SAP Pontevedra 481/2015, 19 de Octubre de 2015

PonenteJAIME CARRERA IBARZABAL
ECLIES:APPO:2015:2117
Número de Recurso618/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución481/2015
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00481/2015AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6 de PONTEVEDRA

N01250

C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO

Tfno.: 986817388-986817389 Fax: 986817387

N.I.G. 36057 42 1 2014 0003050

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000618 /2014

Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 11 de VIGO

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000163 /2014

Recurrente: Abilio

Procurador: TICIANO ATIENZA MERINO

Abogado: PATRICIA PEREZ VILLANUEVA

Recurrido: BANCO SANTANDER,S.A., María Cristina, Armando, Benjamín

Procurador: JESUS ANTONIO GONZALEZ-PUELLES CASAL

Abogado: JOSE IGLESIAS ARES

LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, Presidente; DON JUAN MANUEL ALFAYA OCAMPO y DON JULIO PICATOSTE BOBILLO, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

SENTENCIA núm. 481/15

En Vigo, a diecinueve de octubre de dos mi quince.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006, de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000163 /2014, procedentes del XDO. PRIMEIRA INSTANCIA

N. 11 de VIGO, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000618 /2014, en los que aparece como parte apelante, DON Abilio, representado por el Procurador de los tribunales, DON TICIANO ATIENZA MERINO, asistido por el Letrado DOÑA PATRICIA PEREZ VILLANUEVA, y como parte apelada, "BANCO SANTANDER,S.A.", representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. JESUS ANTONIO GONZALEZ-PUELLES CASAL, asistido por el Letrado D. JOSE IGLESIAS ARES; DOÑA María Cristina, DON Armando Y DON Benjamín, en rebeldía procesal. Ha sido Ponente el Ilmo. Magistrado DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 11 de Vigo, con fecha 4-06-2014, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

" Que DEBO ESTIMAR YESTIMO PARCIALMENTE la demanda deducida por el Procurador sr. ATIENZA MERINO quien actúa en nombre y representación de DON Abilio contra BANCO SANTANDER, S.A. y, en su consecuencia, declaro la nulidad del contrato de préstamo de refinanciación celebrado con la entidad demandante en fecha de 5 de abril de 2011, debiendo el demandante restituir a la demandada la parte pendiente de capital recibido, con aplicación del interés procesal desde la fecha de esta sentencia, y ABSOLVIENDO a dicha entidad demandada en el resto de las pretensiones contra ella ejercitadas.

Que DEBO DESESTIMAR YDESESTIMO la demanda deducida por el Procurador sr. ATIENZA MERINO quien actúa en nombre y representación de DON Abilio contra DOÑA María Cristina, DON Armando y DON Benjamín por falta de legitimación pasiva de los mismos, ABSOLVIENDO a dichos demandados de las pretensiones contra ellos ejercitadas.

En cuanto a las costas estese a lo establecido en el último fundamento jurídico de esta resolución".

Con fecha 16-06-2014, se dictó auto aclaratorio cuya parte dispositiva dice:

" Acuerdo: Se aclara la sentencia dictada con fecha 4/6/2014, en los siguientes términos:

Donde dice "entidad demandante" debe decir "entidad demandada"

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal de DON Abilio, se interpuso recurso de apelación que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria.

Una vez cumplimentados los trámites legales, se elevaron las actuaciones a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, para su resolución, dando lugar a la formación del correspondiente rollo, señalándose para la deliberación del recurso el día 4-06-2014.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye doctrina jurisprudencial reiterada, la expresiva de que la exigencia de indemnización de daños y perjuicios derivados de culpa o negligencia, parte del indeclinable presupuesto de que se acredite que el demandante ha sufrido reales y efectivos perjuicios, como viene siendo reconocido reiteradamente por esta Sala, dado que en tal aspecto no bastan daños...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Valencia 732/2016, 14 de Junio de 2016
    • España
    • 14 Junio 2016
    ...abusivo de la cláusula de vencimiento anticipado, alegación que no fue invocada en primera instancia. Como recoge la SAP, Pontevedra sección 6 del 19 de octubre de 2015 (ROJ:SAP PO Tal petición se introduce ex novopor vez primera en el recurso y, por consiguiente, debe ser rechazada en obse......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR