ATS, 29 de Junio de 2016

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2016:6727A
Número de Recurso558/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución29 de Junio de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Junio de dos mil dieciséis.

HECHOS

PRIMERO

La representación procesal de la entidad J y J Albalat Copromab, S.L. presentó escrito en el que interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada en segunda instancia, el 17 de enero de 2013, por la Audiencia Provincial de Valencia, Sección 9.ª, en el rollo de apelación n.º 720/2012 , dimanante del juicio ordinario 37/2012, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Valencia.

SEGUNDO

Por la indicada Audiencia Provincial se tuvo por interpuesto el recurso y se acordó la remisión de las actuaciones a este Tribunal Supremo, Sala Primera, con emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal han comparecido el procurador D. Guillermo García San Miguel Hoover, en nombre y representación de J y J Albalat Copromab, S.L., como recurrente, y el procurador D. Francisco José Abajo Abril, en nombre y representación de la entidad Bankia, S.S., como parte recurrida.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la mercantil J y J Albalat Copromab, S.L., dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso.

SEGUNDO

Procede que por el letrado de la Administración de Justicia se dé traslado del escrito de interposición con sus documentos adjuntos a la parte recurrida comparecida ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala.

TERCERO

De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno, por así establecerlo los artículos 483.5 LEC y 473.3 LEC .

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal representación procesal de la entidad J y J Albalat Copromab, S.L. contra la sentencia dictada en segunda instancia, el 17 de enero de 2013, por la Audiencia Provincial de Valencia, Sección 9.ª, en el rollo de apelación n.º 720/2012 , dimanante del juicio ordinario 37/2012, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Valencia.

  2. Dar traslado por el letrado de la Administración de Justicia de la Sala del escrito de interposición del recurso, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala .

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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