SAP Asturias 69/2016, 22 de Abril de 2016

PonenteJOSE PALLICER MERCADAL
ECLIES:APO:2016:1279
Número de Recurso67/2016
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución69/2016
Fecha de Resolución22 de Abril de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 8ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8

GIJON

SENTENCIA: 00069/2016

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8 de GIJON

Domicilio: PLAZA DECA NO EDUARDO IBASETA, NUMERO 1, 2* PLANTA.- GIJON

Telf: 985197268/70/71 Fax: 985197269

ICA

Modelo: SE0200

N.I.G.: 33024 43 2 2013 0045546

ROLLO: RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000067 /2016

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de GIJON

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000382 /2014

RECURRENTE: Alberto

Procurador/a: MATEO MOLINER GONZALEZ

Abogado/a: JOSE RAMON ALONSO ALVAREZ

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Abogado/a:

SENTENCIA Nº 69/2016

Presidente: .. Ilmo. Sr. D. Bernardo Donapetry Camacho

Magistrados: Ilmo. Sr. D. José francisco Pallicer Mercadal

Ilmo. Sr. D. Santiago Veiga Martínez

En Gijón, a veintidós de abril de dos mil dieciséis.

VISTA, en grado de apelación, por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias, compuesta por los Magistrados que constan al margen, la causa Procedimiento Abreviado nº 382 de 2014 del Juzgado de lo Penal nº 2 de Gijón sobre DELITO CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁFICO, que dio lugar al Rollo de Apelación nº 67 de 2016 de esta Sala, entre partes, como apelante, Alberto, representado por el Procurador D. Mateo Moliner González y dirigido por el Letrado D. José-Ramón Alonso Álvarez, siendo apelado, el MINISTERIO FISCAL, y PONENTE el ILMO. SR. D. José francisco Pallicer Mercadal y fundados en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal nº 2 de Gijón dictó sentencia en la referida causa en fecha 07 de marzo de 2016 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que debo condenar y condeno a Alberto con documento de identidad nº NUM000 como autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad vial previsto y penado en el artículo 379.2 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancia alguna modificativa de la responsabilidad criminal, a las penas de:

-7 meses de multa con una cuota diaria de 8 €, con una responsabilidad personal subsidiaria, para el caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

-1 año y 6 meses de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.

Que debo absolver y absuelvo a Alberto con documento de identidad nº NUM000 en relación con la falta contra el orden público prevista y penada en el artículo 634 del Código Penal del que aquél había venido siendo acusado durante la tramitación del concurrente procedimiento".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Alberto, del que se dio traslado a las demás partes personadas, y remitido el asunto a esta Sección 8ª, se registró como Rollo de Apelación nº 67 de 2016, pasando para resolver al Ponente, que expresa el parecer de la Sala.

TERCERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, y con ellos la declaración de hechos probados, que se da aquí por reproducida, añadiendo al final la siguiente frase: " porcentajes éstos que aplicando el 10% del margen de error se reducirán a las tasas de 0,59 y 0,57 miligramos de alcohol por litro de aire espirado" . Igualmente se suprime el párrafo que dice: " que alteró sus facultades para realizar una correcta conducción".

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Impugna el apelante la sentencia que le condenó como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, alegando para ello el error en la valoración de la prueba padecido por el juzgador de instancia, por lo que solicitó la revocación de la misma y que se decrete su libre absolución, y con carácter subsidiario se le imponga la pena mínima prevista en el Código Penal con la reducción de la multa diaria a la mínima cuantía legalmente prevista.

SEGUNDO

Procede estimar el recurso interpuesto y, en consecuencia, absolver al apelante, no en virtud de la presunción de inocencia porque, en principio, pruebas válidas y de cargo existen, como la declaración del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • SAP Baleares 95/2016, 23 de Junio de 2016
    • España
    • 23 Junio 2016
    ...a cualquier observador con normal experiencia vital, que se está ante alguien influenciado por el alcohol. En este mismo sentido, la SAP Asturias 22-4-2016 dice que "Otros datos como el olor pueden ser meramente indiciarios de este consumo pero a veces pueden ser equívocos sobre el estado e......
  • SAP Baleares 185/2016, 30 de Noviembre de 2016
    • España
    • Audiencia Provincial de Baleares, seccion 1 (penal)
    • 30 Noviembre 2016
    ...a cualquier observador con normal experiencia vital, que se está ante alguien influenciado por el alcohol. En este mismo sentido, la SAP Asturias 22-4-2016 dice que "Otros datos como el olor pueden ser meramente indiciarios de este consumo pero a veces pueden ser equívocos sobre el estado e......
  • SAP Baleares 246/2021, 17 de Junio de 2021
    • España
    • 17 Junio 2021
    ...cualquier observador con normal experiencia vital, que se está ante alguien inf‌luenciado por el alcohol. En este mismo sentido, la SAP Asturias 22-4-2016 (JUR 2016, 122566) dice que "Otros datos como el olor pueden ser meramente indiciarios de este consumo pero a veces pueden ser equívocos......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR