STSJ Comunidad Valenciana 1899/2015, 30 de Septiembre de 2015

PonenteMARIA MERCEDES BORONAT TORMO
ECLIES:TSJCV:2015:5092
Número de Recurso800/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1899/2015
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2015
EmisorSala de lo Social

1 Recurso de Suplicación nº 800/2015

RECURSO SUPLICACION - 000800/2015

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Isabel Moreno de Viana Cardenas

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. María Mercedes Boronat Tormo

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. María Carmen López Carbonell

En Valencia, a treinta de septiembre de dos mil quince.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 1899 DE 2015

En el RECURSO SUPLICACION - 000800/2015, interpuesto contra la sentencia de fecha 5 de febrero de 2014, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE VALENCIA, en los autos 001243/2012, seguidos sobre Invalidez, a instancia de D. Lorenzo, representado por el Letrado D. Godofredo Álvarez Pardo, contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente D. Lorenzo

, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. María Mercedes Boronat Tormo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por Lorenzo, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo a la entidad demandada de las peticiones contenidas en el suplico de la demanda."

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "PRIMERO.- El actor Lorenzo, mayor de edad, con DNI NUM000, nacido el NUM001 -57, ha sido alta en Seguridad Social, con número de afiliación a la Seguridad Social NUM002 viniendo realizando tareas de montador de óptica. SEGUNDO.- Seguido expediente sobre incapacidad le fue reconocida en grado de total para su profesión habitual por resolución de fecha 18-7-12, y formulada reclamación administrativa previa en fecha 3-8-12 le fue denegada por resolución de fecha 25-9-12. TERCERO.- Deduce demanda la parte actora para que se le declare en situación de Invalidez Permanente grado de Absoluta. CUARTO.- La base reguladora es de 1.549,09 euros y la fecha de efectos de 27-6-12, aspectos en los que se muestran expresamente de acuerdo los litigantes. QUINTO.- La parte actora sufre al momento de ser examinado por el EVI de hernias discales dentro laterales izquierdeas C4 a C6 con estenosis segmentaria de canal cervical con foco de mielopatia compresiva en C2, hernia C6- C7, fibromialgia y fatiga crónica con trastorno depresivo reactivo diagnosticado con criterios diagnósticos de depresión mayor, que le genera dificultad de concentración y atención, con síntomas melancólicos, no constando sintomatologia moderada o grave. Tales dolencias le impiden le impiden tareas de flexión cervical o esfuerzo mantenido dadas la proloartralgias y dificultan tareas de estrés."

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte actora D. Lorenzo . Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que desestimó la demanda presentada en materia de incapacidad permanente Absoluta, una vez otorgada al actor una Incapacidad Total para su profesión habitual de montador de óptica, interpone la parte actora recurso de suplicación. En un primer motivo redactado al amparo de la letra b) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social -en adelante, LRJS-, solicita la revisión del hecho probado quinto, pues entiende que el juzgador de la instancia ha efectuado una inferencia parcial e incompleta de las pruebas, omitiendo la verdadera situación patológica del actor. Por ello solicita, que en base al propio Informe medico de Síntesis, obrante a los folios 20 a 22, se haga constar el contenido de las exploraciones por aparatos que constan enunciados por el EVI asi como el resto de afectaciones, en base al propio Informe del EVI., señalando que conoce la doctrina de los tribunales al respecto de informes contradictorios, lo que no concurre en el caso analizado. La alternativa fáctica al hecho quinto es la que sigue: "La parte actora sufre al momento de ser examinado por el EVI:

- Hernias discales centro laterales izquierdas C4 a C6 con estenosis segmentaria de canal cervical con foco de mielopatía compresiva en C2, hernia C6-C7 (RNM 13/04/2011).

- Alteración radicular sacra S1 derecha crónica (EMG 14/02/2012).

- Fibromialgia con puntos gatillo positivos 18/18, y fatiga crónica.

- Déficit de hierro y vitamina D.

- Antecedentes: Intervenido en 1998 por una radiculopatía aguda L5-S1, practicándose discectomía y fijación L4-L5.

- Depresión Mayor Crónica, que le genera dificultad de atención y concentración, son síntomas melancólicos.

- Tales dolencias le impiden...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR