STSJ Cantabria 239/2016, 9 de Marzo de 2016

PonenteELENA PEREZ PEREZ
ECLIES:TSJCANT:2016:419
Número de Recurso27/2016
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIÓN
Número de Resolución239/2016
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2016
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 000239/2016

En Santander, a 9 de marzo del 2016.

PRESIDENTA

Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz

MAGISTRADOS

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

Ilma. Sra. Dª. ELENA PEREZ PEREZ (ponente)

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por Kinkler Covadonga S.L. contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. cinco de Santander, ha sido nombrada ponente la lma. Sra. Dª. ELENA PEREZ PEREZ quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda de reclamación de cantidad por D. Jesus Miguel y otros frente a las empresas, Klinker Covadonga S.L. y Tejerías La Covadonga S.A.

En su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 24 de junio de 2015, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. .- Los actores prestaron servicios para la empresa Tejerías La Covadonga S.A. -en liquidación-, sometida al convenio colectivo nacional de tejas y ladrillos, con las siguientes condiciones laborales:

    Nombre Antigüedad Categoría Salario€/día

    Jesus Miguel 1-7-81 Técnico de pintura 103,44

    Isabel 11-10-71 Administrativo 53,25

    Julio 26-11-73 Encargado 77,20

  2. .- Las relaciones laborales del Sr. Jesus Miguel y de la Sra. Isabel se extinguieron en fecha 30-6-14, mientras que la del Sr. Julio llegó hasta el día

    31-8-14 momento en que continuó la prestación de servicios para Valdehogar Servicios Generales para la promoción y construcción S.L. -en la actualidad Klinker Covadonga S.L.-.

  3. .- La deuda no abonada por Tejerías La Covadonga S.A., una vez percibida la garantía del FO.GA.SA., asciende a: Nombre Salarios € Indemnización €

    Jesus Miguel 1.477,67 17.667,15

    Isabel 19.778,36 1.054,15 menos

    432,66

    Julio 20-696,18

  4. .- Declarada en concurso la empresa Tejerías La Covadonga S.A., por sentencia del Juzgado de lo Mercantil de fecha 20-6-13 se aprobó el convenio propuesto.

    Incumplido el mismo, la concursada solicitó la liquidación de la sociedad, lo que se acordó por auto del mismo juzgado de fecha 24-3-14. (No controvertido)

  5. .- Por auto del Juzgado de lo Mercantil de fecha 26-6-14 se aprobó Plan de liquidación siguiente, salvo la referencia a que la Seguridad Social no pudiera aplicar el art.44 E.T . - auto de la Audiencia Provincial de fecha 12-1-15 - :

    "V.PLAN DE LIQUIDACIÓN: OPCIONES PRINCIPAL Y SUBSIDIARIA PARA LA REALIZACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS.

    El presente PLAN PARA LA REALIZACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS, INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA DEL CONCURSO DE "TEJERÍAS LA COVADONGA, S.A." consiste en la venta directa por la administración concursal a través de dos opciones:

    1a Opción Principal, denominada Opción A, cuya finalidad principal es la enajenación unitaria del conjunto de la unidad productiva. Comprende la opción en sí (Opción A) de enajenación global de bienes y derechos, y un capítulo A-1 de realización de los

    bienes no afectos a la actividad.

    2a Opción Subsidiaria, denominada Opción B, que se aplicará en caso de que no pueda realizarse la venta unitaria del conjunto de la explotación.

    Adicionalmente, incluimos en un Apartado C para recoger los aspectos que serán aplicables a ambas opciones principal y subsidiaria.

    1a) OPCIÓN A:

    OPCIÓN PRINCIPAL DE ENAJENACIÓN UNITARIA DEL CONJUNTO DE LA UNIDAD PRODUCTIVA.

    La Administración Concursal propone como opción principal la transmisión unitaria del conjunto de bienes y derechos que se encuentran afectos a su actividad empresarial, para posibilitar su continuidad.

    Esta opción principal se completa con la realización individual de los restantes bienes y derechos no afectos a dicha actividad.

    1.1 Opción A: Venta directa del conjunto de bienes y derechos afectos a la actividad, con la exclusión de los terrenos improductivos o no necesarios para la realización de la actividad, y con el compromiso de mantenimiento de la actividad y la asunción de al menos parte de la plantilla de trabajadores.

    1. Contenido de las ofertas

      En esta opción A sólo podrán presentarse ofertas que contemplen la continuación de la actividad de fabricación y venta de ladrillos, y la asunción de al menos parte de la actual plantilla de trabajadores de TEJERÍAS LA COVADONGA, S.A.

      El objeto de la venta en esta opción A es la unidad productiva de TEJERÍAS LA COVADONGA, S.A., integrada por los bienes y derechos del activo fijo de la Sociedad, con la excepción de los terrenos no necesarios para realización de la actividad que se describe en el apartado II, con el detalle recogido en el Documento n° 4, que resumidamente es el siguiente:

      Terrenos 2.908.207,95

      Plazas de Garaje 32.400,00

      Instalaciones y maquinaria 552.350,00

      Mobiliario 200,00 Equipos informáticos 750,00

      Elementos de transporte 34.545,02

      Fianzas 2.271,24

      Existencias de productos terminados 588.199,34

      Clientes 50.000,00

      Tesorería 8.348,46

      La transmisión se realizará mediante venta directa a quien efectúe la mejor oferta económica conjunta. A estos efectos, las ofertas se valorarán económicamente por la suma y ponderación de tres aspectos que deberán quedar detallados en todas las ofertas que se presenten: precio, trabajadores asumidos y proyecto de continuidad

      empresarial, según la siguiente fórmula: Valor económica de cada oferta = [Precio + Importe por trabadores asumidos] x Coeficiente asignado al Proyecto

      Precio: Será el contenido en cada oferta, y se referirá exclusivamente a los bienes y derechos adquiridos, sin minorar los créditos con privilegio especial (v.g. hipotecas) en los que el adquirente podría quedar subrogado. Los importes por estos conceptos se determinarán en el momento de formalizar la transmisión, y se descontarán del

      precio a pagar.

      Importe de los trabajadores asumidos: Será el resultado de multiplicar 22.750 euros (estimación de la indemnización legal media para despidos por causas objetivas) por el número de trabajadores de TEJERÍAS LA COVADONGA, S.A. que cada oferta

      se comprometa en firme a asumir y a subrogarse en sus respectivos contratos laborales, bien en el momento en que se formalice la adquisición, bien sucesivamente en los siguientes seis meses. A efectos de cumplir este compromiso, las ofertas deberán contener el compromiso de prestar una garantía válida y suficiente, que se ejecutaría inmediatamente si en el plazo de seis meses desde la formalización de la venta se ha asumido un número de trabajadores menor al comprometido, dando lugar a una indemnización por el valor atribuido a la diferencia (esto es, 22.750 euros por el número de trabajadores no incorporados). Obviamente las ofertas podrán manifestar su intención de incorporar plantilla e incluso señalar el número y plazo, pero sólo el compromiso firme debidamente garantizado permitirá atribuir el valor económico de 22.750 euros por trabajador.

      Coeficiente asignado al Proyecto: Será un coeficiente entre el 0,8 y el 1,2 asignado por los administradores concúrsales a cada oferta, en función del Proyecto de continuidad empresarial que se acompañe. Para la asignación del coeficiente se tendrá en cuenta la suficiencia del número de trabajadores a asumir por el adquirente en relación con el proyecto de continuidad empresarial la solvencia del ofertante, su plan de viabilidad, las inversiones previstas, las recolocaciones de trabajadores y el nivel de empleo.

      El adjudicatario de los bienes y derechos que integran la unidad económica asumirá la obligación irrevocable de pagar el precio y suscribir las subrogaciones en los contratos laborales a que se haya comprometido en el momento en que sea efectiva la transmisión o en los siguientes seis meses, con efectiva prestación, en este último caso, de una garantía suficiente para asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el adquiriente respecto a esta continuidad y asunción de trabajadores. El adquirente no asumirá ninguno de los créditos de TEJERÍAS LA COVADONGA, S.A. reconocidos en la lista de acreedores del Informe de la Administración Concursal, salvo que establezca acuerdos con acreedores con privilegio especial para asumir estos créditos, descontándose en este caso del precio a pagar en el

      momento en que sea efectiva la transmisión.

      Asimismo, el adjudicatario asume el compromiso de adquirir las existencias y trabajos en curso que existan en el momento en que se documente la transmisión de la unidad productiva. El precio a satisfacer por las existencias y trabajos en curso será independiente del indicado en la oferta para la unidad productiva y se calculará atendiendo a su estricto coste, depreciado de común acuerdo para aquellos elementos de baja rotación u obsoletos. A falta de acuerdo en la determinación del precio, éste será fijado por un perito, con la categoría de Ingeniero Industrial, designado de mutuo acuerdo, y en su defecto, designado por el Juzgado Mercantil. En cualquier caso, el precio que se ofrezca por el conjunto de los bienes directamente vinculados a la actividad deberá ser, al menos, suficiente para satisfacer a todos los acreedores con garantía real o privilegio especial sobre cualquiera de los bienes o derechos incluidos en la transmisión conjunta. Lo anterior no es impedimento para que el adquirente pueda llegar a acuerdos para asumir el pago futuro de estos acreedores, lo cual no reduce el precio de los bienes y derechos adquiridos, sino que sólo afectará a la forma en que dicho precio será pagado.

    2. procedimiento

      Los interesados en la adquisición de la unidad productiva por esta Opción A deberán entregar sus propuestas definitivas en sobre cerrado dirigidas a la Administración Concursal de TEJERÍAS LA...

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