

63,60%

En el cuadro anterior en el que se analiza los costes de personal con respecto a cada año podemos ver en el año 2010 se produce un aumento del mismo. En el ejercicio 2011 vemos que disminuye un 16 % respecto al año anterior, en el ejercicio 2012 podemos ver una bajada del 26,90 % y en el ejercicio 2013 se puede ver también una bajada sustancial del 18,00 %, al igual que en el 2014 la bajada es del 19,90 % que así se puede reflejar en los resultados de la misma al racionalizar la empresa los recursos humanos y tomar medidas para que la empresa genere las menores pérdidas posibles.

También en este cuadro se ha comparado la variación de las ventas con la variación de los gastos de personal y podemos ver que en el año 2010 las ventas deberían haber bajado y no baja lo que da lugar a una situación de incremento en un 3,10 %. En el ejercicio 2010 si existe un aumento real del gasto de personal y la variación de las ventas es nula. En el ejercicio 2011 el gasto de personal baja hasta un 16,00 % y las ventas bajan un 46,40 % por lo que los gastos de personal no bajan proporcionalmente con respecto a las ventas dando lugar a una situación de falta de disminución del 30,40 &. En el ejercicio 2012 el gasto de personal baja hasta un 26,90 % y las ventas bajan un 15,10 % por lo que los gastos de personal no bajan proporcionalmente con respecto a las ventas dando lugar a una situación de falta de disminución del 47,90 %. Y por último en el año 2013 si baja el gasto de personal en mayor proporción que la bajada de las ventas dando una diferencia comparativa de disminución del 18,00 %, bajando las ventas en un 15,5 % y dando una comparativa del personal con las ventas de 46,50 %. En lo que va de ejercicio en el año 2014 si baja el gasto de personal en menor proporción que la bajada de las ventas dando una diferencia comparativa de disminución del 19,90 %, bajando las ventas en un 41,50 % y dando una comparativa del personal con las ventas de 63,60 % dando una situación insostenible.

Por lo...

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