STSJ Andalucía 78/2016, 21 de Enero de 2016

PonenteRAMON GOMEZ RUIZ
ECLIES:TSJAND:2016:693
Número de Recurso1902/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución78/2016
Fecha de Resolución21 de Enero de 2016
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

Avda. Manuel Agustín Heredia nº 16

N.I.G.: 2906744S20150001074

Negociado: PC

Recurso: Recursos de Suplicación 1902/2015

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº9 DE MALAGA

Procedimiento origen: Despidos / Ceses en general 102/2015

Recurrente: INGENIERIA E INTEGRACION AVANZADAS S.A. ( INGENIA)

Representante: CRISTINA JURADO LEDESMA

Recurrido: Nicolas, INDRA SISTEMAS S.A., FOGASA y INDRA SOFWARE LABS S.L.U.

Representante:RAFAEL LOPEZ SERRALVOy LAURA PEREZ BENITO

Sentencia Nº 78/2016

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. RAMON GOMEZ RUIZ,

ILTMO. SR. D. RAUL PAEZ ESCAMEZ

En la ciudad de Málaga a veintiuno de enero de dos mil dieciséis

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA CON SEDE EN

MÁLAGA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recursos de Suplicación interpuesto por INGENIERIA E INTEGRACION AVANZADAS S.A. ( INGENIA) contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº9 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo./Iltma Sr. /Sra D./ RAMON GOMEZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Nicolas sobre Despidos / Ceses en general siendo demandado INDRA SISTEMAS S.A., INGENIERIA E INTEGRACION AVANZADAS S.A. ( INGENIA), FOGASA y INDRA SOFWARE LABS S.L.U. habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 04/06/2015 en los términos que se recogen en su parte dispositiva. SEGUNDO.- En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

Primero

Que D. Nicolas, mayor de edad, ha prestado servicios por cuenta de la empresa Ingenieria e Integración Avanzadas ( INGENIA ) SA con antigüedad de 1-7-01 con la categoría profesional de titulado D y salario de diario de 76,40 € incluida prorrata de pagas extraordinarias .

Segundo

Que el actor fue despedido por carta de 15-12-14 con efectos del dia 5-1-15, con la citada carta se puso a disposición del actor la indemnización de 20 dias de salario por año de servicios ( 22.136,08 € ) que ha sido percibida, cata en la que se alegan causas objetivas y que obra a los folios 6 a 12 y se tiene por reproducida .

Tercero

Que el actor no ha ostentado durante el último año la condición de representante legal de los trabajadores, ni se encuentra afiliado a sindicato alguno.

Cuarto

Que el día 21-1-15 tuvo lugar ante el C.M.A.C. el preceptivo acto de conciliación en virtud de demanda presentada el 8-1-15 que finalizo sin avenencia .

Quinto

Que 20-6-11 se firmo contrato de prestación de servicios entre Indra Sofware Labs e INGENIA para la prestación de servicios profesionales de asistencia técnica de un equipo de desarrollo Sofware en el marco del mantenimiento evolutivo y correctivo del sistema Da Vinci 2.0 ( folios 104 a 109), en dicho contrato se establece que el lugar de prestación de servicios serán sus propias instalaciones y en caso que fuera necesario por razón de los servicios a realizar, estos podrán desarrollarse en las instalaciones de Indra en el parque tecnológico de Andalucía en Málaga, o en otras que Indra designe en Málaga o en las de sus clientes. Se fija una duración de un año hasta el 20-6-12 prorrogable y un precio de 432.504 € anuales .

Sexto

Que el 10-6-11 Ingenia presento propuesta para el servicio de desarrollo de Sofware para Indra Sofware Labs( folios 110 a 115 ).

Séptimo

Que Ingenieria e Integración Avanzadas ( INGENIA ) SA ha facturado al cliente Indra Sofware Labs sus servicios ( folios 140 a 143 ).

Octavo

Que Indra proporciona tarjeta de servios externos al personal subcontratado de otras empresa .

Noveno

Que el actor presto servicios en las instalaciones de Indra Sofware Labs, 7 meses anteriores al despido dentro del proyecto Davinci, finalizando el 12-12-14.

Décimo

Que INGENIA realiza el control y supervisión del personal a través del coordinador D. Juan María, existiendo un coordinador de Indra Sofware Labs, Alejo, para intercambio de información del proyecto manteniéndose reuniones periódicas .

Décimo Primero

Que Indra Sofware Labs proporciona formación a su personal, teniendo regulado un procedimiento para la subcontratacion de servicios .

Décimo Segundo

Que Ingenieria e Integración Avanzadas ( INGENIA ) SA gestiona la prevención de riesgos de su personal, les proporciona formación, el actor el 7-3-14 remitió correo a RRHH de INGENIA para preguntar sobre las vacaciones de los que están desplazados, INGENIA regulariza la jornada según el convenio de Indra con descanso por diferencia de horas (folio 735), concede vacaciones, ( folios 737), control de asistencia en relación a ausencia por enfermedad ( folio 745), reconocimiento medico periódico ( folio 757).

Décimo Tercero

Que el actor tenia correo electrónico de Indra, añadiéndose servicios, recibiendo en este indicaciones sobre la organización del trabajo ( folios 190 a 810).

Décimo Cuarto

Que la empresa Ingenieria e Integración Avanzadas ( INGENIA ) SA, tuvo como resultados, 2009 191.919 €, 2010 89.375 €, en 2011 perdidas de -392.465 €, 2012 - 660.263, 2013 perdidas de -970.316 €.

Décimo Quinto

Que la empresa Ingenieria e Integración Avanzadas ( INGENIA ) SA forma parte de un grupo presentando cuentas consolidadas, que el resultado del grupo Ingenia y sociedades dependientes fue, en 2010 perdidas de 86.483 €, en 2011 perdidas de 407.517 €, 2012 perdidas de 577.673 € y en 2013 perdidas de 1.155.020 €.

Décimo Sexto

Que la empresa Ingenieria e Integración Avanzadas ( INGENIA ) SA a 31-10-14 presentaba perdidas de -920.942 € .

Décimo Séptimo

A 31-12-14 Ingenieria e Integración Avanzadas ( INGENIA ) SA presento un resultado de equilibrio financiero con un resultado antes de impuestos de 13.058 € ( folio 443). Décimo Octavo : Que la caída de la producción de 2010/ 2014 fue del 22,64% . ( folio 624).

Décimo Noveno

Que la empresa Ingenieria e Integración Avanzadas ( INGENIA ) SA desarrolla su actividad en el campo de las tecnologías de la información, comunicación e internet .

Vigésimo

Que el actor prestaba servicios en el departamento de desarrollo de sofware habiendo caído la producción del 2012 al 2013 en un 57,69 %.

Vigésimo Primero

El 21-12-14 la empresa compartió con los trabajadores que las ultimas contrataciones confirmaban los que estimaban desde hacia un par de meses, el logro de beneficio estaba a su alcance, la evolución de la contratación, el riguroso control de gastos y la mejor productividad en la ejecución de contratos confirman la situación prometedora que anunciaban en septiembre ( folios 824 y 825 ).

Vigésimo Tercero

Que la empresa INGENIA el 21-1214 compartió con los trabajadores las nuevas contrataciones de noviembre ( folio 826 y 827).

Vigésimo Cuarto

Que el ejercicio de la empresa INGENIA al cierre 31-3-15 arrojaba perdidas de -254.647,54 €.

Vigésimo Quinto

Que INGENIA no ha sustituido al actor en el servicio de asistencia técnica de un equipo de desarrollo de Software en el marco del mantenimiento evolutivo y correctivo de aplicaciones del mercado de transporte y trafico para Indra Software Labs SL con posterioridad a su despido. ( folio 616).

Vigésimo Sexto

Que en el periodo de 2011-2012 la cartera de contratos se redujo en mas de un 11%, en 2013 en 17 %, y previsión 2014 de un 18 %, los margenes obtenidos en dicha cartera se han reducido en un 8 % en 2013 y previsión de un 6% en 2014, el importe medio de los contratos cayo en 2013 en un 31 % y en 2014 se prevé un 40 % . ( folio 622) .

Vigésimo Séptimo

Que el nivel total de evolución de la actividad de la empresa durante 2011 presenta un 3,77 %, 2012 -12,96 %, 2013 -36,60 % y previsión 2014 -10,40 % ( folio 621 ).

Vigésimo Octavo

Que el descenso de la producción fue de 2646827 € de 2009 a 2012 y de 4945227 € desde el año 2009 hasta el 2013. ( folio 623 ).

Vigésimo Noveno

Consta en autos informe de auditoria cuentas anuales 2014 de INGENIA, folios 413 a 443, con resultado positivo del ejercicio y el informe de auditoria y cuentas consolidadas de Ingenieria e Integracion Avanzadas (INGENIA ) SA y Sociedades dependientes ( folios 584 a 616 ).

Trigésimo

El ejercicio 2014 presenta un importe de la cifra de negocio superior a los 10,4 milloones de euros ( 8.8 en 2013 ), un gasto salarial de 6.05 millones de euros ( 7.3 millones de euros en 2013 ), un resultado de explotación de 421 mles de euros (-776 miles de euros en 2013) y por ultimo un resultado antes de impuestos de 13.058 € (-970.316 € en 2013) . Folio 443.

Trigesimo Primero

La demanda es de fecha 5-21-15.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció Recurso de Suplicación la parte demandada, recurso que formalizó siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en este Tribunal se proveyó el pase de los mismos a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Reclamó la parte actora en vía jurisdiccional contra la extinción del contrato por causas objetivas acordada por la empresa demandada por medio de carta al amparo del apartado c) del art. 52 del Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores por causas económicas y organizativas, pretensión que obtuvo suerte favorable...

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