STSJ Andalucía 2453/2015, 7 de Octubre de 2015

PonenteMARIA BEGOÑA GARCIA ALVAREZ
ECLIES:TSJAND:2015:14598
Número de Recurso2607/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2453/2015
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2015
EmisorSala de lo Social

RECURSO: 2607/14 - I SENTENCIA Nº 2453/15

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMA. SRA. DÑA. MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ ALVAREZ

ILTMO. SR. D. FRANCISCO M. ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ

ILTMA. SRA. Dª. MARÍA BEGOÑA GARCÍA ÁLVAREZ

En Sevilla, a 7 de octubre de 2015

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 2453/15

En el recurso de suplicación interpuesto por el AYUNTAMIENTO DE SEVILLA contra la sentencia del Juzgado de lo Social número CINCO de los de SEVILLA en sus autos Nº 419/13; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. MARÍA BEGOÑA GARCÍA ÁLVAREZ, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Bárbara y Dª Felicidad contra el AYUNTAMIENTO DE SEVILLA sobre DESPIDO se celebró el juicio y se dictó sentencia el día veinte de junio de dos mil catorce por el Juzgado de referencia, con ESTIMACION de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

Bárbara ha venido prestando sus servicios para la demandada, con categoría profesional de peón de limpieza y personal de apoyo polivalente desempeñando tareas y funciones propias de dicha categoría en Escuelas Taller, percibiendo un salario bruto a efectos de despido de 2.103 euros mensuales o 70,10 euros día, siendo el desglose:

Salario base: 548,47 euros.

Complemento de productividad: 88,22 euros.

Complemento de destino: 252,53 euros.

Complemento específico: 684,53 euros.

Antigüedad: 40,41 euros.

Parte proporcional pagas extras: 300,44 euros.

SEGUNDO

La relación contractual existente entre las partes han sido en base a los siguientes contratos:

Contrato de 29 junio 2001 a 28 junio 2002 como peón de limpieza en Taller de Empleo Plaza de España.

Contrato de 29 junio 2002 a 20 de junio 2003 como peón de limpieza en Taller de Empleo Plaza de España.

Contrato de 30 junio 2003 a 29 junio 2004 como peón de limpieza en Taller de Empleo Plaza de España

IV.

Contrato de 27 de enero de 2005 a 26 de enero de 2007 como peón de limpieza en Escuela Taller San Fernando III.

Contrato de 27 de febrero de 2007 a 4 de marzo de 2009 como peón de limpieza en Escuela Taller San Fernando III.

Contrato de 5 de marzo de 2009 a 16 de febrero de 2011 como peón de limpieza en Escuela Taller Centro Servicios para el empleo Amate.

Contrato de 1 de marzo de 2011 a 28 de febrero de 2013, como peón de limpieza en Escuela Taller Tres Barrios Amate Sostenible.

TERCERO

Estos contratos se corresponden cada uno con los proyectos, así como resolución de otorgamiento de subvenciones en atención a las solicitudes de ayudas distintas, acuerdos de aceptación de la subvención y de puesta en marcha de los proyectos siguientes:

El contrato de 29 junio 2001 responde a la solicitud de subvención de 24 enero 2001 para Restauración Piezas Cerámicas Plaza de España. Se otorga la subvención por resolución de 23 mayo 2001 del INEM, plazo de ejecución 12 meses. Se acepta la subvención y se acuerda la puesta marcha de la ET por acuerdo de 26 junio 2001 de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento. Incluye este proyecto, la contratación entre otros, de una persona con la categoría de peón de limpieza.

El contrato de 29 junio 2002 responde a la solicitud de subvención de 17 de diciembre 2001 para Restauración Plaza de España III. Se otorga la subvención por Resolución de 24 de abril de 2002 que se acepta por la Junta de Gobierno el 25.06 2002 que acuerda la puesta en marcha.

El contrato de 30 junio 2003, se corresponde con la ayuda solicitada el 28 enero 2003, a la resolución de otorgamiento de subvención de 11 junio 2003, y a la resolución municipal de 24 junio 2003 de aceptación de la subvención y aprobación de la puesta en marcha del programa.

El contrato de 25 enero 2005, responde a la ayuda solicitada el 14 mayo 2004 atendiendo a la Orden de 8 marzo 2004 por la que se regulan los programas de las ET y TE y se establece las bases reguladoras de la concesión de las ayudas para estos programas. La ayuda se concede por Resolución de 5 noviembre 2004, y se acepta por el Ayuntamiento por acuerdo de 23 diciembre 2004 que aprueba la puesta en marcha del programa.

El contrato de febrero de 2007, se corresponde con la ayuda solicitada el 15 diciembre 2005, con la Resolución de ayuda de 5 diciembre 2006, y al acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de 8 febrero 2007 que acepta la subvención y aprueba la puesta marcha del programa.

El contrato de 5 marzo 2009, se corresponde con la solicitud de ayuda de 15 enero 2008, con la Resolución de ayuda de 14 noviembre 2008, Acuerdo del Ayuntamiento de aceptación de 28 diciembre 2008 y con la resolución de la Consejería de Empleo de modificación de plazo hasta el 16.02.2011.

El contrato de uno de marzo de 2011, se lleva a cabo para las actuaciones del programa para cuya ejecución se pide la ayuda el 29 enero 2010, Resolución de concesión de 29 noviembre 2010 y de 9 diciembre 2010 que autoriza la modificación del plazo de ejecución hasta el 28 febrero 2013, y el Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de 30 diciembre 2010.

CUARTO

Felicidad ha venido prestando sus servicios para la demandada, con categoría profesional de peón de limpieza y personal de apoyo polivalente desempeñando tareas y funciones propias de dicha categoría en Escuelas Taller, percibiendo un salario bruto a efectos de despido de 2.023,64 euros mensuales o 67,45 euros día, siendo el desglose:

Salario base: 548,47 euros. Complemento de productividad: 88,22 euros.

Complemento de destino: 282,53 euros.

Complemento específico: 684,53 euros.

Antigüedad: 53,88 euros.

Parte proporcional pagas extras: 366,01 euros.

QUINTO

La relación contractual existente entre las partes han sido en base a los siguientes contratos:

Contrato de 1 de septiembre de 1998 hasta el 31 agosto 2000, como peón de limpieza en Escuela Taller Miraflores II.

Contrato de 29 diciembre 2000 como peón en Escuela Taller Miraflores III.

Contrato de 30 diciembre 2002 a 29 diciembre 2004, peón de limpieza en Escuela Taller Miraflores IV.

Contrato de 10 enero 2005 a 29 diciembre 2006, como peón de limpieza en Escuela Taller Miraflores V.

Contrato de 22 febrero 2007 a 4 marzo 2009, peón en Escuela Taller Miraflores VI.

Contrato de 5 marzo 2009 a 16 febrero 2011, como peón en Escuela Taller Parque Miraflores.

Contrato de uno de marzo de 2011 28 marzo 2013, peón Escuela Taller Parque Cultural Miraflores.

SEXTO

Estos contratos se corresponden cada uno con los proyectos, así como resolución de otorgamiento de subvenciones en atención a las solicitudes de ayudas distintas, acuerdos de aceptación de la subvención y de puesta en marcha de los proyectos siguientes:

El contrato de 1 de septiembre de 1998, responde a solicitud de ayuda de 3 enero 1997 ante el INEM para acogerse a la Orden Ministerial de 3 agosto 1994, con la Resolución de concesión de 23 junio 1998 de la Dirección Provincial del INEM y aceptación de subvención por el Ayuntamiento pleno del día 30 julio 1998 que aprueba la puesta en marcha de la ET y acepta la ayuda.

El contrato de diciembre de 2000, se corresponde con la ayuda solicitada por el Ayuntamiento el 23 mayo 2000 para acogerse a la ayuda regulada en la Orden Ministerial de 6 octubre 1998. Se otorga la subvención por resolución del INEM de 11 diciembre 2000, complementada después con la de 20 marzo 2002. Acuerdo de aceptación de la subvención del Ayuntamiento de 25 junio 2001 y de 19 junio 2002.

El contrato de 30 diciembre de 2002, se corresponde con la ayuda solicitada por el Ayuntamiento el 9 mayo 2002 para acogerse a la ayuda regulada en la Orden Ministerial de 14.11.2001 de regulación de bases para las ayudas, a la Resolución de concesión por el INEM de 23.10.2002 y el Acuerdo de aceptación de la subvención del Ayuntamiento y puesta en marcha del programa de 26.12.2002.

El contrato de 10 enero 2005 responde a la ayuda solicitada el 14 mayo 2004 atendiendo a la Orden de 8 marzo 2004 por la que se regulan los programas de las ET y TE y se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas para estos programas. La ayuda se concede por Resolución de 12 noviembre 2004, y se acepta por el Ayuntamiento por Acuerdo de 23 diciembre 2004. Esta suspensión fue modificada por resolución posterior que amplió el plazo de ejecución del programa hasta el 29.12.2006.

El contrato de febrero de 2007 se corresponde con la ayuda solicitada el 15 diciembre 2005, con la Resolución de ayuda de 5 diciembre 2006, y al Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de 25 enero 2007 que acepta la subvención y aprueba la puesta marcha el programa. Con posterioridad se autoriza por el Consejero de Empleo la modificación del plazo hasta el 4 marzo 2009.

El contrato de 5 marzo 2009, se corresponde con la solicitud de ayuda de 15 enero 2008, con la Resolución de ayuda de 27 noviembre 2008, Acuerdo de Ayuntamiento de aceptación de 28 diciembre 2008, y con la Resolución de la Consejería de Empleo de modificación de plazo hasta el 16 febrero 2011.

El contrato de uno de marzo 2011, se lleva a cabo para las actuaciones del programa para cuya ejecución se pide la ayuda el 29 enero 2010, Resolución de concesión de 29 noviembre 2010 y con la de 9 diciembre 2010, que autoriza la modificación del plazo de ejecución hasta el 28 febrero 2013, y el Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de 30 diciembre 2010 que aprueba la puesta en marcha del programa.

SÉPTIMO

La prestación de servicios de la Sra. Bárbara ha sido desde el...

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