STSJ Canarias 566/2016, 30 de Junio de 2016

PonenteMARIA CARMEN GARCIA MARRERO
ECLIES:TSJICAN:2016:1749
Número de Recurso23/2015
ProcedimientoPROCEDIMIENTO DE OFICIO
Número de Resolución566/2016
Fecha de Resolución30 de Junio de 2016
EmisorSala de lo Social

? TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL

Plaza San Francisco nº 15

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 479 373

Fax.: 922 479 421

Rollo: Procedimiento de oficio

Nº Rollo: 0000023/2015

NIG: 3803834420150000031

Materia: Procedimiento de oficio colectivo

Resolución:Sentencia 000566/2016

Órgano origen:

Intervención: Interviniente: Abogado:

Demandante DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO SERV. JURÍDICO CAC SCT

Demandado FUNDACION CANARIA PARA EL SORDO RAMON IGNACIO MARTIN BURGUEÑO

Interesado Claudia CLODOALDO RADAMES CORBELLA RAMOS

Interesado Manuela CLARA DOLORES GARCERAN PADRON

Interesado Marí Juana

Interesado Clemencia

En Santa Cruz de Tenerife, a 30 de junio de 2016.

Presidente

D./Dª. MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ PARODI PASCUA

Magistrados

D./Dª. MARÍA CARMEN GARCÍA MARRERO (Ponente)

D./Dª. EDUARDO JESÚS RAMOS REAL

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA En el procedimiento de oficio, seguido en esta Sala a instancias de D./Dña. DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO contra D./Dña. FUNDACION CANARIA PARA EL SORDO y con citación de Claudia, Manuela Marí Juana Clemencia, sobre Procedimiento de oficio colectivo.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- El 20 de octubre de 2015 se presenta demanda de oficio ante la Sala de lo social del TSJ . Por reparto del Tribunal Superior de Justicia de Canarias el 13 de noviembre de 2015, se recibe demanda sobre Procedimiento de oficio que fue registrada bajo el nº 23/2015, dictándose decreto con fecha 23 de noviembre de 2015 convocando a las partes a la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio para el día 17 de febrero de 2015.

No habiendo llegado a un acuerdo, se celebró el acto de la vista, compareciendo, la Consejería asistida/ representada por el letrado de los servicios jurídicos D. Lucas García Pacheco y por la demandada Funcasor el letrado D. Ramón Martin Burgueño, Claudia asistida por el letrado D.Clodoaldo Corbella Ramos, Manuela asistida por la letrada Doña Clara Dolores Garceran y no comparecieron Marí Juana Clemencia .

Durante la vista, ambas partes formularon alegaciones la demandante se ratificó en la demanda y la empresa se opuso a la demanda .Las trabajadoras se adhirieron a la demanda . Se recibió el pleito prueba admitiéndose la prueba documental y las partes realizaron sus conclusiones con el resultado que consta en las actuaciones, quedando los autos vistos para sentencia.

Se han seguido las prescripciones legales salvo el plazo para dictar sentencia por el número de asuntos pendientes de dicho trámite .

HECHOS PROBADOS

Se declaran probados lo siguientes hechos:

PRIMERO

La Fundación Canaria para el Sordo se dedica a atender a personas con discapacidad auditiva .Tiene un centro de trabajo en Tenerife y otro en la isla de la Palma y coordina actividades en varios colegios en la provincia de las Palmas de Gran Canaria .

SEGUNDO

La empresa a fecha 31 de julio de 2013 tenía 21 trabajadores, 15 en Tenerife y 6 en la Palma.(Folio 163 a 168 del expediente) .

TERCERO

En enero de 2013 por la Fundación se tramita expediente de regulación de empleo para la suspensión de los contratos de 15 trabajadores por causas económicas y organizativas .Se solicitaba la suspensión de 6 trabajadores indefinidos no sordos con una duración de 6 meses y a 9 personas sordas durante tres meses . Por la plantilla se eligió una comisión de tres miembros Felicidad, Penélope y Adolfina

.Se inicia el periodo de consultas el 17 de febrero,se mantuvieron cuatro reuniones y el 30 de enero de 2013 se llega a un acuerdo con los representantes de los trabajadores, suspendiéndose 15 contratos, seis de trabajadores no sordos durante 6 meses y a 9 trabajadores sordos durante 3 meses. (Folio 259 del expediente).

CUARTO

El 15 de julio de 2013 se celebra una reunión a la que asisten el presidente de Funcasor Urbano, la Vicepresidenta Jacinta, la directora de la entidad Sofía el responsable de apoyo a la gestion de recursos humanos, Antonio, la directora de la sede de Funcasor en la Palma Celia, la secretaria de la Fundacion, Lucía y las trabajadoras Claudia, Manuela Marí Juana y Clemencia . Se informaba que la comisión permanente acordó presentar el experimental para el año 2014 lo incrementaba las posibilidades de reincorporacion efectiva existiendo un desfase temporal que era preciso resolver y que puesto que la ley no permitia de forma literal la posibilidad de prorroga habia que hacer un nuevo proceso especialmente en orden a reducir los posibles perjuicios en la percepción de prestaciones por desempleo . Indicaba que la fecha prevista de resolucion sobre el experimental era el 7 de octubre y si era positiva existian opciones reales de incorporacion en tanto jugarian con grandes ventajas en la seleccion de personal que se preveia para la segunda quincena de octubre hasta el 15 de noviembre de 2013, asumiendo que tras la misma se habria de producir un cambio sutancial en las condicioens de trabajo para ajustarlas al nuevo presupuesto . Entendiendo que podian existir circustancias personales que impideran asumir las nuevas condiciones de trabajo o que hicieran inviable la continuidad de la suspensión la unica opción seria la extinción de la relación laboral .En dicho supuesto las trabajadoras se tendrian que incorporar el 16 de agosto durante al menos 15 dias para luego extinguir la relación laboral con la correspondiente indemnización por despido por causas económicas de 20 dias por año trabajado .En el caso de optar por la suspensión quedando a la expectativa de los resultados de la experimental las trabajadoras se tendrian que incorporar igualmente el 16 de agosto pasando de nuevo al estatus de empleado, si bien se espera reducir al minimo el periodo en que permanecieran en tal situación en orden a minimizar los costes para la fundacion de forma que podrian entrar de nuevo en suspension el 19 de agosto, señalando que la intencion era alcanzar un acuerdo sobre dicho extremo que permitiera realizar el proceso durante las semanas previas a la conclusión de la suspensión actual de manera que las trabajadoras ni siquiera tenían que incorporarse efectivamente a sus puestos sino que realizarían todos los trámites a nivel de administracion y seguridad social .Se informaba que una de ellas se podía incorporar en agosto sin entrar de nuevo en suspension .Indica que la supension costaria mas dinero a la fundación que a partir de 15 de octubre ya no habría derecho a la bonificación de cuotas y que las trabajadoras que entraran de nuevo en supensión empezarían a consumir prestación por desempleo de la que tengan acumulada . Surgieron dudas de las razones por las que habia que hacer un nuevo expediente, sobre la reincorporacion automatica sin pasar por un proceso selectivo y sobre el cambio de condiciones laborales al reincorporase y la posibilidad de participar en futuras selecciones de personal si se opta por la extincion .(Se da por reproducido el contenido del dicha reunión que consta en el folio 86 y 87 de las actuaciones )

El 16 de julio de 2013 por la empresa se remite correo a las trabajadoras en el que se indicaban dos propuestas concretas para que las pudieran incorporar a su proceso de toma de decisiones,la primera la posibilidad de que la Fundación asumiera los costes de formación para mejorar su perfil y la segunda la posibilidad de incorporación el 16 de agosto de 2013 de una preparadora laboral .Reiterando la intención de hacer todo lo posible para evitar las extinciones para lo que se estaban haciendo las cosas de la forma mas clara y directa posible único camino para tener futuro, quedando a la espera de su decisión . (Folio 52)

El 19 de julio de 2013 Manuela remitió un correo en el que indicaba que sabiendo que tenia que dar el lunes una respuesta a lo planteado en la reunión de la semana y contestar por la propuesta hecho por correo el martes adjuntaba un documento con algunas dudas que eran necesaria plantear para facilitar todo ese proceso de consulta (Folio 53) .

La empresa le contesta el 22 de julio de 2013 . (Folio 54)

El 22 de julio Manuela remite correo comunicando su intención de continuar en la prórroga, es decir sumarse al nuevo expediente de suspensión esperando conocer los criterios a pactar así como las condiciones de la propuesta realizada . (Folio 55)

El 23 de julio de 2013 se celebra una reunión entre representantes de la empresa Claudia, Manuela y los asesores de CCOO Y CGT (Folio 95).

El 24 de julio de 2013 Manuela envió el currículo actualizado para tratar el tema de la formación . (Folio 55)

El 25 de julio de 2013 la empresa contesta a su consulta acerca de la propuesta recibida .( Folio56)

El 30 de julio de 2013 la empresa le remite descripción del puesto de trabajo de preparador laboral y el 31 de julio nueva comunicación sobre remisión de documentación . (Folio 315)

El 31 de julio de 20103 Manuela remitió correo preguntando si se sabía algo de los plazos para los tramites del ERE y días para las reuniones y borrador del acuerdo .( Folio 58)

La empresa le contesta el mismo día señalando que ya tenía la carta de renovación del procedimiento del expediente de regulación, y quería que estuvieran firmadas el día 1 para empezar el procedimiento cuanto antes . (Folio 59 ).

QUINTO

Por carta de 31 de julio entregada por la empresa en dicha fecha a Manuela, María, Clemencia, Dulce,a Melisa, María Inmaculada, Encarna y a Ofelia se ponía en su conocimiento la necesidad de continuar la suspensión en vigor de cuatro contratos de trabajo vinculados a los programas experimentales en materia de empleo durante...

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