STSJ Canarias 231/2006, 27 de Marzo de 2006

PonenteMARIA DEL CARMEN SANCHEZ-PARODI PASCUA
ECLIES:TSJICAN:2006:776
Número de Recurso115/2006
Número de Resolución231/2006
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000115/2006 , interpuesto por Abelardo , frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0000107/2005 en reclamación de DESPIDO , ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. Mª Carmen Sanchez Parodi Pascua .

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

Que según consta en Autos, se presentó demanda por Abelardo , en reclamación de DESPIDO siendo demandado Federacion Canaria de Municipios y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 29 de julio de 2005 , por el Juzgado de referencia, con carácter estimatorio .

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: PRIMERO.- El demandante, Don. Abelardo , ha venido prestando servicios por cuenta y orden de la empresa demandada FECAM, con antigüedad de 24/07/03, categoría profesional de Ingeniero Técnico Agrícola y percibiendo un salario mensual prorrateado de 1.394,61 euros. SEGUNDO.- La relación laboral se articulo con base en los siguientes contratos:

- Contrato de trabajo de inserción de fecha 1/06/02 que terminó el 30/11/02.

- Contrato de trabajo de duración determinada de fecha 30/12/02; para obra o servicios determinados con objeto de "necesidad de personal laboral en la categoría de Ingeniero Técnico Agrícola. Dicho contrato terminó el 29/06/03.

- Contrato de trabajo de duración determinada de fecha 24/07/03; para obra o servicios determinados, siendo su causa "la creación de base de datos medio ambientales para el departamento de Gabinete Técnico". Contrato que pasó a indefinido en fecha 1/08/03 (doc. 4,10, 14 y 16 de la actora y doc. 2 a 5 de la demandada).

TERCERO

Por escrito de fecha 09/11/04, recibido el 12/12/04, la demandada comunicó al actor su despido por necesidad de amortizar el puesto de trabajo al amparo de lo establecido en el artículo 52.c) del E.T , alegando como causa principal el número excesivo que conforma la plantilla, la baja productividad y la situación económica negativa de la empleadora. Extinción que producía sus efectos el 1/01/05. Dada su extensión, ser da aquí por reproducida la carta de despido (doc. 1 del actor). CUARTO.- Con la entrega de la carta de despido no se puso a disposición del trabajador, de forma simultanea la indemnizacióncorrespondiente (Interrogatorio del actor y testifical). QUINTO.- El actor se le abonaba la nómina por transferencia bancaria (testifical). SEXTO.- En el Departamento de Planificación y Sostenibilidad, sección Estudios Europeos, donde prestaba servicios el actor vienen prestando servicios, en el año 2004, un titulado superior y dos titulados medios. SÉPTIMO.- La FECAM, es una asociación plural de Municipios que se constituyó al amparo de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y demás normativas concordantes de aplicación, integrada por los Municipios de Canarias que voluntariamente lo decidan. Tienen personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, sin fin lucrativo y sometida a su Estatuto. Dispone de un servicio de gestión y administración, jurídico, formativo e informativo, sin perjuicio que por el Comité ejecutivo se pueda aumentar los servicios que considere necesarios. Los recursos económicos con los que cuentan son: los aportados por la Consejería competente en materia de Régimen Local del Gobierno de Canarias, de dotaciones de Fondo Canario de Financiación Municipal (FCFM). Los derivados de los rendimientos de su patrimonio, subvenciones de crédito o tesorería; y cualesquiera otros ingresos que eventualmente se produzcan. La FECAM, a obtenido subvenciones del INAP y de INTERREG (testifical). Se da por reproducido los Estatuto de la Fecam, dada su extensión, (doc. 9 de la demandada). OCTAVO.- En el Reglamento de Funcionamiento interno de la FECAM, se establece en el art. 2 que "Los Servicios Centrales de la Federación están formados por departamentos encargados de desarrollar las tareas propias de las áreas adscritas a las mismas. En la actualidad los componen las siguientes servicios: Servicios de Gestión y Administración; Servicio Informático y de Mantenimiento; Servicio de Asesoramiento

Jurídico; Servicios de Estudios Económicos; y Servicio de Gabinete Técnico". La funciones al servicio de planificación comprende estudio y evaluación de necesidades formativas; preparación de planes de formación continuada; definición de contenidos informativos; evaluación de los resultado de la acción formativa y gestión administrativa de la ejecución del Plan de formación, (doc. 10 de la demandada). NOVENO.- Los gastos de personal de la FECAM, ascendieron en el año 2002 a 570.610,64 euros; en el año 2003 a la suma de 977.431,49 euros y en el año 2004 a 1.129.296,69 euros (doc. 18, 19 y 20 de la demandada). DÉCIMO.- El importe total abonado por la Consejería de Presidencia y Justicia del Gobierno de Canarias a la demandada, en concepto del 1% del importe global de las dotaciones del Fondo Canario de Financiación Municipal ascendieron a las siguientes cantidades:

Año 2002 .............................. 1.302.838,29 euros.

Año 2003 .............................. 1.378.924,15 euros.

Año 2004 .............................. 1.475.862,15 euros.

(doc. 21 de la demandada).

UNDÉCIMO

La demandada percibió en junio de 2005 una subvención del INAP por importe aproximado de 300.000 euros, así como beneficios obtenidos por la venta de la cede de la Federación, también en el 2005. El saldo de las cuentas en el 2004 fue...

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