SAP La Rioja 54/2016, 4 de Marzo de 2016

PonenteRICARDO MORENO GARCIA
ECLIES:APLO:2016:93
Número de Recurso16/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución54/2016
Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2016
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LOGROÑO

SENTENCIA: 00054/2016

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA RIOJA

LOGROÑO

Domicilio : VICTOR PRADERA 2

Telf : 941296484/486/489

Fax : 941296488

Modelo : SEN00

N.I.G.: 26089 37 1 2009 0100590

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 16/2016-M

ILMOS.SRES.

PRESIDENTE:

DON ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ

MAGISTRADOS:

DON RICARDO MORENO GARCÍA

DOÑA MARIA DEL PUY ARAMENDIA OJER

SENTENCIA Nº 54 DE 2016

En LOGROÑO, a cuatro de marzo de dos mil dieciséis.

VISTOS en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial de La Rioja, los Autos de DIVORCIO CONTENCIOSO nº 1194/2013, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 de LOGROÑO, a los que ha correspondido el Rollo 16/2016, en los que aparece como parte apelante, Africa, representada por el Procurador de los Tribunales, DON JOSE TOLEDO SOBRON, asistida por la Letrado DOÑA LAURA GARCIA GOMEZ, y como parte apelada, Bernardino, representada por la Procuradora de los Tribunales, DOÑA BLANCA GOMEZ DEL RIO y asistida por la Letrado DOÑA MARIA PILAR TORRES BOSCO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. DON RICARDO MORENO GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13-5-2015, se dictó sentencia por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de Logroño en cuyo fallo se recogía, en lo que interesa al presente recurso de apelación lo siguiente: " Debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio formado entre la partes, con todos los efectos legales a ello inherentes, incluida la disolución de la sociedad de gananciales, adoptando como definitivas las medidas siguientes:

Se atribuye la custodia del hijo común menor de edad del matrimonio Eulalio, de 13 años de edad a su madre, manteniendo ambos progenitores la patria potestad compartida [...]

Se fija a cargo del padre una pensión mensual a favor de su hijo de 200 euros al mes que se actualizará anualmente conforme al IPC así como el pago al 50% de los gastos extraordinarios del menor teniendo tal consideración exclusivamente: los médicos y sanitarios no cubiertos por la Seguridad Social, las clases de refuerzo necesarias para aprobar asignaturas obligatorias y los libros del curso ..." ".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación procesal de Africa, se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma la apelación, que fue admitida, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.

TERCERO

En el recurso de apelación de Africa se alegaba, en esencia, error en la valoración de la prueba sobre los ingresos económicos para concluir interesando que previos los trámites legales se dicte sentencia en la que se:

"... revoque la sentencia impugnada y en su lugar se dicte otra por la que se rebaje la cuantía de la pensión de alimentos y se adecue a los recursos económicos de mi mandante, junto con lo demás que en Derecho proceda ...".

En la oposición presentada frente al recurso de apelación por Bernardino se alegaban las razones que estimó oportunas frente a las alegaciones del recurso de apelación para concluir interesando que previos los trámites legales oportunos se dicte sentencia confirmando la dictada por el juzgado con expresa imposición de las costas a la parte apelante.

CUARTO

Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la votación y fallo el día 25-2-2016.

QUINTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Respecto de la alegación de error en la valoración de la prueba sobre los ingresos económicos del recurrente.

La sentencia recurrida toma como soporte para la fijación de la cantidad establecida en concepto de pensión de alimentos el subsidio que percibe Africa y que supera los 800.-euros así como las expectativas que tiene de trabajar en Castro Urdiales.

Respecto de la obligación del progenitor de abonar la pensión de alimentos de sus hijos cabe señalar, tal y...

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