STSJ Murcia 389/2016, 9 de Mayo de 2016

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2016:971
Número de Recurso1080/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución389/2016
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2016
EmisorSala de lo Social

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Pº GARAY, 5-2ª PLANTA. 30005-MURCIA

Tfno: 968 22 92 16

Fax: 968 22 92 13

NIG: 30030 34 4 2015 0000297

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0001080 /2015

Procedimiento origen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000728 /2014

Sobre: DESPIDO OBJETIVO

RECURRENTE/S D/ña SERVICIOS SOCIO-SANITARIOS GENERALES S.L.

ABOGADO/A: ANDRES OÑATE PARRA

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: IBERMUTUAMUR IBERMUTUAMUR, GRUPO SIREN AMBULANCIAS, Indalecio, AMBULANCIAS CARTAGENA, CENTRO MEDICO PSOAS S.L.

ABOGADO/A: JUAN ANTONIO VICTORIA ROS, JOSE TARRAGA POVEDA, JULIO FRIGARD HERNANDEZ

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

En MURCIA, a nueve de Mayo de dos mil dieciséis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por la empresa SERVICIOS SOCIOSANITARIOS GENERALES S.L., contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Cartagena, de fecha 21 de abril de 2015, dictada en proceso número 0728/2014, sobre DESPIDO, y entablado por D. Indalecio frente a SERVICIOS SOCIOSANITARIOS GENERALES S.L.; GRUPO SIREN AMBULANCIAS S.L.; AMBULANCIAS COSTA CÁLIDAD S.L.; AMBULANCIAS CARTAGENA S.L.; CENTRO MÉDICO PSOAS S.L.; ORTOPEDIA PRINCIPE S.L. y la Mutua IBERMUTUAMUR. En la resolución del presente recurso de suplicación, actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Hechos Probados en la instancia y fallo.

En la sentencia recurrida, se consignaron los siguientes hechos probados:

  1. - El demandante, venía prestando servicios para la codemandada, GRUPO SIREN AMBULANCIAS, S.L., desde el 19.07.1995 (antigüedad obtenida por subrogación), con la categoría de Conductor de Ambulancia, percibiendo una retribución de 1.731,14 euros/mes con prorrata de pagas extraordinarias o 57,70 euros/día con la misma prorrata.

  2. - La relación laboral se inició, en la fecha indicada, con CENTRO MÉDICO PSOAS S. L, hasta 18 de enero de 1996, y de 19 de enero de 1996 hasta 18 de julio de 1996, con ORTOPEDIA PRINCIPE S. L. De nuevo, con CENTRO MÉDICO PSOAS S. L., desde 19 de julio de 1996 hasta 18 de enero de 1997; con Ortopedia Príncipe S. L., desde 20 de enero de 1997 hasta 5 de mayo de 1997 y AMBULANCIAS CARTAGENA

    S. L., desde 6 de mayo de 1997 hasta 5 de mayo de 2000. De nuevo, CENTRO MÉDICO PSOAS S. L., desde 23 de mayo de 2000 hasta 22 de noviembre de 2000; AMBULANCIAS CARTAGENA S. L., desde 28 de noviembre de 2000 hasta 27 de agosto de 2001. De nuevo, CENTRO MÉDICO PSOAS S. L., desde 28 de agosto de 2001 hasta 27 de agosto de 2002 y AMBULANCIAS CARTAGENA S. L., desde 28 de agosto de 2002 hasta 27 de febrero de 2003. CENTRO MÉDICO PSOAS S. L., desde 28 de febrero de 2003 hasta 27 de agosto de 2003. AMBULANCIAS CARTAGENA S. L., desde 28 de agosto de 2003 hasta 10 de octubre de 2010 y a partir de 11 de octubre de 2010 hasta 30 de septiembre de 2014 GRUPO SIREN AMBULANCIAS S.

    L. (vida laboral del actor obrante a los folios 45 a 48 y 289 de los autos).

  3. - Las anteriores empresas y coincidentes en el tiempo, habían resultado adjudicatarias del servicio de transporte sanitario por carretera, para el traslado de pacientes pertenecientes a las empresas asociadas a IBERMUTUAMUR, (servicio de ambulancias) al que se encontraba adscrito el actor, desde 2001. De forma puntual, el trabajador prestó servicios como conductor de ambulancias para otros clientes de su empleadora y también lo había prestado antes de a Ibermutuamur.

  4. - Con efectos de 01.10.2014, resultó adjudicataria del servicio de ambulancias de IBERMUTUAMUR, la empresa codemandada SERVICIOS SOCIOSANITARIOS GENERALES, S. L.

  5. - En las condiciones de la adjudicación del contrato con IBERMUJUAMUR, se establece la obligación de subrogación del personal del servicio (4 en Murcia y dos en Cartagena, de los cuales 3 en Murcia han sido subrogados por SSG S.L.). En el listado facilitado a efectos de conocimiento de las condiciones laborales figuran los datos del actor, aunque la antigüedad no en su totalidad, (folios 73 y 287 de los autos).

  6. - Con efectos de fecha 1 de marzo de 2001 prestaba el servicio en cuestión para Ibermutuamur la empresa Ambulancias Cartagena S. L, con el correspondiente contrato, firmando por esta su Administrador Único D. Jose Francisco .

  7. - Ambulancias Cartagena S. L., se constituyó el 10 de enero de 1997 y con domicilio social en C/ Príncipe de Asturias n° 7 bajo Cartagena y con la finalidad de transporte de enfermos en ambulancias (folios 290 a 293).

  8. - CENTRO MÉDICO PSOAS S. L., se constituyó el 30 de abril de 1988 con domicilio social en C/ Príncipe de Asturias n° 9, bajo, de Cartagena, dedicándose a la gestión de servicios sanitarios, siendo entre otros Administradores y Cargos Sociales: Armando, Clemente y Everardo (folios 294 y 296 del procedimiento). También constan Jose Francisco y Jeronimo, entre los directivos (folio 305).

  9. - ORTOPEDIA PRINCIPE S. L., con el mismo domicilio social que la anterior inició su actividad el 12 de enero de 1989 con el objeto social de compraventa de material clínico y ortopédico, siendo Administrador Único: Armando (folio 296), que a su vez consta como Administrador Mancomunado de Ambulancias Cartagena S. L., junto a Jeronimo (folio 300 de los autos) y este último consta en el mismo folio como Consejero y Secretario junto a al Sr. Carlos Manuel en Ambulancias Costa Cálida S. L., y a su vez el Sr. Carlos Manuel es el representante en juicio de Ambulancias Grupo Siren S. L..

  10. - En el folio 308 se vincula Ambulancias Cartagena y en el domicilio de Príncipe de Asturias con ortopedia. En el folio 313 Ambulancias Cartagena con Ortopedia Príncipe S. L. Y en el folio 312 de los autos se refiere que Ortopedia Príncipe S. L., ofrece servicios de ambulancias. 11°.- Se mantuvieron comunicaciones (vía correo electrónico), del 12.06.2014 al 30.09.2014, entre personas de GRUPO SIREN, IBERMUTUAMUR y SERVICIOS SOCIOSANITARIOS (correos electrónicos con dominio @atriaservicios), en relación a la subrogación de las personas que prestaban servicios para el contrato con IBERMUTUAMUR. (Documentos cinco a doce de Grupo Siren).

  11. - El 21.04.2014, SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, remitió comunicación (mediante burofax) a GRUPO SIREN, recepcionado el mismo día, comunicando su nueva...

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