STSJ Galicia 3801/2016, 23 de Junio de 2016

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2016:5253
Número de Recurso2845/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución3801/2016
Fecha de Resolución23 de Junio de 2016
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax: 881881133 /981184853

NIG: 36057 44 4 2014 0005405

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0002845 /2015 CRS

Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0001077 /2014

Sobre: INCAPACIDAD PERMANENTE

RECURRENTE/S D/ña Segismundo

ABOGADO/A: CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ MARTINEZ

PROCURADOR:

RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL

PROCURADOR:

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS

D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

Presidente

D. JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

D. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

A CORUÑA, a veintitrés de Junio de dos mil dieciséis.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0002845 /2015, formalizado por el letrado Carlos Enrique Rodríguez Martínez, en nombre y representación de Segismundo, contra la sentencia número 225 /2015 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 5 de VIGO en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0001077 /2014, seguidos a instancia de Segismundo frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo MagistradoPonente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Segismundo presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 225 /2015, de fecha ocho de Abril de dos mil quince, por la que se desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El actor, don Segismundo, nacido el NUM000 de 1969, provisto del DNI NUM001

, figura afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el n° NUM002, prestando como última profesión la de camarero por cuenta ajena y teniendo reconocida una base reguladora mensual por cuantía de 750, 80 euros.

SEGUNDO

Por resolución de la Dirección Provincial del INSS, tras un preliminar proceso de baja iniciado el 25 de octubre de 2005, con fecha 29 de noviembre de 2006 fue declarado en situación de incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio, derivada de enfermedad común, y ello por padecer el siguiente cuadro patológico: HTA nefrogénica con frecuentes crisis gotosas, insuficiencia renal crónica secundaria a nefropatía intersticial, con trasplante renal el 25 de octubre de 2005 y cese funcional del injerto, reiniciando programa de diálisis peritoneal portando catéter intraperitoneal permanente, así como hernia umbilical reparada quirúrgicamente. El actor tras trasplante fallido estaba pendiente de nuevo trasplante renal. TERCERO.- En los años 2008, 2010 y principios de mayo de 2011 el INSS acordó mantener al actor en situación de IPA al constatar una situación clínica sin cambios significativos respecto al año 2006 al continuar a tratamiento dializador y seguir incluido en lista de espera para trasplante renal. CUARTO. - Tras someterse a un segundo trasplante renal de cadáver el 29 de mayo de 2011, el actor es hospitalizado en julio de 2012 a cargo de Nefrología por cuadro de vómitos y síndrome constitucional a estudio. Permaneciendo ingresado en enero de 2013, el INSS opta por mantener al actor en grado de IPA, estando pendiente de realizar biopsia peritoneal por posibilidades de tuberculosis peritoneal. QUINTO.- Emplazado el actor para nueva revisión clínica en julio de 2014, el dictamen propuesta emitido por el EVI el día 18 de julio para la rebaja de grado a incapacidad total por mejoría fue atendido por la Dirección Provincial del INSS por medio de Resolución de 1 de agosto de 2014, contra la que se alzó el actor formulando reclamación previa, que no fue estimada por Resolución de 18 de septiembre de 2014, articulando a continuación demanda el pasado 7 de noviembre de 2014. SEXTO.- Recibida el alta hospitalaria en enero de 2013, la biopsia informó de fibrosis peritoneal severa presentando en febrero de 2013 desnutrición calórica moderada y apuntando el control endocrinológico los siguientes resultados: IMC 22, muy buen aspecto, buenas ingestas aunque repartidas y control analítico con parámetros nutricionales normales. En...

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