SAP Sevilla 204/2016, 28 de Abril de 2016
Ponente | MARIA DOLORES SANCHEZ GARCIA |
ECLI | ES:APSE:2016:775 |
Número de Recurso | 1118/2015 |
Procedimiento | PENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO |
Número de Resolución | 204/2016 |
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 3ª |
Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla
Avda. Menéndez Pelayo 2
NIG: 4105543P20110007316
Nº Procedimiento : Procedimiento Abreviado 1118/2015 Asunto: 300197/2015
Proc. Origen: Procedimiento Abreviado 28/2013
Juzgado Origen : JUZGADO MIXTO Nº2 DE LORA DEL RIO Negociado: 1A
Contra: Andrea
Procurador: BEGOÑA ROTLLAN CASAL
Abogado:. ESPERANZA MACARENA ALVAREZ CARO SENTENCIA NÚM. 204/16
Magistrados: Ilmos. Srs.
D. Ángel Márquez Romero.
Dña. Inmaculada Jurado Hortelano.
Dña. María Dolores Sánchez García, ponente
En Sevilla, a 28 de abril de 2016
La Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Sevilla, compuesta por los citados Magistrados, ha visto en juicio oral y público, los autos del Procedimiento antes referenciado dimanante del Procedimiento Abreviado número 28/13, seguido en el Juzgado de Instrucción nº1 de Lora del Río, por delito CONTRA LA SALUD PÚBLICA, en nombre de S. M. EL REY, ha dictado la siguiente Sentencia:
Han sido partes:
- El Ministerio Fiscal.
- La acusada, Andrea, con DNI. Núm. NUM000, hija de Remigio y Genoveva, nacida en Lora del Río (Sevilla), el día NUM001 -1968, con domicilio en CALLE000, Nº NUM002, Lora del Río (Sevilla), con antecedentes penales, cuya solvencia no está acreditada, en libertad provisional por esta causa, representada por la Procuradora Sra. Dña. Begoña Rotllan Casal y defendida por la Letrada Dña. Esperanza Macarena Álvarez Cano.
Antes del inicio del juicio oral, el Ministerio Fiscal, con la conformidad de la defensa, modificó su escrito inicial y formuló nueva acusación, a las que se adhirió la defensa, en la que calificaba los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública del artículo 368.2 del C.P ., del que considera autora a la acusada, concurriendo la atenuante del artículo 21.6 del C.P . y pidiendo que se le impusiera la pena de un año y 8 meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 39 euros con responsabilidad subsidiaria en caso de impago de 5 días, comiso y destrucción de la droga y pago de costas.
La acusada, una vez conocida esta calificación, mostró su conformidad con ella, y la reiteró tras ser informada de sus consecuencias.
La defensa de la acusada en el acto del Juicio Oral, teniendo en cuenta la conformidad prestada con la calificación y pena solicitada, no consideró necesaria la continuación del Juicio.
Ha sido ponente el Ilmo. Sra. Dña. María Dolores Sánchez García.
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