STSJ Comunidad de Madrid 7/2016, 14 de Enero de 2016

PonenteCARLOS DAMIAN VIEITES PEREZ
ECLIES:TSJM:2016:539
Número de Recurso197/2014
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución7/2016
Fecha de Resolución14 de Enero de 2016
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Cuarta

C/ General Castaños, 1, Planta Baja - 28004

33009710

NIG: 28.079.00.3-2014/0010925

Procedimiento Ordinario 197/2014

Demandante: MEGAPARK MADRID SA

PROCURADOR D. /Dña. RAUL SANCHEZ VICENTE

Demandado: COMUNIDAD DE MADRID

LETRADO DE COMUNIDAD AUTÓNOMA

PONENTE ILMO. SR. D. CARLOS VIEITES PÉREZ

SENTENCIA Nº 7/2016

Presidente:

D. CARLOS VIEITES PÉREZ

Magistrados:

DÑA. MARÍA ASUNCIÓN MERINO JIMÉNEZ

DÑA. LAURA TAMAMES PRIETO CASTRO

D. JOSÉ MARÍA SEGURA GRAU

En Madrid a catorce de enero de dos mil dieciséis

Visto por la Sala del margen el recurso 197/2014 interpuesto por el Procurador D. RAUL SANCHEZ VICENTE en nombre y representación de MEGAPARK MADRID SA contra la resolución de 1 de agosto de 2013 de la Junta Superior de Hacienda Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, que, inadmitió el recurso de reposición interpuesto contra el requerimiento de abono de justiprecio por débito de costes de construcción y puesta en funcionamiento de la nueva Estación de Transferencia de Residuos Urbanos en San Sebastián de los Reyes, y contra la que desestimó el recurso de reposición deducido contra la resolución anterior.

Habiendo sido parte la administración Autónoma de la Comunidad, representada por sus servicios jurídicos.

La cuantía del presente recurso es superior a 600.000€.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente apara que dedujera demanda, lo que llevo a efecto mediante escrito en los que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideraron pertinente, terminaron suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso. Primero artículo un supuesto de inadmisibilidad.

TERCERO

Se recibió el pleito a prueba con el resultado que obra en autos y se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 13 de enero del presente año, se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. CARLOS VIEITES PÉREZ, que expresa el parecer de la Sala,

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contra la resolución de la Junta Superior de Hacienda de la consejería de Economía y Hacienda de 1 de agosto de 2013 que inadmitió el recurso de reposición interpuesto contra la requerimiento de abono de justiprecio por débito de costes de construcción y puesta en funcionamiento de la nueva Estación de Transferencia de Residuos Urbanos en San Sebastián de los Reyes siendo la cantidad reclamada en el requerimiento de 1.742.935,10€ de principal más 205.739,18€ que se realizó por Resolución de 10 de junio de 2013.

El recurrente en su demanda recurre además la solicitud de incautación de garantía de la Comunidad Autónoma de 18 de marzo de 2013 y la Resolución de la Dirección General de Política financiera, Tesorería y Patrimonio de la consejería de Economía y Haciende de 14 de marzo de 2014, por la que se requiere a la entidad "Société Générale" sucursal en España para que ingrese el importe incautado.

Siendo procedente en primer lugar analizar la causa de inadmisibilidad alegada por la Administración demanda al amparo de lo establecido en el art. 45 y 46 de la Ley de la Jurisdicción en relación con el art. 69 y del mismo texto legal "que se hubiera presentado el escrito fuera del plazo establecido.

SEGUNDO

El recurrente en el trámite de conclusiones no realizó ninguna alegación respecto a la posible inadmisibilidad que figuraba en la contestación a la demanda, por parte de la Administración demanda.

Pues bien en el escrito de interposición se señalan como actos recurridos.

La resolución de 10 de junio de 2013 de la Secretaria General Técnica de Medio ambiente y Ordenación del territorio por la que se acordaba "requerir a MEGAPARK S.A. para que en el plazo señalado en el art. 62.2 de la LGT de 17 de diciembre de 2003, abone la cantidad de 1.742.935,10 de principal me intereses de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Comunidad de Madrid: algunas soluciones novedosas para los problemas ambientales
    • España
    • Observatorio de Políticas Ambientales Núm. 2017, Enero 2017
    • 1 Enero 2017
    ...modelos telemáticos de solicitud correspondientes a diversos procedimientos administrativos. 9. LISTADO DE JURISPRUDENCIA - ST TSJ Madrid de 14 de enero de 2016 (Recurso cont.-adm. num 304/2014) - ST TSJ Madrid de 3 de febrero de (Recuro cont.-adm. num. 317/2015) - ST TSJ Madrid de 18 de ma......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR