SAP Barcelona 191/2009, 3 de Febrero de 2009

PonenteFRANCISCO ORTI PONTE
ECLIES:APB:2009:1672
Número de Recurso213/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución191/2009
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 20ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN VEINTE

BARCELONA

Rollo Apelación nº APPRA 213/ 08

Procedimiento Abreviado nº 121/ 07

Juzgado de lo Penal nº 18 de Barcelona.

Ilmos Sres.

D. Fernando Pérez Maiquez.

Dª. Mª Carmen Zabalegui Muñoz.

D. Francisco Orti Ponte.

En la ciudad de Barcelona a 3 de febrero de 2009 .

SENTENCIA Nº 191/09

VISTO ante esta Sección en nombre de S.M el Rey, el rollo de apelación Penal nº 218/ 08 formado para sustanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 18 de Barcelona en el Procedimiento Abreviado nº 121/ 07 de los de dicho órgano Jurisdiccional, seguido por un delito de malos tratos en el ámbito familiar siendo parte apelante Pedro Enrique asistido del Letrado Sr/ Sra. Sales Sierra y parte apelada el Ministerio Fiscal y la Sra. Soledad y actuando como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco Orti Ponte, quien expresa el parecer unánime del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal indicado en el encabezamiento y con fecha 19. 10. 2007 se dictó Sentencia en la que entre otros extremos se condenaba a Pedro Enrique como autor de un delito de malos tratos en el ámbito familiar del art. 153. 1 y 3 del C. P entre otras penas a la de seis meses de prisión.

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a todas las partes interesadas, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal del Sr/Don. Pedro Enrique en cuyo escrito tras expresar los fundamentos del recurso que tuvo por pertinentes, interesó la revocación de la sentencia recurrida y en su lugar se dictara otra absolutoria para su patrocinado en el sentido de ser condenado como autor de una falta de lesiones del art. 617 del C. P .

TERCERO

Admitido a trámite dicho recurso se dió traslado del mismo al resto de las partes personadas para que en el término legal formularan alegaciones que tuvieren por conveniente a sus respectivos derechos, trámite que fue evacuado por las mismas ante esta Sección Veinte de la Audiencia de Barcelona.

CUARTO

Recibidos los autos y registrados en esta Sección quedaron los mismos para Sentencia, siendo la fecha indicada en el encabezamiento la correspondiente a deliberación, votación y fallo.

HECHOS PROBADOS UNICO.- Se admiten y dan por reproducidos en esta instancia todos y cada uno de los hechos probados contenidos como tales en la resolución recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten y dan por reproducidos en esta alzada todos y cada uno de los fundamentos de derecho contenidos en la resolución recurrida en cuanto no se opongan a los contenidos en la presente resolución.

SEGUNDO

Basa el recurrente el presente recurso de apelación en un pretendido error en la apreciación de la prueba por parte del Juez a quo y consiguiente infracción de Ley por aplicación indebida del art. 153 del C. P.

El motivo de recurso debe prosperar.

Como ya ha tenido oportunidad esta Sala de pronunciarse en otras ocasiones, lo que ha pretendido el legislador en la redacción actual del art. 153 del C. P es la erradicación de la violencia en el ámbito familiar, entendido como núcleo de convivencia, protegiendo el ámbito familiar de la dominación o subyugación de alguno de los sujetos que comprende. Así la Exposición de Motivos de la LO 1/ 2004 declara que la " violencia de género es una violencia que se dirige contra las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas por sus agresores carentes de los derechos mínimos de libertad respeto y capacidad de decisión... Además la define ampliamente como una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres. Existe ya incluso una definición técnica del síndrome de la mujer maltratada que consiste en las agresiones sufridas por la mujer como consecuencia de los condicionantes socioculturales que actúan...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
8 sentencias
  • SAP Valladolid 256/2014, 2 de Junio de 2014
    • España
    • 2 Junio 2014
    ...ante un delito de violencia de género, sino ante sendas faltas de maltrato. Como indica la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 20ª, de 3 de febrero de 2009, "lo que ha pretendido el legislador en la redacción actual del art. 153 del C.P . es la erradicación de la viol......
  • SAP Jaén 187/2013, 24 de Septiembre de 2013
    • España
    • 24 Septiembre 2013
    ...de género. Aplaude el fundamento segundo de la sentencia, cuando el juzgador hace referencia a una sentencia del SAP de Barcelona Sección 20ª del 3 de febrero de 2009, citando que el objeto del artículo 153 del CP tiene como objeto "la erradicación de la violencia", ya que existe una víctim......
  • SAP Valladolid 357/2010, 6 de Septiembre de 2010
    • España
    • 6 Septiembre 2010
    ...solicitados. Sin embargo esta Sala comparte el criterio de la Juzgadora de instancia. Como indica la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 20ª, de 3 de febrero de 2009, "lo que ha pretendido el legislador en la redacción actual del art. 153 del C.P . es la erradicación ......
  • SAP Valladolid 28/2012, 20 de Enero de 2012
    • España
    • 20 Enero 2012
    ...en la SAP 40/2011 de 2 de febrero (Rollo de Sala 31/2011), en la que decíamos que:" Como indica la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 20ª, de 3 de febrero de 2009, "lo que ha pretendido el legislador en la redacción actual del art. 153 del C.P . es la erradicación de......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR