STSJ Comunidad de Madrid 170/2016, 14 de Marzo de 2016

PonenteMARIA BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ
ECLIES:TSJM:2016:3224
Número de Recurso856/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución170/2016
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2016
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 856/15-LO

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 05 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 2 - 28010

Teléfono: 914931935

Fax: 914931960

34002650

NIG : 28.079.00.4-2014/0044702

Procedimiento Recurso de Suplicación 856/2015

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 03 de Madrid Despidos / Ceses en general 1001/2014

Materia : Despido

Sentencia número: 170

Ilmos. Sres

D./Dña. MARIA BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ

D./Dña. MARIA AURORA DE LA CUEVA ALEU

D./Dña. ALICIA CATALA PELLON

En Madrid a catorce de marzo de dos mil dieciséis habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 5 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 856/2015, formalizado por el/la LETRADO D./Dña. ALVARO SUAREZ SANCHEZ DE LEON en nombre y representación de ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES SA, contra la sentencia de fecha 30 de julio de 2015 dictada por el Juzgado de lo Social nº 03 de Madrid en sus autos número 1001/2014, seguidos a instancia de D./Dña. Carolina frente a ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES SA, en reclamación por Despido, habiendo sido citado el MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado-Ponente el/ la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. MARIA BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- La demandante Sra Dª Carolina con DNI NUM000 prestó servicios para la empresa demandada Atlas Servicios Empresariales SAU, con antigüedad de 3-9-2007, categoría profesional de administrativo nivel 4, siendo su salario bruto mensual de 1523,49 euros.

SEGUNDO

La demandante el 3-9-2007 suscribió con la empresa Atlas Servicios Empresariales SA contrato de trabajo, a tiempo parcial, en la modalidad de obra o servicio determinado ; para prestar servicios como grabador de datos, incluído en el grupo profesional nivel 4, especificando un período de duración desde el 3-9-2007 hasta fin de obra o servicio. En la claúsula sexta como objeto de la obra o servicio se especifica" para la externalización de la actividad de grabación de datos según contrato de arrendamiento de servicios entre Atlas Servicios Empresariales y AENA."

TERCERO

El 23-5-2008 se aprueba el Pliego de Prescripciones Técnicas para "el Servicio de Atención al Cliente en Acreditaciones de Seguridad y otras autorizaciones administrativas en el Aeropuerto Madrid -Barajas.

El objeto de dicho documento es determinar las prescripciones tecnicas que han de regir la prestación del servicio de Acreditaciones de Seguridad así como de otras autorizaciones administrativas- . En el punto 2.1 se describe el servicio que se desarrollará por la empresa adjudicataria y que consiste en las siguientes tareas:

- Confección de acreditaciones y autorizaciones personales, para lo que se realizará comprobación y seguimiento de la documentación recibida, así como información sobre el estado de la misma al interesado hasta la conclusión del proceso administrativo (elaboración de escritos, cartas, archivos, confección de acreditaciones y autorizaciones)

- Confección de Autorizaciones de vehículos, así como los trámites para concederlas.

- Recepción de documentación, tanto personalmente en atención al público, como vía correo electrónico, ordinario, fax o cualquier otro medio.

- Archivo de la documentación generada.

- El coordinador presentará presentará un informe semanal, detallando la prestación del servicio al Director del expediente o a la persona que este designe, así como informes sobre las actividades que demande el Director del expediente, relacionadas con la prestación del servicio (informes estadísticos, plazos de entrega, quejas y reclamaciones, incidencias, etc.)

- Propuesta de mejoras y optimizaciones.

- Atención telefónica/personal a clientes internos/externos.

- Preparación y realización del proceso de emisión de Permisos de Conducción en plataforma (PCP's) y procedimientos asociados.

- Control y gestión de la caducidad asociada a los PCP's.

- Realización, desarrollo y análisis de diferentes procesos que acoge la oficina.

- Entrega de pliegos/proyectos publicados a las empresas que lo requieran.

- Recepción de ofertas presentadas por las empresas a diferentes licitaciones, atendiendo a la Norma de Contratación de Aena.

- Mantenimiento y actualización de la información referente al aeropuerto de Madrid-Barajas que aparece en la Web de Aena; detección de omisiones o cambios, recopilación de información y procesamiento de la información. El lugar de ejecución se fija en el Aeropuerto Madrid- Barajas ; la duración del contrato de 3 años, pudiendo porrogarse por mutuo acuerdo entre las partes, por un periodo de dos años; siendo la forma de contratación por concurso público.

CUARTO

En el año 2008 se creó en el Aeropuerto de Madrid-Barajas la Oficina Saeta (Servicio Aeroportuario Especializado en Trámites Administrativos) situada en la Terminal-2. Saeta está constituida por las siguientes oficinas: el Registro General, la gestión de acreditaciones, autorizaciones de vehículos, gestión de permisos de circulación en plataforma (PCP), el Centro de Documentación y el Servicio de Conserjería.

QUINTO

El 29-7-2008 se publica el Pliego de Clausulas Administrativas particulares para la contratación de servicios por el procedimiento abierto de concurso nº MAD 932/08 de 29-7-2008, siendo licitadora y adjudicataria la empresa demandada Atlas Servicios Empresariales SA.

SEXTO

. El 22-4-2009 Atlas Servicios Empresariales SA como empresa adjudicataria del contrato MAD 932/2008 titulado "Servicio de Atención al Cliente en Acreditaciones de Seguridad y otras Autorizaciones administrativas en el Aeropuerto Madrid. Barajas.", suscribó con AENA contrato para la prestación de dichos servicios.

SEPTIMO

El 30-8-2011 la trabajadora fue dada de baja médica por incapacidad temporal por contingencias comunes, siendo dada de alta médica el 28-8-2012 tras agotar la duración màxima de trescientos sesenta y cinco días de la incapacidad temporal que tiene reconocida, pero en resolución de 10-9-2012 el INSS le reconoció prorroga expresa con límite de 180 días.

OCTAVO

El 21-3-2013 el Organismo AENA, Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea y la empresa demandada Atlas Servicios Empresariales SA acuerdan prorrogar el contrato de arrendamiento de servicios por un período de un año desde el 1 de mayo de 2013 al 31-4- 2014.

NOVENO

Iniciado expediente de Incapacidad permanente por el INSS, en fecha 27-5-2013 dictó resolución por la que reconoce a la Sra. Carolina una incapacidad permanente absoluta con derecho a percibir una pensión mensual equivalente al 100% de la reguladora de 799,61 euros siendo el importe líquido de dicha pensión de 799,00 euros, fecha de efectos de 27-5-2013; y fecha de revisión 1-6-2014.

DÉCIMO

En septiembre de 2013 se publica el Pliego de condiciones técnicas del Expd.MAD 341/2013 "expe. Servicio de Atención al Cliente en acreditaciones de Seguridad y otras Autorizaciones Administrativas en el Aeropuerto Madrid-Barajas" y en diciembre de 2013 se publica el Pliego de Prescripciones Administrativas del exp MAD 341/2013, licitando la empresa Eulen SA, que resultó adjudicataria de dicho servicio con fecha 20 de mayo de 2014 y por un plazo de ejecución de 12 meses.

UNDÉCIMO

El INSS dictó resolución el 18-6-2014 relativa al asunto "continuación puesto de trabajo", en el que comunica a la empresa, que de conformidad con el art. 48 del RD L 1/95, que contempla la reserva de puesto de trabajo, le comunicamos que esta Entidad ha procedido en virtud de las atribucioens legalmente establecidas, a revisar la situación del interesado declarando que se encuentra afecto del mismo grado de incapacidad que tenía reconocido.

Asímismo, al preveerse que la situación de la interesada va a ser objeto de revisión por mejoría que permite su reincorporación a su puesto de trabajo, procede la continuación de la reserva de su puesto de trabajo hasta la fecha indicada en nuestra resolución anterior de 26-5-2015.

DUODÉCIMO

La empresa demandada el 14-7-2014 mediante burofax, remitió dos cartas a la trajadora Carolina, en una le comunica la terminación de la relación laboral, con efectos de 31-7-2014, en la que consta que " Con motivo de la finalización del contrato mercantil suscrito entre AENA Aeropueros y Atlas Servicios Empresariales referente al " Servicio de Atención al Cliente en Acreditación de Seguridad y Otras Autorizaciones Administrativas en el aeropuerto Madrid Barajas v de la Hispanidad s/n TerminaL 2, 1º planta 28042 Madrid; al haber sido adjudicado a otra empresa, pasamos a informarle que, con fecha de efectos de 31-7-2014 se procederá a la extinción de la relación laboral, toda vez que la nueva titular de la...

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