STSJ Canarias 332/2015, 29 de Abril de 2015

PonenteEDUARDO JESUS RAMOS REAL
ECLIES:TSJICAN:2015:2142
Número de Recurso723/2014
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución332/2015
Fecha de Resolución29 de Abril de 2015
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

Ilmos./as Sres./as

SALA Presidente

D./Dª. EDUARDO JESÚS RAMOS REAL (Ponente)

Magistrados

D./Dª. MARÍA CARMEN GARCÍA MARRERO

D./Dª. FÉLIX BARRIUSO ALGAR

En Santa Cruz de Tenerife, a 29 de abril de 2015.

En el rollo de suplicación interpuesto por la empresa "FUJITSU TECHNOLOGY SOLUTIONS, SA" contra la sentencia de fecha 13 de mayo de 2014, dictada por el JUZGADO de lo SOCIAL Nº 6 de los de Santa Cruz de Tenerife en los autos de juicio 829/2013 sobre despido, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr.

D. EDUARDO JESÚS RAMOS REAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Dª Julieta contra las empresas "FUJITSU ESPAÑA SERVICES, SA" y "FUJITSU TECHNOLOGY SOLUTIONS, SA" y que en su día se celebró la vista, dictándose sentencia con fecha 13 de mayo de 2014 por el JUZGADO de lo SOCIAL Nº 6 de los de Santa Cruz de Tenerife .

SEGUNDO

En la sentencia de instancia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

Dª Julieta, trabajaba para la demandada desde el 9 de mayo de 2005 con la categoría de operador junior telefónico (Grupo 6 nivel 19) y salario mensual prorrateado de 1.596,29 euros.

SEGUNDO

La actora no ostenta o ha ostentado en el año anterior a su despido la condición de delegado de personal, miembro del comité de empresa o delegada sindical. TERCERO.- En fecha 13 de junio de 2.013 se notifica a la actora carta de despido por finalización de la obra y servicio justificativa de su contratación y liquidación por saldo y finiquito con efectos de 30 de junio de 2013 (Folios 137 y 138 de autos). CUARTO.- La actora ha celebrado un único contrato con la demandada el día 9/05/2009 cuyo objeto es: REALIZAR TAREAS DE SOPORTE PARA EL PROYECTO MEDUSA EN NUETRO CLIENTE CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, GOBIERNO DE CANARIAS, Nº DE PROYECTO 852000005 (Folios 131 a 133 de autos). QUINTO- Que el día 15.04.2009 se notifica a la actora por la demandada que el plazo de los cuatro años durante el cual la Consejería de Educación había adjudicado el proyecto Medusa a la UTE TFP, para el que fue contratada, finalizaba el 30.04.2009 pero que nuevamente se ha adjudicado a la demanda en exclusiva y que, por ello y dentro de la nueva reorganización de tareas que tendrá lugar de cara a esta nueva etapa, está prevista la continuación de la prestación de servicios en las mismas condiciones personales y bajo el mismo contrato que tenía suscrito (Folio 135 de autos). SEXTO.- Por Orden de la Consejería de Educación, de 11 de marzo de 2005, se adjudica el concurso de suministro de equipos informáticos, herramientas de gestión, desarrollo de aplicaciones, comunicaciones, equipamientos de redes de área local, programas informáticos axial como servicios de gestión y ejecución del proyecto medusa primaria y su instalación. Se establecían cinco lotes y se adjudicó a la Ute Telefónica- Fujitsu y Personal Software el lote n 1 (Folio 590 de autos). En el pliego de cláusulas administrativas se establecía que el objeto del contrato era la dotación de equipamiento e infraestructura necesaria para los centros de primaria y especiales, la implantación de un centro de apoyo de atención a los usuarios y la realización de actuaciones de formación (Folio 474 de autos). El 14 de abril de 2005 se suscribe contrato administrativo de "suministro con la UTE por la que ésta se comprometía a realizar el suministro de equipos informáticos, herramientas de gestión, desarrollo de aplicaciones, comunicaciones, equipamientos de redes de área local, programas informáticos así como servicios de gestión y ejecución del proyecto Medusa Primaria y su instalación. El plazo de vigencia era hasta el 31 de diciembre de 2006 o hasta que se hubiera agotado el presupuesto máximo del mismo en caso de que se produjera con antelación al cumplimiento del plazo (Folios 589 a 597 de autos). Se suscribe también el 14 de abril de 2005 anexo de desarrollo de servicios que tenía como objeto "ir desarrollando servicios que vayan surgiendo fuera de los contemplados en el pliego con el fin de desarrollar aplicaciones y servicios que automaticen o mejoren los procesos sobre herramientas adquiridas, permitan el control y seguimiento de los servicios prestados por el CASE con el proyecto e ir incorporando los desarrollos al sistema que se realicen al resolver incidencias (Folios 594 a 597 de autos). SÉPTIMO.- Por Orden de 6 de noviembre de 2008 se aprueba el expediente de contratación para la tramitación urgente del servicio Centro de Atención a Usuarios de la Consejería Cau CE consistente en la mejora de los servicios ya existentes orientado a la atención a usuarios de los centros educativos públicos no universitarios del Gobierno de Canarias así como el mantenimiento nuevos desarrollos de aplicaciones informáticas y diversos suministros (Hecho probado 5 de la sentencia del Juzgado de lo social nº 4 de este partido). El 12 de marzo de 2009 se adjudica provisionalmente a Fujitsu Services, SA (Folio 747 de autos). Por Orden de 6 de abril de 2009 se adjudica definitivamente el contrato del servicio Centro de Atención a usuarios de la Consejería de Educación Cau por procedimiento abierto y tramitación urgente. (Foios 747 a 749 de autos). El 14 de abril de 2009 se suscribe contrato administrativo de servicios por la Consejería y Fujitsu Services, SA de Centro de Atención de usuarios de la Consejería de Educación CAU CE, consistente en la mejora de los servicios ya existentes orientado a la atención de usuarios de los centros educativos públicos no universitarios del Gobierno de Canarias así como el mantenimiento nuevos desarrollos de aplicaciones informáticas y diversos suministros. El plazo de ejecución del contrato era de 25 meses a partir del 1 de mayo de 2009 (Folios 750 a 760 de autos). OCTAVO.- En el pliego de cláusulas adminitrativas para el contrato adminitrativo CAU-CE se establece que que el objeto del contrato será la relaización del servicio consistente en la mejora de los servicios ya existentes orientado a la atención de usuarios de los centros educativos públicos no universitarios del Gobierno de Canarias así como el mantenimiento nuevos desarrollos de aplicaciones informáticas y diversos suministros, con el fin de consolidar los servicios del actual Centro de Apoyo a los sistemas de información y ususarios educativos (CASE), diseñados e implantados por el proyecto MEDUSA (Folio 611 de autos). NOVENO.- Por Orden de 12 de abril de 2011 se prorroga el plazo de ejecución y se modifica el contrato administrativo de servicio Centro de Atención Usuario de la Consejería de Educación CAU-CE consistente en la mejora de los servicios ya existentes orientando a la atención de usuarios de los centro educativos públicos no universitarios del Gobierno de Canarias así como el mantenimiento nuevos desarrollos de aplicaciones informáticas y diversos suministros adjudicado a favor de la empresa Fujitsu, por un plazo de 25 meses más desde el 1 de junio de 2011 hasta el 30 de junio de 2013 (Folios 761 a 763 de autos). DÉCIMO.- El 27 de mayo de 2011 se acuerda la primera prórroga y modificación del contrato administrativo del servicio Centro de Atención a Usuarios de la Consejería de Educación desde el 1 de junio de 2011 hasta el 30 de junio de 2013 modificando el contrato estableciendo, entre otros, planificación semestral y mensual, incorporando tareas de apoyo técnico en tareas de migración para la correcta implantación de Pincel Ekade en los centros educativos, control de tráfico de red, operación de cualquier servicio y en los servicios de Incidencias de Pincel nuevo que se implante y con respecto al servicio de atención a usuarios, atención completa de incidencias de pincel y atención de incidencias del equipamiento centros (Folios 766 a 774 de autos). UNDÉCIMO.- Por resolución de 26 de junio de 2013 se aprueba el gasto menor consistente en el servicio de atención in situ a los centros educativos públicos no Universitarios del Gobierno de Canarias durante el mes de julio de 2013, y se adjudicaba a Fujitsu por tratarse de la empresa que hasta el momento llevaba el servicio y disponía de personal cualificado con experiencia en las tecnologías objeto del contrato, todo lo cual garantizaba la estabilidad y continuidad del proyecto con el menor coste de los servicios a prestar. Por resolución de 26 de junio de 2013 se aprueba el gasto menor consistente en el servicio de administración y mantenimiento de los sistemas y redes de comunicaciones que daban soporte a las aplicaciones y los servicios destinados a los centros educativos públicos no Universitarios del Gobierno de Canarias durante el mes de julio de 2013, y se adjudicaba a Fujitsu por tratarse de la empresa que hasta el momento llevaba el servicio mientras se adjudicaba el procedimiento en fase de licitación. Por resolución de 26 de junio de 2013 se aprueba el gasto del contrato menor consistente en el servicio de gestión de incidencias relacionada con las tecnologías de la información y de las comunicaciones de los centros educativos públicos no Universitarios del Gobierno de Canarias durante el mes de julio de 2013, y se adjudicaba a Fujitsu por tratarse de la empresa que hasta el momento llevaba el servicio de forma satisfactoria para así poder garantizar la estabilidad y continuidad del proyecto con el menor coste para la Administración (Folios 779 a 787 de autos). DUODÉCIMO.- El 27 de agosto de 2013 la Consejería y Fujitsu suscriben 3 contratos, cada uno de ellos con el mismo objeto que los contratos sucritos el día 26/06/2013, por el periodo de tres meses, que abarca desde el 1 de septiembre hasta el 30 de noviembre de 2013, ambos incluidos, si bien dicho plazo está condicionado a la adjudicación del procedimiento abierto para la contratación del servicio del "Centro de Atención de Usuarios de la Consejería de...

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