SAP Lugo 170/2016, 13 de Abril de 2016

PonenteJOSE ANTONIO VARELA AGRELO
ECLIES:APLU:2016:292
Número de Recurso49/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución170/2016
Fecha de Resolución13 de Abril de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LUGO

SENTENCIA: 00170/2016

ILMOS. SRES.:

D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO

D.ª MARÍA ZULEMA GENTO CASTRO

D. DARÍO ANTONIO REIGOSA CUBERO

Lugo, trece de abril de dos mil dieciséis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de LUGO, los Autos de JUICIO VERBAL 0000154/2015, procedentes del XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.1 de VILALBA, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000049/2016, en los que aparece como parte apelante, Verónica, representado por el Procurador de los tribunales, Sr. FERNANDO IGLESIAS MARTINEZ y asistido por el Letrado D. JULIO SOUTO MEIRIÑO, y como parte apelada, FGA CAPITAL SPAIN ESTABLECIMIENTO FINANCIERO DE CREDITO S.A., representado por el Procurador de los tribunales, Sr. JOSE ANGEL PARDO PAZ y asistido por el Letrado D. ANDRES ESTANY SEGALAS, sobre reclamación de cantidad. Siendo ponente el presidente Ilmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.1 de VILALBA, se dictó sentencia con fecha cinco de octubre de dos mil quince, en el procedimiento del que dimana este recurso.

SEGUNDO

La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento: "Estimo parcialmente la oposición formulada por el Procurador Fernando Iglesias Martínez, en nombre y representación de Verónica, defendido por el letrado Julio Souto Meiriño. En consecuencia, la pare acreedora deberá presentar nueva liquidación de la deuda reclamada mediante la aplicación de una comisión de devolución de 18 euros, en lugar de 21,78 euros.", que ha sido recurrido por la parte Verónica, habiéndose alegado por la contraria oposición al recurso.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, señalándose la audiencia del día nueve de marzo de dos mil dieciséis a las diez treinta horas, para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

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