STSJ País Vasco , 28 de Octubre de 2008

PonenteJUAN CARLOS BENITO-BUTRON OCHOA
ECLIES:TSJPV:2008:2851
Número de Recurso1989/2008
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

En la Villa de Bilbao, a veintiocho de octubre de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. JUAN CARLOS ITURRI GÁRATE, Presidente en funciones, D. EMILIO PALOMO BALDA y D. JUAN CARLOS BENITO BUTRON OCHOA, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Juan Francisco contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº4 (Donostia) de fecha veintidós de Abril de dos mil ocho, dictada en proceso sobre DESPIDO, y entablado por Juan Francisco frente a EKOGARAPEN y ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE EUSKADI .

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS BENITO BUTRON OCHOA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

  1. - Entre las localidades de Hondarribia e Irun existe un espacio de gran interés medioambiental, conformado por una sucesión de playas, lagunas, islas y bosque de ribera, que configura un espacio protegido por el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco, que da lugar al espacio natural protegido de Txingudi.

  2. - Dentro del espacio natural protegido del Txingudi se distinguen dos espacios diferenciados, denominados Plaiaundi y Txingudi, la gestión del parque ecológico de Plaiaundi, se realiza desde el centro denominado Txingudi Ekoetxea, y en relación al espacio de Txingudi existe un plan especial de de protección y ordenación de los recursos naturales del área de Txingudi, cuya gestión se realiza a través de una consultoría.3º.- El titular del espacio protegido de Txingudi, el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco, saca a concurso público periódicamente las tareas de asistencia técnica de gestión y mantenimiento del parque ecológico de Plaiaundi y los trabajos de consultoría relacionados con el plan especial de de protección y ordenación de los recursos naturales del área de Txingudi.

  3. - Hasta el año 2.002, el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco sacaba a concurso público por separado las tareas de asistencia técnica de gestión y mantenimiento del parque ecológico de Plaiaundi y los trabajos de consultoría relacionados con el plan especial de de protección y ordenación de los recursos naturales del área de Txingudi, y se adjudicaban estos concursos a aquellas de las empresas que se presentaban a los mismos y ofrecían una mejor propuesta.

  4. - El 11 de Diciembre de 1.998, el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, adjudicó el concurso público de la gestión y mantenimiento del parque ecológico de Plaiaundi-Txingudi a las empresa "Mikel Etxaniz Aginagalde", y el 15 de Diciembre de 1.998, ambas partes firmaron un contrato por el que la empresa "Mikel Etxaniz Aginagalde" se hacía cargo de la gestión y mantenimiento del parque ecológico de Plaiaundi-Txingudi hasta el 15 de Diciembre de 1.999.

    El 30 de Noviembre de 1.999, el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco acordó prorrogar hasta el 15 de Diciembre del 2.000 el contrato que había suscrito con la empresa "Mikel Etxaniz Aginalgalde" para la gestión y mantenimiento del parque ecológico de Plaiaundi-Txingudi, firmando ambas partes la prórroga de dicho contrato el 30 de Noviembre del 1.999.

    El 15 de Diciembre del 2.000, el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco acordó prorrogar hasta el 15 de Diciembre del 2.001 el contrato que había suscrito con la empresa "Mikel Etxaniz Aginagalde" para la gestión y mantenimiento del parque ecológico de Plaiaundi-Txingudi, firmando ambas partes esta segunda prórroga de dicho contrato el 29 de Diciembre del

    2.000.

  5. - Para hacer frente a las necesidades de personal derivadas de los contratos que había firmado con el Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, la empresa "Mikel Etxaniz Aginagalde" contrató a D. Juan Francisco durante los siguientes periodos de tiempo, del 15 de julio del 2.000 al 13 de Octubre del 2.000, del 17 de Octubre del 2.000 al 15 de Diciembre del

    2.000 y del 22 de Diciembre del 2.000 al 28 de Febrero del 2.001.

  6. - El 1 de Marzo del 2.001 D. Juan Francisco se dio de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social, y desde esa fecha se integró en el equipo de trabajo que gestiona el parque ecológico de Plaiaundi-Txingudi, juntamente con D. Narciso .

  7. - Desde fecha indeterminada, el Departamento de Ordenación del Territorio Medio Ambiente del Gobierno Vasco había adjidocadp la contrata de consultoría relacionada con el plan especial de de protección y ordenación de los recursos naturales del área de Txingudi a la empresa "José Javier Belza Pérez".

  8. - El 23 de Octubre del 2.001, el Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco convocó un concurso público para la adjudicación de los servicios de consultoría, y gestión y mantenimiento del parque ecológico de Plaiaundi, concurso al que se presentaron bajo la denominación de "Ekogarapen, S.L." los equipos gestores que venían haciéndose cargo de las tareas de consultoría relacionados con el plan especial de de protección y ordenación de los recursos naturales del área de Txingudi, D. Gonzalo , y de las tareas de gestión y mantenimiento del parque ecológico de Plaiaundi, D. Narciso y D. Juan Francisco .

  9. - El Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, mediante resolución de 2 de Enero del 2.002 adjudicó a la empresa "Ekogarapen, S.L." las tareas de consultoría y gestión y mantenimiento del parque ecológico de Plaiaundi, hasta el 31 de Diciembre del 2.003, firmando ambas partes el contrato para la prestación de los servicios adjudicados el 10 de Enero del 2.002.

    Este contrato fue prorrogado por un plazo de cuatro meses, hasta el 30 de Abril del 2.004, el 26 de Diciembre del 2.003, por un plazo de veinte meses, hasta el 31 de Diciembre del 2.005, el 14 de Mayo del

    2.004, y por un plazo de diecisiete meses y medio, hasta el 15 de Agosto del 2.007, el 28 de Diciembre del

    2.005.

  10. - Durante todo el periodo comprendido entre el 2 de enero del 2.002 y el 15 de Agosto del 2.007,cada equipo de los integrados bajo la empresa "Ekogarapen, S.L.", es decir el equipo gestor de la consultoría relacionada con el plan especial de de protección y ordenación de los recursos naturales del área de Txingudi, es decir D. Gonzalo , y el equipo gestor del mantenimiento del parque ecológico de Plaiaundi, formado por D. Narciso y D. Juan Francisco , siguieron gestionando de manera totalmente autónoma sus respectivas áreas de gestión.

    En fecha indeterminada se añadió al equipo gestor del matenimiento del parque ecológico de Plaiaundi, Dª Paloma , que compartía sus tareas con los otros dos miembros de este equipo, D. Narciso y D. Juan Francisco .

  11. - D. Gonzalo realizaba de manera autónoma sus tareas de consultoría relacionadas con el plan especial de de protección y ordenación de los recursos naturales del área de Txingudi, organizando el modo en el que éstas debían llevarse a cabo, su compatibilidad con sus otras ocupaciones y los periodos de descanso, aportando todo el material que necesitaba para llevar a cabo estas tareas, principalmente material informático.

    El equipo gestor del parque ecológico de Plaiaundi, también se organizaba de manera autónoma el trabajo que tenía que realizar, para lo cual los miembros del equipo se reunían a principios de año, y marcaban, cada uno con un color, los día en los que iban a acudir al centro de trabajo, teniendo en cuenta las demás ocupaciones e intereses de cada uno de ellos, acordaban el modo en el que iban a disfrutar de vacaciones o descansos, así como el modo de sustituirse entre ellos durante las ausencias, también cada uno de ellos aportaba el equipo que precisaba para realizar sus tareas, material informático y material para realizar las tareas de limpieza del parque.

  12. - El precio total del contrato de gestión del parque ecológico de Plaiaundi, se dividía en doce partes, y el Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco abonaba cada una de estas partes mensualmente, si bien también podía retrasarse en el pago de alguna de estas partes, abonar dos de las partes en una sola vez o muy próximas en el tiempo, e incluso adelantar el pago de alguna de las partes.

    Los cuatro miembros del equipo gestor del parque ecológico de Plaiaundi una vez recibida esta cantidad reservaban una parte para correr con los gastos comunes de material, y abono de facturas de electricidad, agua y similares, y la parte restante la dividían en cuatro partes iguales, entregándose cada parte a cada uno de los miembros del equipo gestor del parque ecológico de Plaiaundi, los cuales emitían una factura por el importe recibido a la empresa "Ekogarapen, S.A", en la que incluían el impuesto sobre el valor añadido, y en las que figuraba un número de identificación fiscal.

  13. - En el periodo comprendido entre el 15 de Enero del 2.006 y el 15 de Enero del 2.007, D. Juan Francisco emitió las siguientes facturas a la empresa "Ekogarapen, S.L.", en las que incluía su código de identificación fiscal y el 16% de impuesto sobre el valor añadido, el 15 de Enero del 2.006 una factura por importe de 2.906,51 euros, el 15 de Marzo del 2.006 un factura por importe de 2.928,51 euros, el 30 de Abril del 2.006 una factura por importe de 2.906,51 euros, el...

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