STSJ Castilla-La Mancha 695/2016, 18 de Mayo de 2016

PonenteISIDRO MARIANO SAIZ DE MARCO
ECLIES:TSJCLM:2016:1382
Número de Recurso1051/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución695/2016
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 00695/2016

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 001 (

C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 596 714

Fax: 967 596 569

NIG: 16078 44 4 2014 0001036

MFV

402250

Procedimiento origen: RSU RECURSO SUPLICACION 0001051 /2015

Sobre: DEMANDA 0001004 /2014

DERECHOS FUNDAMENTALES

RECURRENTE: SAT 9989 PEREGRIN

ABOGADO: FEDERICO CUENCA ARCOS

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña:

RECURRENTE: Azucena, MINISTERIO FISCAL

ABOGADO:, CCOO, MF

GRADUADO/A SOCIAL:

Magistrado/a Ponente: Ilmo. Sr. D. ISIDRO MARIANO SAIZ DE MARCO.

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

D. PEDRO LIBRÁN SAÍNZ DE BARANDA

D. JESÚS RENTERO JOVER

D. ISIDRO MARIANO SAIZ DE MARCO

Dª. MARIA DEL CARMEN PIQUERAS PIQUERAS

En Albacete, a dieciocho de mayo de dos mil dieciséis. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 695/16

En el Recurso de Suplicación número 1051/15, interpuesto por la representación legal de SAT 9989 PEREGRÍN, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Cuenca, de fecha 16 de marzo de 2015, en los autos número 1004/14, sobre Derechos Fundamentales, siendo recurrido Azucena y el MINISTERIO FISCAL.

Es Ponente la Ilmo. Sr. Magistrado D. ISIDRO MARIANO SAIZ DE MARCO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "FALLO: Que debo estimar y estimo sustancialmente la demanda interpuesta por Dª. Azucena, asistida por el Letrado D. Javier Cavero Diéguez, contra la empresa "Sat 9989 Peregrín", asistida por el Letrado D. Federico Cuenca Arcos, con adhesión del Ministerio Fiscal, y en consecuencia debo declarar y declaro NULO el despido de que ha sido objeto la demandante por VULNERACIÓN por parte de la empresa demandada de la garantía de indemnidad, expresión del DERECHO FUNDAMENTAL a la tutela judicial efectiva del art. 24.1 de la CE, y debo condenar y condeno a la empresa demandada a READMITIR a la demandante, con abono de los salarios de tramitación dejados de percibir por la misma, a razón de 36,98 euros al día, desde la fecha de efectos del despido el 12-9-14 hasta la de su efectiva reincorporación, así como a abonarle una indemnización por importe de 4.000 euros, con los intereses establecidos en los art. 576 LEC, sin pronunciamiento en materia de costas procesales".

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

"PRIMERO.- La demandante Dª. Azucena, con DNI nº NUM000, ha prestado sus servicios inicialmente para la empresa "Comercial Peregrín S.A" y después para la empresa demandada "Sat 9989 Peregrín", dedicada a la manipulación, comercialización y primera transformación de productos hortofrutícolas, en el centro de trabajo sito en Las Pedroñeras (Cuenca), con una antigüedad de 3-5-04, si bien con la empresa demandada celebró contrato de trabajo el 8-9-08 para la prestación de servicios de auxiliar de calidad-peón, entre 6-7 meses al año, como trabajadora fija-discontinua, con jornada completa de 40 horas semanales y salario de 36,98 euros al día, incluida prorrata de pagas extra.

SEGUNDO

La demandante disfrutaba de una reducción de jornada de 4 horas para el cuidado de su hijo desde el día 13-2-12 hasta el 27-6- 14, prestando servicio en horario diario de 9,00 a 13,00 horas, habiéndole denegado la empresa demandada una ampliación a 7 horas diarias solicitada por la demandante con fecha 27-4-14 porque "por razones productivas y organizativas del servicio del Departamento de Calidad, actualmente no es necesaria dicha ampliación de su jornada, por estar perfectamente atendidas las necesidades de esta empresa con el número de horas y personal asignado a dicho servicio", según se recoge en carta de 3-6-14.

Mediante escrito de 4-6-14 la demandante comunica a la empresa "Que ante la negativa ... de poder ampliar mi reducción de jornada a 35 horas semanales, y debido a que mi reducción de jornada vence con fecha 27 de junio de 2014, vengo a poner en conocimiento que a término de dicha solicitud ... me incorporaré a jornada completa, no habiendo uso de la posibilidad de prórroga ...", comunicación a la que la empresa acusa recibo mediante carta de 16-6-14, empezando la demandante a desarrollar su jornada completa el 27-6-14.

TERCERO

Por carta de 29-8-14 la empresa demandada comunica a la trabajadora demandante que "... con fecha 12 de Septiembre .... Quedará extinguida la relación laboral que usted mantiene con esta

empresa con fundamento en el apartado c) del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores y el art. 53 de la misma norma, por causas objetivas ... en concreto en causas técnicas, organizativas y de producción. Los motivos que han llevado a adoptar dicho acuerdo son los siguientes: El pasado mes de noviembre de 2013 quedaron inauguradas las nuevas instalaciones de SAT PERGRÍN en el término municipal de PULPÍ (Almería), donde la empresa tiene su sede central y el centro de trabajo más importante ...Antes ... las ubicadas en Las Pedroñeras (Cuenca), concentraban el mayor volumen de recepción, almacenado, calibrado, pelado, manipulado y envasado de ajo de la empresa ... el 85% de la actividad relacionada con el ajo en la empresa ..., con todo lo que eso implicaba en cuanto a la realización de controles a la recepción del producto, control del producto almacenado, controles durante el pelado y envasado, control de procesos, etc. Además ... el hecho de que el envasado final del producto para un gran número de clientes se realizase en ... . Las Pedroñeras motivó también la necesidad de certificar dichas instalaciones bajo protocolos de calidad muy exigentes, lo que implicaba un incremento del número de registros de control que se llevaban a cabo ...así como la realización de otro gran número de registros de control nuevos ... de cristales y plásticos duros, controles postcosecha del producto envasado, etc. Todo este volumen de trabajo hacía necesaria la presencia de 2 personas permanentes en el Departamento de Calidad, donde ud. presta sus servicios como auxiliar de calidad ... A día de hoy, con las nuevas instalaciones con las que la empresa cuenta Pulpí ...hacen ... el lugar lógico para trasladar prácticamente la totalidad del volumen de trabajo que genera el ajo, ya que ofrece una serie de ventajas/facilidades que, a día de hoy, no ofrecen las instalaciones de Las Pedroñeras... sin mencionar las ventajas que desde un punto de vista logístico ofrecen las nuevas instalaciones ... El traslado de la carga de trabajo desde las instalaciones de Las Pedroñeras hasta Pulpí ha provocado ... una disminución de la carga de trabajo en las primeras y en consecuencia la no necesidad de seguir manteniendo las certificaciones de calidad con las que cuenta actualmente ...Esta nueva situación influye directamente en la carga de trabajo del Departamento de calidad en las instalaciones de Las Pedroñeras, en las que ud. trabaja, donde se han visto disminuidas hasta en un 50% el número de horas/día necesarias para la gestión del mismo ... la producción y actividad en el departamento de calidad ... en este último semestre ha disminuido considerablemente, dando tan solo ocupación para dos personas a media jornada, que era la que ud. prestaba hasta el pasado 27 de Junio de 2014. Al haber solicitado ud. el cambio a jornada completa de 8 horas de lunes a viernes, hemos podido comprobar durante el presente mes de Agosto, que existe un déficit de horas para poder darle ocupación efectiva a las dos trabajadoras del departamento de calidad a jornada completa... un informe técnico sobre la carga de trabajo ... en el cual concluye que actualmente la carga de trabajo del Departamento de calidad en las instalaciones de Las Pedroñeras es de 6-7 horas/día siendo suficiente para realizar dicho trabajo con una sola personal. Por todo ello nos vemos obligados a prescindir de su puesto de trabajo de auxiliar de calidad. En primer lugar, para adecuar la plantilla a la realidad productiva actual de la empresa; y en segundo lugar como medio de prevenir una evolución negativa de la misma a través de más adecuada organización de sus recursos ... le corresponde percibir una indemnización de ... (3.929,65 €) ... desde su primer contrato en 2004, los cuales se le ponen a su disposición, mediante transferencia a su cuenta corriente ...".

La transferencia del importe de la indemnización fijada en la carta de despido fue realizada el día 2-9-14.

CUARTO

La empresa demandada abrió un nuevo centro de trabajo en Pulpí (Almería), en virtud de licencia de apertura concedida por el Ayuntamiento de este municipio con fecha 13-11-13.

QUINTO

No obstante la apertura del nuevo centro de trabajo, en el de Las Pedroñeras se mantiene el mismo volumen de actividad y la misma plantilla de trabajadores, siendo el de la demandante el único despido por causas objetivas, o cualquier otra, realizado por la empresa.

SEXTO

La trabajadora demandante completaba su jornada laboral realizando tareas de peón durante las horas que no realizaba tareas de auxiliar de calidad, tareas que no dejó de realizar durante los meses previos a su despido, en mayor cantidad que las de peón.

SÉPTIMO

Con fecha 28-6-13 se dictó por este Juzgado en autos de despido nº 250/13 sentencia nº 341/13 por la que se desestimaba la demanda de despido formulada por la demandante contra la empresa demandada, por entender que no había habido acto de despido sino falta de llamamiento de trabajadora fija discontinua, llamamiento que finalmente se produjo.

OCTAVO

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