STSJ Cantabria 680/2015, 9 de Septiembre de 2015

PonenteELENA PEREZ PEREZ
ECLIES:TSJCANT:2015:639
Número de Recurso697/2015
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución680/2015
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2015
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 000680/2015

En Santander, a 9 de septiembre del 2015.

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADAS

Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García

Ilma. Sra. Dª. ELENA PEREZ PEREZ (ponente)

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En los recursos de suplicación interpuestos por Dª. Marisa, Dª. Remedios, Dª Julieta, Dª Ángela y Dª. Clara así como por el Gobierno de Cantabria y el Centro de Investigación del Mediambiente (CIMA), contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 6 de Santander, ha sido ponente la Ilma. Sra. Dª. ELENA PEREZ PEREZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda de despido por Dª. Marisa, Dª. Remedios, Dª Julieta, Dª. Ángela y Dª. Clara frente a Ambitec Laboratorio Medioambiental, Applus Norcontrol S.L.U., Asistencia Técnica Industrial S.A., Flexiplan S.A. E.T.T., Soningeo Servicios Energéticos S.L., Centro de Investigación del Medioambiente (CIMA), Gobierno de Cantabria, Soningeo S.L. y el Ministerio Fiscal.

En su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 20 de febrero de 2015, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Como hechos probados se declararon los siguientes:

" 1º.- Las actoras han venido prestando sus servicios profesionales en el Centro de Investigación del Medio Ambiente (CIMA), organismo autónomo dependiente del Gobierno de Cantabria, para la distintas empresas adjudicatarias del servicio de análisis de muestras medioambientales, con las siguientes antigüedades, categorías profesionales y salario diario, con prorrata de pagas extraordinarias:

  1. - Dña. Marisa - Técnico Analista de Laboratorio (FP II) Nivel III- 31 de marzo de 2011- 48,66 #

  2. - Dña. Remedios - Técnico Analista de Laboratorio (FP II) Nivel III- 2 de enero de 2004- 53,28 #

  3. - Dña. Julieta - Técnico de Gestión de Laboratorio- 19 de diciembre de 1995- 64,87 #

  4. - Dña. Ángela - Técnico Analista de Laboratorio- 16 de marzo de 2009- 48,66 #

  5. - Dña. Clara - Técnico Analista de Laboratorio (FP II) Nivel III- 16 de marzo de 2009- 48,66 # 2º.- A las relaciones laborales de la empresa demandada SONINGEO S.L les resulta de aplicación el Convenio Colectivo Nacional de Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos (BOE 25 de octubre de 2013).

    1. - Las actoras han prestado sus servicios profesionales para las siguientes empresas en los periodos indicados, y con circunstancias siguientes:

  6. - Dña. Marisa

    FLEXIPLAN, S.A E.T.T: 17 de mayo de 2006 a 4 de octubre de 2006; 9 de octubre de 2006 a 24 de enero de 2007

    ASISTENCIA TÉCNICA INDUSTRIAL S.A.E: 5 de febrero de 2007 a 7 de agosto de 2008: 8 de agosto de 2008 a 30 de marzo de 2011.

    El 30 de marzo de 2011 la actora causó baja voluntaria de la referida empresa.

    SONINGEO: 31 de marzo de 2011 a 14 de abril de 2011; 15 de abril de 2011 a 20 de mayo de 2013; 21 de mayo de 2013 a 28 de mayo de 2014.

  7. - Dña. Remedios

    AMBITEX, LABORATORIO MEDIOAMBIENTAL S.A: 2 de enero de 2004 a 30 de marzo de 2011.

    SONINGEO: 15 de abril de 2011 a 20 de mayo de 2013; 29 de mayo de 2013 a 28 de mayo de 2014.

    La actora, con fecha de 20 de enero de 2014, inició un periodo de suspensión del contrato por riesgo de embarazo.

  8. - Dña. Julieta

    AMBITEX, LABORATORIO MEDIOAMBIENTAL S,A: 19 de diciembre de 1995 a 18 de diciembre de 1998; 19 de diciembre de 1998 a 15 de julio de 2007; 16 de julio de 2007 a 30 de septiembre de 2008; 1 de octubre de 2008 a 30 de marzo de 2011.

    SONINGEO: 15 de abril de 2011 a 20 de mayo de 2013; 29 de mayo de 2013 a 28 de mayo de 2014

    La actora, con fecha de efectos a 1 de mayo de 2014, solicitó una reducción de jornada por guarda legal.

  9. - Dña. Ángela

    La actora se incorporó al CIMA el 1 de octubre de 2007 en virtud de la adjudicación de una beca de formación, convocada mediante ORDEN MED/12/2007 (BOC de 4 de junio de 2007).

    AMBITEC, LABORATORIO MEDIOAMBIENTAL S.A: 16 de marzo de 2009 a 15 de marzo de 2011; 16 de marzo de 2011 a 30 de marzo de 2011.

    SONINGEO: 31 de marzo de 2011 a 14 de abril de 2011; 15 de abril de 2011 a 20 de mayo de 2011; 29 de mayo de 2013 a 28 de mayo de 2014.

  10. - Dña. Clara

    AMBITEC, LABORATORIO MEDIOAMBIENTAL S.A: 16 de marzo de 2009 a 30 de marzo de 2011

    SONINGEO: 31 de marzo de 2011 a 14 de abril de 2011; 15 de abril de 2011 a 20 de mayo de 2011; 29 de mayo de 2013 a 28 de mayo de 2014.

    1. - Carta de fecha 28 de mayo de 2014: " Por medio de la presente la Dirección de la empresa le comunica que el próximo día 28 de mayo de 2014, finaliza, por expiración del tiempo concertado, el contrato de trabajo de fecha 29 de mayo de 2013, que le une a esta empresa. Por tanto en dicha fecha se producirá, la extinción del contrato de trabajo suscrito entre usted y nuestra compañía "

    2. - Consta en las actuaciones y se da por reproducidos los contratos suscritos por el CIMA para la asistencia para la toma de muestras y análisis en el Laboratorio del CIMA con las empresas ITSEMAP AMBIENTAL S.A; UTE ITSEMAP SEGURIDAD E HIGIENE AMBIENTAL S.A-ASISTENCIA TECNICA INDUSTRIA S.A; UTE ASISTENCIA TÉCNICA INDUSTRIAL S.A.E-AMBITEC LABORATORIO AMBIENTAL

      S.A y SONINGEO S.L.

      Con fecha de 14 de abril de 2011, la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria suscribió con la empresa SONINGEO S.L un contrato de servicios, para el análisis de muestras medioambientales en el Laboratorio del Centro de Investigación del Medio Ambiente de Torrelavega, con duración de 12 meses, prorrogables.

      Con fecha de 14 de marzo de 2012, el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo dictó Resolución, por la que se prorrogó el referido contrato, con duración desde el 14 de abril de 2012 al 13 de abril de 2013, y con fecha de 28 de mayo de 2013, se suscribió un contrato menor, entre las mismas partes, con plazo de ejecución desde el 14 de abril al 20 de mayo de 2013.

      Con fecha de 28 de mayo de 2013 se suscribió entre la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo un contrato de servicios, con el mismo objeto, con duración de 12 meses prorrogables.

      Con fecha de 26 de marzo de 2014, el Director del Centro de Investigación del Medio Ambiente dictó Resolución de Propuesta al Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo, de prórroga del contrato suscrito con SONINGEO, desde el 28 de mayo de 2014 al 27 de mayo de 2015.

      Con fecha de 9 de mayo de 2014, el Director del Centro de Investigación del Medio Ambiente dictó Acuerdo sobre la no procedencia de la prórroga del contrato con SONINGEO, por no persistir las condiciones objetivas que motivaron la contratación: "necesidad de personal técnico especializado para la adecuada realización de los trabajos de análisis de muestras medioambientales en el laboratorio del CIMA".

      Tras la finalización del contrato con SONINGEO S.L, el CIMA ha procedido a cubrir dos plazas (números 9232 y 9233) de la Relación de Puestos de Trabajo del CIMA con personal laboral, con la categoría de Técnico Superior Analista de Laboratorio y de control de calidad.

    3. - El objeto del contrato suscrito entre la empresa SONINGEO S.L con la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo con fecha de 28 de mayo de 2013 es el siguiente:

      " A. OBJETO DEL CONTRATO. ANÁLISIS DE MUESTRAS MEDIOAMBIENTALES EN EL LABORATORIO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE DE TORRELAVEGA.

      Necesidad e idoneidad del contrato:

      Al objeto de cumplir los fines que se Ley de creación establece (Ley de Cantabria 6/1991, de 26 de abril), el Centro de Investigación del Medio Ambiente, en adelante CIMA, debe realizar trabajos de análisis en su laboratorio de análisis medioambiental.

      Hay que tener en cuenta que el CIMA posee un equipamiento de alto valor económico y tecnológico en equipos analíticos en su laboratorio, por lo tanto, parece oportuno el contar con ese material para trabajos que le son encomendados.

      Por otro lado el laboratorio del CIMA ha obtenido el presente año 2010 la Acreditación 768/LE 1572 como Laboratorio de Ensayo, en el sector medioambiental por la parte de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC). Junto con ello, la implantación en el laboratorio de nuevas técnicas analíticas, motiva unas determinadas necesidades de personal.

      La actividad consiste en un trabajo continuo de análisis tanto de las muestras que toma el propio CIMA como de otras muestras aportadas por distintos organismo, con el objetivo de controlar los niveles que marcan los umbrales de riesgos medioambientales.

      Gran parte del trabajo que se realiza lo es para otros órganos de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo como son la Dirección General de Medio Ambiente o MARE, así como para diversos Ayuntamientos u otras instituciones como Protección Civil, incluso no pertenecientes al Gobierno de Cantabria como las Confederaciones hidrográficas o el SEPRONA.

      Dado que se trata de una actividad prioritaria para el CIMA, legalmente exigible, que la misma requiere personal técnico con una especialización específica, se considera necesario la celebración de un Contrato de servicio por un periodo de un año, según lo previsto en los artículos 301 a 312 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público".

      [...]

      M. DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL DEL LICITADOR.

      M.2.- Solvencia técnica o profesional: - Compromiso de disponer de personal técnico para la adecuada ejecución del contrato con la siguiente formación,...

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